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Alertas FAISEM

jueves, 9 de febrero de 2017

UN POCO DE RESPETO NO VENDRÍA MAL

A/A MANUEL ALEN.
        GERENTE DE FAISEM
  
Sevilla, 9 de febrero del 2017

Señor Alén:

El pasado 14 de diciembre la Gerencia de FAISEM trasladó a la RLT el siguiente criterio para el disfrute de las vacaciones:
“El número de trabajadores/as que pueden coincidir en el mismo periodo será de dos, salvo en los meses de julio, agosto y segunda quincena de diciembre, donde podrán coincidir hasta cuatro trabajadores de un mismo centro de trabajo. Teniendo en cuenta que en ningún turno podrá quedar cubierto en su totalidad por trabajadores con contrato de sustitución”
La RLT rechazó tajantemente este criterio pues es aún más restrictivo que el anterior, acordado en el año 2014 en época de restricciones y recortes de derechos.
El artículo 40 de nuestro convenio establece que: “Los criterios para fijar el calendario de vacaciones se establecerán entre la empresa y los representantes de los trabajadores”. El convenio también establece una exigencia de plazo a los trabajadores para solicitar las vacaciones, que expira el 28 de febrero.

En aras de dar cumplimiento a ese precepto convencional, el 14 de diciembre se instó a la gerencia a mantener la correspondiente reunión negociadora y ésta se comprometió a mantenerla en el mes de febrero.

Tras la insistencia por parte de la RLT en solicitar esa reunión (pues la gerencia no se había pronunciado al respecto) el 7 de Febrero se nos propone mantener dicha reunión el día 23 de Febrero, último día hábil antes de la finalización del plazo para la solicitud de vacaciones. Ante ello queremos hacer constar:
  • No nos parece seria ni respetuosa la dilación en fijar esta reunión el día 23 de febrero, teniendo en cuenta que había sido acordada el 14 de diciembre del año anterior.
  • Habida cuenta que nuestro convenio obliga a los trabajadores a solicitar sus periodos vacacionales antes del fin de febrero, mantener la reunión el día 23 imposibilita que estos tengan en cuenta ningún criterio a la hora de solicitarlos ya que sólo tendrían un día hábil para hacerlo después de la reunión.
  • Esta reunión deberá mantenerse teniendo en cuenta el contexto de recuperación de derechos suspendidos en septiembre del 2012, tal y como recoge el DL 5/2016 de 11 de octubre.
Es por ello que instamos a la empresa a proponer esta reunión entre los días 13 y 17 de Febrero a más tardar.


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