Punto de encuentro para los trabajadores de FAISEM.

Alertas FAISEM

viernes, 19 de marzo de 2010

SOBRE RECLAMACIONES A LOS PROCESOS DE SELECCIÓN


El pasado 3 de marzo, el representante de los trabajadores en la Comisión de Selección del proceso de referencia SE/CA/03/09, remitió un escrito a los componentes de la citada comisión en el que manifestaba su preocupación por algunas irregularidades que, según su opinión, se habían producido en el proceso. Y les rogaba que tuviesen en cuenta sus consideraciones para debatirlas y aclararlas en el seno de la comisión.
Se refería, fundamentalmente, a dos asuntos:
- que hubiesen aparecido como excluidas en los listados provisionales personas que cumplían los requisitos (y que, por tanto, debían figurar como admitidas).
- que el mismo día de la publicación de los listados definitivos de admitidos y excluidos se publicase la relación de candidatos que han superado la fase de baremación curricular, excluyendo del proceso a 29 personas, sin que a la representación de los trabajadores se le informase de que se fuese a adoptar esa medida ni de los criterios que seguidos para aplicarla.
El 12 de marzo, a las 14.00 horas, se citó al representante de los trabajadores en el despacho de la delegada provincial, ( sin comunicarle los motivos ni el asunto a tratar), a lo que finalmente resultó ser una reunión de los miembros de la Comisión de Selección. Como la reunión se prolongó sin llegar a conclusiones ni acuerdos, se decidió darle continuidad el 16 de marzo, fecha en la que se volvieron a reunir, a las 14.00 horas.
El representante de los trabajadores manifestó a la Comisión la necesidad y conveniencia de recoger en un acta el contenido de la reunión, en lo que se refiere a las causas que la motivaron, los acuerdos que se alcanzan y las conclusiones a las que se llega. Pero el resto de los miembros no lo consideraron oportuno. Y opinaron que con la entrega de resultados al final del proceso quedaba cubierto el expediente.
La representación de los trabajadores cree, honestamente, que para asegurar la transparencia del proceso y garantizar que la selección del personal se realiza de acuerdo con los principios de igualdad, mérito y capacidad, debe darse publicidad a cada una de las fases del proceso y hacer partícipes a los representantes de los trabajadores de cómo se van desarrollando las mismas. Eso permitiría a los participantes realizar el adecuado seguimiento del proceso y, a quienes lo considerasen oportuno, solicitar aclaraciones o pedir rectificaciones. No es suficiente con mostrar los resultados al final del proceso. Y entiende que así lo explicita el actual Convenio cuando, en el último párrafo del artículo 18, establece que el representante de los trabajadores integrante de la Comisión de Selección
- conocerá los datos de autobaremación de los participantes
- conocerá la información sobre los resultados de las pruebas psicotécnicas, entrevistas, pruebas prácticas e informes adicionales si los hubiere.
- asistirá a las deliberaciones de la Comisión de Selección para el establecimiento de la lista final de admitidos.

No es en absoluto la intención ni el deseo de quienes representan a los trabajadores demorar gratuitamente la incorporación de nuevo personal a la plantilla de FAISEM, ni obstaculizar por capricho los procesos de selección, ni la labor de la dirección de la fundación. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 18.1.b de nuestro Convenio, (“La representación de los trabajadores contribuye, junto con la Dirección de FAISEM, a garantizar que en todos los procesos de selección se cumplen los criterios fijados en este Convenio Colectivo, velando porque el procedimiento transcurra según lo establecido.”) se ha elevado la reclamación correspondiente.
Ahora sólo nos resta esperar a que, en cumplimiento de las responsabilidades que dimanan de ese mismo artículo, se de la respuesta adecuada de forma y manera que pueda ser pública y conocida por todos los trabajadores.
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Nueva convocatoria abierta para cubrir puestos de trabajo en FAISEM-Sevilla.

