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jueves, 16 de febrero de 2012

LA REFORMA LABORAL DE RAJOY: UNA GRAVÍSIMA AGRESIÓN A LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES.


Despido prácticamente libre, y mucho más barato: La indemnización por despido quedará en la inmensa mayoría de los casos en 20 días por año trabajado, y el despido improcedente con 45 días de indemnización es declarado a extinguir.

Para despedir con 20 días de indemnización, bastará con que los ingresos de la empresa hayan disminuido en los últimos 9 meses.

El despido improcedente, mucho más barato: En el caso de que el despido sea declarado improcedente, la indemnización pasa de 45 a 33 días por año trabajado en todos los casos. Y se dejará de cobrar salarios de tramitación desde el día del des pido hasta el día del juicio.

Despido gratis el primer año: En las empresas menores de 50 trabajadores (que son el 90% de las empresas de este país) se crea un contrato con un periodo de prueba de un año. Por tanto, durante un año se puede despedir al trabajador sin motivo ni indemnización alguna.

Los ERES más fáciles y más baratos: Los despidos colectivos y las suspensiones de contrato dejarán de necesitar auto rización Administrativa. El empresario, sólo con comunicarlas a la autoridad laboral, podrá hacer lo que le dé la gana.

Bonificaciones y exenciones fiscales a los empresarios: Se crean generosas bonificaciones de seguridad social a los empresarios (de 3600 o 4500 euros) y deducciones fiscales (3000 euros por contratar a un joven menor de 30 años). Las bonificaciones a costa de la caja de la Seguridad Social suponen futuros recortes de pensiones.

Polivalencia generalizada dentro del grupo profesional. Un administrativo podrá hacer de cocinero, un celador de limpiador o pinche.

Jornada flexible: un 5% o más de la jornada será flexible a voluntad del empresario.

Poder absoluto para el empresario: que podrá modificar unilateralmente, con o sin acuerdo sindical, la jornada laboral, los horarios, los turnos, el salario y las funciones de los trabajadores, que tendrán que aceptar o despedirse con una indemnización de 20 días por año trabajado si no aceptan.

Se acabó el derecho a la negociación colectiva: Los convenios sectoriales dejan de tener valor, y prevalecerá en todos los casos el convenio de empresa. Además, aunque no haya convenio de empresa, cualquier acuerdo de empresa permitirá no aplicar el convenio de ámbito superior. Así, el papel de los sindicatos, que nacieron para romper el aislamiento de los trabajadores empresa a empresa, está en serio peligro.

Desaparecerán muchos convenios: Todo convenio colectivo que no se renegocie en dos años desde el fin de su vigencia dejará de aplicarse y se aplica el convenio de ámbito superior o el Estatuto del Trabajador.

Despidos más fáciles en el sector público. Los trabajadores laborales de las empresas y administraciones públicos podrán ser despedidos por causas objetivas
con 20 días de indemnización.

Aprendices hasta los 30 años: Se crea un nuevo contrato-basura, de formación y aprendizaje, hasta los 30 años. Se puede tener un contrato de aprendizaje y a los tres años otro distinto.

Más poderes para las ETTs: estas empresas, máquinas de explotación de los jóvenes, podrán actuar como agencias privadas de colocación. Es el principio del fin de los servicios públicos de empleo.

Rebaja generalizada de salarios. La reforma permite al empresario rebajar los salarios por “razones económicas o de producción” o forzar a sus trabajadores a firmar un acuerdo de empresa que rebaje los salarios del convenio colectivo sectorial.

Se facilita el fraude en los contratos a tiempo parcial. Al permitir horas extras en estos contratos, se facilita el contratar para 4 horas y obligar a hacer 12.

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