Punto de encuentro para los trabajadores de FAISEM.

Alertas FAISEM

jueves, 22 de mayo de 2014

IMPORTANTE: SOBRE CUADRANTES 2014

La inspección de Trabajo y Seguridad Social de Málaga ha emitido requerimiento a FAISEM para que incluya en los cuadrantes elaborados a principos de año la totalidad de la jornada que corresponda a cada año. La ITSS de Málaga explicita que sólo pueden ser modificados para la inclusión de las vacaciones. Al inspector firmante le parece inconcebible "el hecho de que la empresa exprese el llamado AJUSTE HORARIO, en los cuadrantes horarios definitivos, entregados a partir del 31 de marzo, como una suerte de bolsa de horas como medio para cuadrar los mismos".

Os dejamos a continuación el enlace al texto íntegro de la inspección. .


Inspección Málaga cuadrantes 2014 en pdf.

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lunes, 19 de mayo de 2014

PERMISOS PARA LA VOTACIÓN DEL 25 DE MAYO



 El próximo domingo 25 de mayo se celebran las elecciones al Parlamento Europeo.

De acuerdo con el Decreto 90/2014, los permisos para ejercer el voto para los trabajadores que el mencionado día no sea día de descanso son los siguientes: 

Electores y Electoras
Cuando la jornada laboral del personal comprendido en el artículo 1 coincida, total o parcialmente, con el horario de apertura de los Colegios Electorales, éste tendrá derecho a permiso retribuido, dentro de su jornada, en los supuestos y en las condiciones siguientes: 
a)     Si la coincidencia es superior a seis horas, permiso retribuido de cuatro horas. 
b)     Si la coincidencia es superior a cuatro horas pero no excede de seis horas, permiso retribuido de tres horas. 
c)      Si la coincidencia es de dos a cuatro horas, permiso retribuido de dos horas.
d)     Si la coincidencia es menor de dos horas, no se tendrá derecho a permiso. 

Miembros de la Mesa Electoral
Tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan dicho día de descanso, y a una reducción de cinco horas en su jornada de trabajo del día 26 de mayo de 2014, siempre que justifiquen su actuación como tales.
Si alguna de las personas miembros de Mesa Electoral hubiera de trabajar en turno de noche en la fecha inmediatamente anterior al día de la votación, el responsable de personal del Centro de Trabajo, Servicio o Unidad administrativa en que preste sus servicios estará obligado a cambiarle el turno con el fin de que pueda descansar esa noche.

Apoderados y Apoderadas
Los Apoderados y Apoderadas, si el día de la votación fuera laboral para los mismos, tendrán derecho, asimismo, a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan en tal fecha de descanso.

Podéis ampliar esta información en la sección sindical de CCOO.

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viernes, 16 de mayo de 2014

ÚLTIMO ACTA DEL C.E. DE FAISEM-SEVILLA, MAYO 2014


Acta de Reunión del Comité de Empresa
de FAISEM en Sevilla.


Lugar de Reunión: Sala S.O.A.E. Fecha: 15-5-2.014 
Hora Inicio: 11:00 Hora finalización: 14:30 

Asisten:  
Antonio Benito Vargas Reyes
Antonio Dorantes Ganfornina
Fco. Javier Méndez Aguilar
Héctor Acebrón Tolosa
Julia Fernández Moreno
Maribel Merchán Rivera
Miguel Ángel Rodríguez
Óscar Díaz Gelo
Santiago Quijano  
José Manuel Delgado Oropesa

No asisten:  
Miguel Ángel Pérez Méndez
Rafael Palao 
David Perdiguero


Orden del día

1.-  Cuadrantes 2014
2.-  Reducción de devolución de horas.
3.-  Observaciones sobre el acuerdo por vacaciones.
4.-  Ley incompatibilidades
5.-  Formación 2014
6.-  Denegación de AAPP por necesidades del servicio.
7.-  Información sobre el juicio de las compañeras de Carmona.
       Ruegos y preguntas.

Acuerdos y deliberaciones: 

  1. Cuadrantes 2014.
Tras la conversión en definitivos de los cuadrantes del año 2014, una vez que la dirección ha realizado los ajustes que corresponden según convenio, este comité observa que esos cambios exceden de los que pudieran derivarse del ajuste por vacaciones que establece el convenio, como se preveía. Se ratifica el acuerdo alcanzado con anterioridad para interponer conflicto colectivo.

  1. Reducción de devolución de horas.
Al parecer, tras el reajuste anómalo por vacaciones efectuado por la dirección de FAISEM,  se están produciendo nuevas modificaciones, por reducción, que se están justificando  como la suma de las reuniones de equipo en que esa persona no esté de turno.

  1. Observaciones sobre el acuerdo por vacaciones.
Este comité constata que, una vez negociado el período de vacaciones, éstos se han concedido, en la mayoría de los casos, independientemente del número de personas que coincidían en un mismo período vacacional. Así, los trabajadores que no se avinieron a la exigencia de la empresa de limitar el número de personas por período vacacional, disfrutarán de sus vacaciones en los períodos que en un principio solicitaron; y los que, por las razones que fuera, se avinieron a esa exigencia, también disfrutarán de vacaciones, tras la correspondiente modificación de los períodos previamente solicitados. Desde nuestro punto de vista, esto demuestra que la arbitraria medida que la dirección de FAISEM en materia de vacaciones no tenía más finalidad que la de seguir ahorrando en gastos de personal a costa del sacrificio, una vez más, de los monitores residenciales.

