La Gerencia de FAISEM ha
convocado sendos procesos de selección para la cobertura de puestos de responsable de unidad
de los siguientes centros de trabajo:
-CH San
Fernando. San Fernando.
-CH
Federico Rubio. El Puerto de Sª Mª.
-CH
Andalucía La Real y CH El Carmen. El Puerto de Sª Mª.
-CH
Constitución, VS de El Puerto y VS Chiclana. El Puerto de Sª Mª.
-CH
Balderrama. Jerez de la Fra.
-CH
Marismas. Huelva.
-CH Los
Naranjos. Huelva.
Las convocatorias se acogen al artículo 15 de nuestro Convenio
Colectivo, que versa sobre los niveles de responsabilidad y que establece que
será la dirección de FAISEM la que asigne estos niveles de responsabilidad tras el oportuno proceso de selección,
que está regulado en el artículo 18 del mencionado convenio y en un acuerdo de
la comisión paritaria, recogido en acta nº16, que fue ratificado posteriormente
en mesa de negociación con la RLT.
Sin embargo las convocatorias omiten información
imprescindible para realizar dichos procesos de selección e incumplen el apartado
2.1. del acuerdo
entre la gerencia y la RLT sobre convocatorias internas, que indica
claramente que “para la cobertura de cualquier
vacante o puesto de nueva creación (….) ya sea por traslado o promoción
interna, se realizará en primer lugar
una convocatoria interna que permita el traslado de personal con plaza fija”. Sin embargo, la
gerencia de FAISEM no procede según lo acordado.
Ante esta irregular situación el Sindicato de Sanidad de
CCOO ha hecho llegar a la gerencia de FAISEM un escrito reclamando la
rectificación de las mencionadas convocatorias para adecuarlas al convenio y al
acuerdo firmado con la RLT.
Para la representación del sindicato CCOO en FAISEM, y
para el propio sindicato, es evidente que los
responsables de unidad para los centros arriba mencionados son puestos de trabajo que deben
regirse por el citado acuerdo. Y así lo recoge la propia convocatoria al
establecer las características de la asignación, que dice literalmente: “La asignación de la
responsabilidad de los centros citados, será realizada de la misma forma y modo
que indica el artículo 15 del convenio, sometida a los criterios de confianza
del puesto de trabajo de Responsable”.
Además el sindicato advierte que la cobertura de los
puestos de responsabilidad recogidos en el artículo 15 del convenio es una de
las escasas posibilidades de promoción
para un amplio número de las personas que trabajan en FAISEM. Optar a estos
puestos permite asumir funciones de mayor responsabilidad,
conlleva su correspondiente complemento retributivo y supone un aporte de
experiencia de cara a posibles desempeños en cargos de organización, diseño de
programación y gestión, no exclusivamente asistenciales.
En su particular modalidad de convocatoria, FAISEM realiza una extraña mezcla entre
convocatoria interna y abierta que, de facto, suprime la convocatoria interna y la posibilidad de promoción. Desde
el sindicato de sanidad de CCOO recuerdan que esta limitación de la posibilidad
de promoción, se le ha anticipado a la gerencia de esta fundación pública en
varias reuniones previas.
A juicio del sindicato CCOO, con esta “modalidad” de
convocatoria no se tiene en cuenta que la mayoría del personal eventual que ha venido cubriendo esos puestos y ya ha
cumplido su tiempo máximo con contrato de acumulación de tareas, tampoco podrá participar en el proceso,
al no tener contrato en vigor. Pero sí podrían hacerlo en convocatoria abierta, en caso de que no
fuesen cubiertas por personal con plaza fija. Y podría ser así, si FAISEM cumpliese
con el procedimiento de selección acordado con la RLT.
CCOO vuelve a manifestar su rechazo, de forma contundente,
a la realización de contratos que supongan fraude
de ley, como ha venido ocurriendo en los últimos años con el personal
eventual y que desde ese sindicato se ha denunciado en repetidas ocasiones. Esta
denuncia es aún más firme ante los términos de la convocatoria que recoge que la asignación de la
responsabilidad estará sometida a los
criterios de confianza del puesto de trabajo de Responsable.
El sindicato CCOO manifiesta que es inaceptable que se otorguen puestos
de trabajo basados en la “confianza” y no en criterios de igualdad, mérito y
capacidad, que son los pilares del empleo público.
En este sentido, la RLT y el propio sindicato le han
recordado a la gerencia que, según establece la Orden de la Junta de Andalucía para los centros de atención a personas
con TMG “todos los centros deberán contar con un Director/responsable, debidamente acreditado por la entidad
titular, con titulación de grado medio como mínimo”. Y le han trasladado que
los directores de centro podrán ser de “confianza” en la empresa privada, pero
no en una Fundación Publica y que esta oferta de empleo (como el resto del
empleo en FAISEM), debe ser estable y de calidad.
Finalmente, desde CCOO se ha solicitado a la gerencia que
se retire la oferta de empleo en estos términos y la realice conforme a la
norma vigente y su procedimiento. En caso de mantenerse, la central sindical
procederá a la impugnación de este proceso de selección y emprenderá cuantas
medidas sean oportunas para que se respete lo acordado con la RLT y se
salvaguarden los derechos del personal indefinido y eventual.
En los siguientes enlaces se puede acceder a las convocatorias de las que se habla y al acuerdo que se incumple.
CONVOC-INTERNA-RESPONSABLE-UNIDAD-FAISEM-CADIZ
CONVOC-INTERNA-RESPONSABLE-UNIDAD-FAISEM-HUELVA