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miércoles, 9 de marzo de 2016

Acta de Reunión del Comité de Empresa de FAISEM en Sevilla de 9/3/16.


Lugar de Reunión: Sala S.O.A.E. Fecha: 9-3-16
Hora Inicio: 10:30 Hora finalización: 14:30

Asisten:
Antonio Dorantes
David Perdiguero
Fco. Javier Méndez
Héctor Acebrón
José Manuel Delgado
Maribel Merchán
Miguel Ángel Pérez
Óscar Díaz
Santiago Quijano

No asisten:
Antonio Benito Vargas
Miguel Ángel
Julia Fernández (en simulacro CH Carmona)
Rafael Palao

Orden del día:

1.- Informe de la reunión del Comité Intercentros del 24 de febrero .
2.- Informe sobre recuperación paga extra .
3.- Derecho de Información, art. 58 de nuestro convenio colectivo .
4.- Criterios para fijar el calendario vacacional, art. 40 de nuestro convenio colectivo .
5.- Falta de respuesta a solicitudes de flexibilidad.
6.- Agresiones.
7.- Turnos descubiertos. No sustitución de trabajadores. Vacantes.
8.- Información sobre compañero despedido en Proazimut.
9.- Ruegos o preguntas.


Acuerdos y deliberaciones:

1.- Informe de la reunión del Comité Intercentros del 24 de febrero .

Se informa sobre dicha reunión. Se anexa el acta (Anexo I).

2.- Informe sobre recuperación paga extra .

Remitimos de nuevo al acta del Comité Intercentros anexada. Se informa de la fórmula de cálculo de la cantidad a percibir para que todos los trabajadores hagan los cálculos oportunos:

Para trabajadores de estructura: 44 x ( P / 148 ) = Cantidad a percibir
Para trabajadores temporales: 44 x ( P / 184 ) x ( N / 184 ) = Cantidad a percibir

Donde P = Salario base + Antigüedad
N = Nº de días trabajados en el periodo del 1/7/2012 al 31/12/2012

3.- Derecho de Información, art. 58 de nuestro convenio colectivo .

Se hace por enésima vez una nueva solicitud de información, en este caso, sobre vacantes, apertura de Portobelo, proceso de selección, y contrataciones en el SOAE. Estamos a la espera de respuesta sobre falta de información de la ITSS y se acuerdan acciones concretas para intentar solucionar en la medida de lo posible este asunto.

4.- Criterios para fijar el calendario vacacional, art. 40 de nuestro convenio colectivo .

No hay ningún acuerdo entre empresa y RLT para fijar estos criterios para la concesión de vacaciones,  por tanto no existe ningún criterio por el que se puedan denegar las vacaciones más allá de los expresados en el art. 40 de nuestro convenio colectivo. En todos los casos de denuncia o negativa de cambios en las fechas de vacaciones el resultado ha sido positivo para los trabajadores afectados. Aconsejamos pues que no se hagan cambios ni se lleguen a acuerdos entre los trabajadores para llevar a cabo dichos cambios sin que medie una denegación por escrito de las vacaciones solicitadas. Insistimos en que antes de cualquier cambio o acuerdo personal con la empresa se exijan por escrito (o a través de la plataforma) las denegaciones pertinentes.

5.- Falta de respuesta a solicitudes de flexibilidad.

Sigue sin haber respuesta desde delegación provincial o gerencia a las distintas solicitudes de flexibilidad horaria cursadas por diversos trabajadores. Desde este comité se dará apoyo a los trabajadores que quieran hacer dicha solicitud en aras de evitar agravios comparativos entre trabajadores de distintos programas o puestos, así como para que la regularización horaria no suponga pérdida de días de descanso. Existe un modelo de solicitud de flexibilidad a disposición de los trabajadores que puede ser pedida a los distintos representantes de los trabajadores.

6.- Agresiones.

Ante los defectos de actuación en los distintos casos de agresiones sufridos por los trabajadores de FAISEM recordamos y anexamos el protocolo de actuación propuesto por este comité en caso de agresiones que ya se publicó en el acta de 12 de noviembre de 2010 (Anexo II).

“Protocolo de actuación en caso de agresiones. Dada la dejadez de la empresa ante las situaciones de agresiones y accidentes sufridos por lo trabajadores, y ante la indiferencia mostrada a las propuestas hechas por la representación de los trabajadores de un protocolo de actuación ante agresiones y accidentes que mejore sustancialmente el insuficiente protocolo de intervención recogido en el plan de calidad de FAISEM (acta de 23 de febrero de 2009 del Comité de Seguridad y Salud), el Comité de Empresa acuerda publicar un “Protocolo de actuación en caso de agresiones, declaración de las mismas, actuación jurídica y seguimiento” elaborado por los delegados de CCOO para que sea difundido en los distintos centros de trabajo.”

7.- Turnos descubiertos. No sustitución de trabajadores. Vacantes.

Ante la falta de interés de la empresa en mantener una ratio de trabajadores razonable en todos los turnos de trabajo recordamos a los trabajadores que no deben bajo ningún concepto permaneces solos en su puesto de trabajo o abandonar el recurso dejando a otro compañero solo en su centro de trabajo.

8.- Información sobre compañero despedido en Proazimut.

Hemos tenido conocimiento del despido de un compañero de PROAZIMUT, ex-delegado sindical del comité de esta empresa satélite de FAISEM. El desconocimiento de los pormenores nos impide un pronunciamiento al respecto, aunque manifestamos nuestro pesar por este o cualquier despido, deseando que el proceso, actualmente en proceso de resolución judicial, se solvente de la manera más adecuada para los intereses del compañero.

9.- Ruegos y preguntas.

No hay ruegos o preguntas.



Se lee y aprueba este acta.

Se decide convocar la próxima reunión del Comité de Empresa para el día 20 de abril de 2016 a las 10:30 horas sin perjuicio de posibles convocatorias extraordinarias.

Se cierra la sesión con las firmas del secretario y el presidente del Comité de Empresa.





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