  1. Ley incompatibilidades.
Tras las recientes instrucciones de la dirección de FAISEM en materia de incompatibilidades, este comité manifiesta:

·         Los trabajadores de FAISEM estamos dentro del ámbito de aplicación de la ley 53/1984 de 26 de diciembre y del decreto 524/2008 de 16 de diciembre de la Consejería de Justicia y Administración Pública.
·         Esa normativa establece la responsabilidad de las instituciones correspondientes en velar por el cumplimiento de la misma y de poner a disposición de los trabajadores todos los medios para su cumplimiento.
·         Esta normativas establece claramente cuáles son los cauces parta solicitar, caso de que sea necesaria, la compatibilidad.

Así mismo establece que la responsabilidad de declarar la incompatibilidad es de cada persona.

En este orden de cosas, entendemos que el procedimiento establecido por la dirección de FAISEM incluye algunos aspectos que exceden de los que le corresponden:

·         la exigencia de una declaración jurada. Aunque entendemos que quien voluntariamente quiera puede cumplimentarla, resulta excesivo y está fuera de las responsabilidades de la dirección, exigir su cumplimentación y entrega a la dirección.

·         el artículo 7 del decreto de referencia establece como vía preferente para la entrega de las solicitudes de compatibilidad, la telemática, sin perjuicio de acudir a los demás registros de la administración pública que recoge la ley de procedimiento administrativo. Por eso no se entiende qué sentido tiene que exijan su entrega en las dependencias de FAISEM.

·         sí que sería deseable que se hubiese difundido una información más amplia y detallada sobre quién y en qué casos debe solicitarse la compatibilidad.

En este aspecto se recomienda todos los trabajadores que acudan a los textos normativos de referencia. Y si surgen dudas que consulten con sus delegados del comité de empresa.

  1. Formación 2014:
Leída el acta nº dos de este año de la comisión de formación este comité valora positivamente el trabajo de nuestros compañeros en la misma, pues han conseguido que conste en acta el compromiso de la dirección para que, antes del final del año en curso, se inicie la formación encaminada a conseguir la titulación oficial para monitores y monitoras, previa elaboración del mapa de competencias.

No obstante, este comité entiende que existen múltiples dudas sobre el plan de formación presentado por la dirección de FAISEM para este año, que nos hacen pensar en la inviabilidad de ese compromiso. Sería conveniente que nos aclarasen:

·         Cuándo se empezarían a impartir las 450/600 horas de formación que se proponen;
·         En cuánto tiempo se repartirían esas horas;
·         Qué entidad las impartiría;
·         Cuántas horas corresponden a la formación presencial, cuántas a la otra modalidad;
·         Cuál sería esta otra modalidad;
·         De aquí a septiembre-octubre parece difícil que se haya elaborado el mapa de competencias, los temarios, se haya seleccionado a la entidad formadora…
·         Qué consejería y en virtud de qué norma se exige ahora, con celeridad, la realización de esa formación;
·         Por qué no se ha iniciado antes, en el 2011 por ejemplo, cuando los trabajadores teníamos avanzado el mapa de competencias, que la dirección no quiso tener en cuenta.


  1. Denegación de AAPP por necesidades del servicio.
A pesar de los reiterados requerimientos de la Inspección de Trabajo a FAISEM para que objetive y cuantifique las necesidades del servicio que impiden la concesión de los días de asuntos propios, la dirección de esta fundación pública sigue utilizando la inadecuada fórmula de “por necesidades del servicio”, sin especificarlas. Últimamente, con fecha 26 de marzo, se le realizó un nuevo requerimiento en esta línea, estableciendo un plazo de dos meses, que cumple el próximo 26 de mayo, para objetivar esas causas. A día de hoy no nos consta acción alguna en esa línea.

Se recomienda a las personas que se vean afectadas por esa práctica nociva, que lo denuncien a la inspección de trabajo, para, al menos, dejar constancia del reiterado incumplimiento de las decisiones de la Inspección. Cuentan para ello con el apoyo y asesoramiento de los compañeros del comité de empresa.

  1. Información sobre el juicio de las compañeras de Carmona.
El juicio previsto para el día 14 de mayo ha sido aplazado hasta el próximo jueves 22 de Mayo, por lo tanto permanecemos a la espera de su celebración y posterior resolución e iremos informando de la situación una vez se vayan desarrollando los acontecimientos.

Ruegos y preguntas:

Ocasionalmente, se está exigiendo a los monitores salientes del turno de noche que prolonguen su jornada por causas teóricamente no previsibles.

Este comité quiere dejar constancia de que el trabajo de los monitores residenciales tiene consideración de trabajo nocturno en aplicación del artículo 36 del Estatuto de los Trabajadores y, por tanto, no deberíamos realizar horas extraordinarias. Además, el hecho de haber llevado las dotaciones de personal a mínimos, no puede considerarse algo coyuntural, sino estructural, lo que motiva que cualquier incidencia de personal repercuta negativamente en los trabajadores y en los usuarios. FAISEM debería tomar nota de esta situación y resolverla, pues la calidad de la atención y la salud de los trabajadores cada vez se resienten más por este motivo.



Se decide convocar la próxima reunión del Comité de Empresa para el día 12 de junio de 2014 a las 11:00 horas sin perjuicio de posibles convocatorias extraordinarias. 



Se cierra la sesión con las firmas del secretario y el presidente del Comité de Empresa. 




El original del acta está a disposición de quien lo solicite.
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