Alertas FAISEM
miércoles, 1 de marzo de 2017
INFORMA
La ITSS, en septiembre del 2016, elevó requerimiento a
FAISEM para que, con carácter inmediato, adoptase las medidas oportunas para
que no se duplique la jornada laboral, so pena de multa de entre 626 € y 6250 €
en caso de incumplimiento de dicho requerimiento.
Según el requerimiento de la ITSS, no se podrán doblar
turnos salvo en aquellos casos imprevisible o inevitables. En caso contrario se
estaría incumpliendo el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores sobre
descanso mínimo de doce horas entre jornadas.
Por lo tanto, la dirección deberá prever esas situaciones
para evitar que se tengan que doblar turnos acudiendo a la contratación cuando
fuera necesario.
Animamos a quienes se vean afectados por posibles
incumplimientos de este requerimiento a que lo comuniquen al delegado de la
sección sindical de CCOO o a los delegados sindicales de sus respectivos
centros.
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