Ref. de la convocatoria: Sevilla/CA/03/10.
La Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental. FAISEM, entidad dedicada al desarrollo de programas de apoyo social de personas con trastorno mental grave, necesita seleccionar personal con un perfil adecuado para su incorporación con carácter temporal al Proyecto de Experiencias Profesionales para el Empleo (expediente SC/EP/00020/2009), por lo que se convoca proceso selectivo para cubrir los puestos de trabajo que se detallan a continuación:
Fecha de la convocatoria: 18/03/10.
Fecha finalización plazo de solicitudes: 29/03/10.
Nº de puestos: 1.
Categoría Profesional: Técnico de grado medio.
Centro de trabajo: Servicio de Orientación y Apoyo al Empleo.
Lugar de presentación de solicitudes e información: Delegación Provincial de FAISEM Sevilla.
Los candidatos, dentro del plazo establecido en la convocatoria, dirigirán sus solicitudes al Sr. Gerente de FAISEM, debiendo ajustarse al modelo B.
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jueves, 18 de marzo de 2010

Nueva convocatoria abierta para cubrir puestos de trabajo en FAISEM-Sevilla.

Ref. de la convocatoria: Sevilla/CA/02/10.

La Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental. FAISEM, entidad dedicada al desarrollo de programas de apoyo social de personas con trastorno mental grave, necesita seleccionar personal con un perfil adecuado para su incorporación con carácter temporal al Programa de Acompañamiento a la Inserción (expediente SC/AI/00030/2009), por lo que se convoca proceso selectivo para cubrir los puestos de trabajo que se detallan a continuación:

Fecha de la convocatoria: 18/03/10.

Fecha finalización plazo de solicitudes: 29/03/10.

Nº de puestos: 1.

Categoría Profesional: Técnico de grado medio.

Centro de trabajo: Servicio de orientación y apoyo al empleo.

Lugar de presentación de solicitudes e información: Delegación Provincial de FAISEM Sevilla.

Los candidatos, dentro del plazo establecido en la convocatoria, dirigirán sus solicitudes al Sr. Gerente de FAISEM, debiendo ajustarse al modelo B.
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jueves, 11 de marzo de 2010

ACTA REUNIÓN COMITE EMPRESA FAISEM SEVILLA

Fecha: 10/03/2010
Hora comienzo: 10:30. Hora fin: 12:00

Asisten:
Héctor Acebrón
Juan Antonio Seco
Osear Díaz
Miguel Ángel
José Manuel Sánchez
David Perdiguero

No Asisten:
Rafael Palao
Miguel Angel Pérez
María Merchán
Todos por causa justificada


Acuerdos/Decisiones:

l. Lectura y aprobación del acta anterior.

2. Ante el silencio por parte de la Delegación Provincial de Sevilla a los escritos y las peticiones de reunión, por parte de este Comité se decide por unanimidad solicitar reunión con la Gerencia de FAISEM. Si se continuara esta situacióh se tomarían medidas legales más severas para ponerle fin.

Este comité considera que es importante y muy beneficioso para todos los trabajadores y la dirección de la empresa una relación cordial y fluida con la Delegación Provincial y no llegar a estos extremos que no benefician a ninguna de las partes.

3. Se tratan varios temas de organización del trabajo y situaciones concretas de casas hogar.

4. Se informa a los miembros de este Comité de las reuniones del Comité de Seguridad y Salud, tanto del Autonómico como el provincial de Sevilla.

Se cierra la sesión con la firma de los asistentes.

El original del acta está a disposición de quien lo solicite.
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viernes, 5 de marzo de 2010

NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA ANDALUZA PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON ENFERMEDAD MENTAL

A petición del presidente del Comité Intercentros pasamos a publicar el acta de la segunda reunión para la negociación del nuevo Convenio Colectivo de la FAISEM:

ACTA N° 2 DEL PERIODO DE NEGOCIACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA FUNDACIÓN PÚBLICA ANDALUZA PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON ENFERMEDAD MENTAL.

En Sevilla, siendo las 11,30 horas del día 4 de marzo de 2010, en la sede regional de la Fundación, sita en Avenida de las Ciencias 27, Accesoria A.

