Punto de encuentro para los trabajadores de FAISEM.

Alertas FAISEM

lunes, 21 de julio de 2014

POR EL BUEN CAMINO: GRACIAS COMPAÑERA

En fecha tan señalada para la reflexión como lo fue el 18 de julio, el Juzgado de lo Social nº 7 de Málaga dictó sentencia a favor de una trabajadora de FAISEM, compañera nuestra, que había denunciado a la fundación por haberle negado las vacaciones en las fechas en que ella las había solicitado. La sentencia viene a decir que, no habiendo acuerdo entre las partes para el disfrute de las vacaciones, la vía adecuada para su concesión es la que ha emprendido nuestra compañera, la judicial, tal y como recogen los artículos 38.2 del E. de los T. y el 40 de nuestro convenio. Y que, una vez abierto el procedimiento, cada parte aporta las pruebas que cree pertinente, habiendo la trabajadora evidenciado su derecho a disfrutar las vacaciones en las fechas que solicitaba. Pero no ocurre lo mismo con FAISEM, pues dice su señoría que no da prueba de sus alegaciones, al no demostrar ni reducción presupuestaria, ni aumento de la carga de trabajo, ni diferencia alguna con la situación del mismo período del año anterior que justifique que no se deba atender a la petición de la compañera.

Enhorabuena a la compañera por el resultado obtenido. Queremos también felicitarla por haber obrado como hay que obrar, sin miedo y con la cabeza bien alta para hacer valer los derechos que le asisten, por su tenacidad, su lucha y por mostrarnos a los demás el camino. Utilizando las palabras de una compañera malagueña, esta trabajadora con su valentía y determinación nos ha abierto una gran puerta a todos/as. En las manos de cada uno/a está coger al miedo en volandas y atravesarla o seguir dejándonos abrumar por el mayor cómplice de la empresa.

Esta ha sido nuestra propuesta desde siempre y así lo manifestamos en estas páginas el pasado 31 de marzo, cuando valorábamos la decisión unilateral de la dirección de FAISEM de poner condicionantes al disfrute de las vacaciones. Decíamos en aquella ocasión: "La negativa por parte de la empresa a nuestras peticiones o la no aceptación por nuestra parte de las restricciones debe entenderse como falta de acuerdo, quedando abierta la vía para que cada trabajador, si así lo cree conveniente, acuda a la jurisdicción competente". Esa ha sido la vía elegida, con acierto y magníficos resultados, por nuestra compañera.

A continuación os dejamos el texto completo de la mencionada sentencia.
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miércoles, 9 de julio de 2014

Acta de la última Reunión del Comité de Empresa de FAISEM en Sevilla.


Lugar de Reunión: Sala S.O.A.E. Fecha: 9-7-14
Hora Inicio: 9:00 Hora finalización: 12:30

Asisten
Antonio Benito Vargas
Antonio Dorantes
Héctor Acebrón
Miguel Ángel
Miguel Ángel Pérez 
Oscar Díaz
Santiago Quijano
Osi (sección Sindical)

No asisten
David Perdiguero
Fco. Javier Méndez
Julia Fernández
Maribel Merchán
José Manuel Delgado
Rafael Palao


Orden del día:

1. Lectura del acta anterior.
2. Respuesta de delegación a los escritos sobre el desajuste horario.
3. Interrupción de las vacaciones por I.T.
4. Valoración del acta de la última reunión del Comité Intercentros.
5. Incumplimientos de los requerimientos de la Inspección de Trabajo en la denegación de AAPP.
6. Próxima reunión con delegación.
7. Ruegos y preguntas.


Acuerdos y deliberaciones:

1. Lectura del acta anterior.

Se lee el acta anterior.

2. Respuesta de delegación a los escritos sobre el desajuste horario.

Tras los escritos enviados a delegación por distintos trabajadores sobre las modificaciones en los cuadrantes para hacer los ajustes en el computo anual de la jornada laboral en consecuencia a los periodos vacacionales se han recibido unas treinta contestaciones por escrito. Todas las respuestas son idénticas y en ningún caso se responde a la cuestión planteada explicando la razón del desajuste en las horas del computo anual por la inclusión de la compensación por vacaciones. La documentación recopilada al respecto se incluirá en el dossier de la demanda por conflicto colectivo.

3. Interrupción de las vacaciones por I.T.

Según el art. 38 del ET, cuando hay una interrupción por incapacidad temporal durante el disfrute del periodo vacacional, éste se interrumpe pudiéndose disfrutar los días restantes de dicho periodo en los 18 meses posteriores a la finalización del año en curso. Este Comité elaborará una nota informativa sobre el asunto y lo llevará como punto del orden del día a la próxima reunión con delegación.

4. Valoración del acta de la última reunión del Comité Intercentros.

Este C.E. hace una valoración muy positiva de la última reunión del Comité Intercentros así como del buen funcionamiento del mismo y de la cohesión entre las distintas provincias y su trabajo y decisiones consensuadas.

5. Incumplimientos de los requerimientos de la Inspección de Trabajo en la denegación de AAPP.

Los trabajadores de FAISEM siguen recibiendo denegaciones de permisos por AA.PP. que no se ajustan a lo establecido por los distintos requerimientos de las inspecciones de trabajo. Este comité insiste en la importancia de la petición de las denegaciones por escrito, y en caso de que no se ajusten a ley, se nos ponga en conocimiento de las irregularidades y se nos hagan llegar las denegaciones para poder así tomar las medidas oportunas.

6. Próxima reunión con delegación.

Se establecen posibles fechas para la próxima reunión con delegación provincial para finales julio.

7. No sustitución de los responsables de unidad.

Nos consta que no se está sustituyendo a los responsables de unidad. Esto supone una serie de inconvenientes tanto en la comunicación entre los trabajadores y la empresa como en el normal desarrollo de nuestro trabajo y el de los propios responsables, convirtiéndose además en un riesgo añadido ante la falta de una pieza clave en la ejecución de los distintos protocolos y situaciones de crisis y emergencias. Este asunto se llevará a la próxima reunión con la delegación provincial.

8. Ruegos y preguntas.

No hay ruegos o preguntas.


Se aprueba este acta.

Se decide convocar la próxima reunión del Comité de Empresa para el día 13 de agosto de 2014 a las 11:00 horas sin perjuicio de posibles convocatorias extraordinarias.


Se cierra la sesión con las firmas del secretario y el presidente del Comité de Empresa.  
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