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Alertas FAISEM

lunes, 14 de marzo de 2016

VACACIONES


No hay ningún acuerdo entre empresa y RLT para fijar criterios para la concesión de vacaciones, por tanto no existe ningún criterio por el que se puedan denegar las vacaciones más allá de los expresados en el art. 40 de nuestro convenio colectivo. En todos los casos de denuncia o negativa de cambios en las fechas de vacaciones el resultado ha sido positivo para los trabajadores afectados. Aconsejamos pues que no se hagan cambios ni se lleguen a acuerdos entre los trabajadores para llevar a cabo dichos cambios sin que medie una denegación por escrito de las vacaciones solicitadas. Insistimos en que antes de cualquier cambio o acuerdo personal con la empresa se exijan por escrito (o a través de la plataforma) las denegaciones pertinentes.

2 comentarios:

  1. Triste que un año mas la empresa nos trate asi. No ven el esfuerzo que hacemos para conciliar vida familiar y laboral en la semana de refuerzo. Ni el agotamiento que supone ,tener menos dias de descanso debido a los dias de ajuste. Mas actitud de colaboracion

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    Respuestas
    1. Como podéis ver en el acta del 16 de marzo entre el C.E. y la delegación de Sevilla, ese asunto se ha abordado, sin que se hayan acordado criterios al respecto.En la próxima reunión del día 8 de abril intentaremos de nuevio establecer criterios generales que velen por los intereses y derechos delos trabajadores. Mientras tanto, si no hay acuerdo, no puede haber determinación unilateral del período de disfrute ni, por tanto, denegación de la solicitud.

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