REUNIDOS

De una lado, en Representación de la Dirección de la FUNDACIÓN
- Dña. Pilar Campos Martín
- D. Manuel Alen Fidalgo
- D. Javier Fernández Encinas
- D. Marcelino López Alvarez
- D. Manuel Romero de la Cuadra (Asesor y Secretario de Actas)

De otro, y por parte de la Representación Legal de los Trabajadores de la FUNDACIÓN, los siguientes representantes de los trabajadores:
- Dña. Dolores García Mateo (CGT - Málaga)
- D. Miguel Ángel Urquiza Cabo (TIFA - Almería)
- Dña. Eva Díaz de Terán Caro (CCOO - Cádiz)
- D. Jaime Lorenzo García (CCOO - Málaga)
- D. Antonio Baya Cabrera (CCOO - Huelva)
- D. Juan Antonio Seco Vázquez (CCOO - Sevilla)
- D. Miguel Ángel Rodríguez (UGT - Sevilla)
- D. José Antonio Romero Sánchez (UGT - Córdoba)
- D. Luis J. Peinado Alvarez (UGT - Granada)
- D. José M. Gutierrez Titos (CCOO - Granada)
- D. Antonio Morales Ruiz (Asesor CGT)
- Dña. Josefa Gualda Jiménez (Asesora UGT)
- D. Juan Carlos Navas Herrera (Asesor CCOO)

Se abre la Reunión acordando las siguientes

DELIBERACIONES Y ACUERDOS

PRIMERO.- Quedan inalterados los articulos 2, 7, 8, 10.2 y 10.3. del texto correspondiente al anterior Convenio Colectivo.

SEGUNDO.- Las partes acuerdan dar la siguiente redacción a los artículos que a continuación se indican:

- ART. 6.- Legislación Laboral

Las normas contenidas en este Convenio regularán las relaciones entre la Fundación y su personal.

Para lo no previsto en este Convenio se estará a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, Ley Orgánica de Libertad Sindical, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Ley para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras, Ley para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y demás disposiciones laborales de carácter general.

- ART. 10.4.- Reglamentario

Constituida la Comisión Paritaria, continuará en vigor el Reglamento de régimen Interno anterior para su funcionamiento, sin perjuicio de las modificaciones que la propia Comisión crea conveniente.

- ART. 11.· Igualdad de oportunidades y no discriminación

Las partes firmantes del presente convenio se obligan a:

1. Promover el principio de igualdad de oportunidades.

2. Eliminar cualquier disposición, medida o práctica laboral que suponga un trato discriminatorio por razón de nacimiento, sexo, etnia, orientación sexual, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, así como, cualquier obstáculo que impida el derecho a acceder y desempeñar en condiciones de igualdad las funciones y puestos de trabajo.

3. Este articulo será de aplicación a todos tos trabajadores con independencia de que su contratación sea de naturaleza temporal o de que se encuentren en situación de incapacidad temporal.

4. Aplicar y desarrollar lo dispuesto en materia de conciliación de vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.

5. Se incorporará al Convenio el Plan de Igualdad cuando éste esté aprobado.

- ART.12.1- Normas Generales

La organización práctica del trabajo, la determinación de los sistemas y métodos que han de regularlo y la asignación de funciones son facultad de la Dirección de la Fundación, con la autorización administrativa en los casos que sea de aplicación, quien la ejercerá respetando lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores y del presente Convenio Colectivo y demás normativa legal de aplicación. En concreto se respetarán las funciones que en esta materia reconoce la normativa vigente a la representación legal de los trabajadores. Esta organización del trabajo deberá respetar la categoría profesional y la funciones de los trabajadores en los términos previstos en el artículo 39 del Estatuto de los Trabajadores.

La delegación de facultades directivas, se hará de manera que sea suficientemente conocida, tanto por los que reciban la delegación de facultades, como por los destinatarios de las órdenes recibidas. Cuando la delegación de facultades tenga por si misma el carácter de estables o de permanencia en el tiempo en duración superior a 30 días, deberán ser comunicadas expresamente por escrito a todos los afectados, informando a la representación de los trabajadores, en la medida en que tenga repercusiones sobre las relaciones laborales.

TERCERO.- Las partes se comprometen a presentar un texto alternativo en relación con el resto de artículos del CAP. 1, en los que no ha existido acuerdo.

Por todos los asistentes se acuerda fijar la próxima sesión para el día 25 de marzo de 2010, a las 11:30 horas de su mañana , en la sede regional de la Fundación, posponiendo la planificación y calendario de negociación para dicha sesión.

Sin nada más que plantear, siendo las 16:00 horas, se levanta la sesión.
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