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Alertas FAISEM

miércoles, 15 de septiembre de 2010

¿SABÍAS QUE…?

CON LA REFORMA LABORAL NO SE ACABA CON LA TEMPORALIDAD

Ejemplo práctico:
Una trabajadora lleva casi tres años con un contrato de obra y servicios en una empresa, luego piensa que ya es indefinida. Un mes antes de cumplir 3 años, la empresa decide despedirla y contratar a otra persona temporalmente en su puesto.

Antes de la reforma:

- Los contratos de obra y servicio duraban como máximo 2 años, después se consideraban
indefinidos.

Con la reforma:

- Se amplía hasta 3 años la duración del contrato de obra y servicios (incluso 4 si lo permite el convenio colectivo).

REFORMA LABORAL

1. ASÍ se favorece la rotación de distintos trabajadores y trabajadoras sobre el mismo puesto de trabajo.
2. ASÍ NO se acaba con la temporalidad injustificada.
3. Se sigue permitiendo la contratación fraudulenta, en lugar de respetar el “principio de causalidad”:
- Actividad permanente en la empresa= contrato indefinido

- Actividad temporal en la empresa= contrato temporal
- Actividad no continua pero reiterada en empresa= contrato fijo-discontinuo

¿Cómo te afecta la reforma laboral? CCOO te informa LLÁMANOS 902555757


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