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Alertas FAISEM

miércoles, 1 de marzo de 2017






    
INFORMA


La ITSS, en septiembre del 2016, elevó requerimiento a FAISEM para que, con carácter inmediato, adoptase las medidas oportunas para que no se duplique la jornada laboral, so pena de multa de entre 626 € y 6250 € en caso de incumplimiento de dicho requerimiento.

Según el requerimiento de la ITSS, no se podrán doblar turnos salvo en aquellos casos imprevisible o inevitables. En caso contrario se estaría incumpliendo el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores sobre descanso mínimo de doce horas entre jornadas.

Por lo tanto, la dirección deberá prever esas situaciones para evitar que se tengan que doblar turnos acudiendo a la contratación cuando fuera necesario.


Animamos a quienes se vean afectados por posibles incumplimientos de este requerimiento a que lo comuniquen al delegado de la sección sindical de CCOO o a los delegados sindicales de sus respectivos centros.

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