Punto de encuentro para los trabajadores de FAISEM.

Alertas FAISEM

viernes, 12 de noviembre de 2010

Acta de la última reunión del Comité de Empresa de FAISEM Sevilla.

Esta entrada ha sido editada con posterioridad a su publicación: A 12 de noviembre de 2010 se modifica el Anexo I y se subsanan los errores detectados.

Lugar de Reunión: Despacho Comité Intercentros SS.CC.     Fecha: 10/11/10.
Hora Inicio: 9:00.    Hora finalización: 10:00.

Asisten:
Héctor Acebrón
Juan Antonio Seco
Maribel Merchán
Miguel Ángel Pérez
Oscar Díaz
Rafael Palao
No asisten:
David Perdiguero
José Manuel Sánchez
Miguel Ángel

Orden del día:

1.    Lectura y aprobación del acta anterior.
2.    Protocolo de agresiones y accidentes.
3.    Reclamaciones a los procesos de selección.
4.    Ruegos y Preguntas.


Acuerdos y deliberaciones:

1.    Se lee y aprueba el acta anterior.

2.    Protocolo de actuación en caso de agresiones. Dada la dejadez de la empresa ante las situaciones de agresiones y accidentes sufridos por lo trabajadores, y ante la indiferencia mostrada a las propuestas hechas por la representación de los trabajadores de un protocolo de actuación ante agresiones y accidentes que mejore sustancialmente el insuficiente protocolo de intervención recogido en el plan de calidad de FAISEM (acta de 23 de febrero de 2009 del Comité de Seguridad y Salud), el Comité de Empresa acuerda publicar un “Protocolo de actuación en caso de agresiones, declaración de las mismas, actuación jurídica y seguimiento” elaborado por los delegados de CCOO para que sea difundido en los distintos centros de trabajo (Anexo I) y que además será formalmente propuesto a la empresa.

3.    Reclamaciones a los procesos de selección. Vistas las irregularidades cometidas por la empresa en los últimos procesos de selección de personal y a requerimiento de algunos de los trabajadores afectados por estas irregularidades, se elabora un Modelo de Reclamación a los Procesos de Selección (ANEXO II).

4.    Ruegos y preguntas.
4.1.    Se estudia el acuerdo entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y las organizaciones sindicales UGT-A y CCOO-A, así como sus posibles repercusiones para los trabajadores de FAISEM.
4.2.    Se hace hincapié en el compromiso adquirido por la dirección de la empresa de llevar a cabo la Evaluación de Riesgos Psicosociales en el año 2011.

Observaciones:

Dado lo apretado de la agenda de los delegados en general, y de los miembros de la Comisión de Igualdad y del Presidente del Comité de Empresa en particular, así como la coincidencia de fechas de esta reunión con una Comisión Paritaria y otras acciones sindicales de importancia, se posponen a la próxima sesión el resto de puntos del orden del día previstos para hoy.

Se convoca nueva sesión del Comité de Empresa de FAISEM de Sevilla para el miércoles 1 de diciembre de 2010 a las 10:00 horas, sin perjuicio de que las actuales circunstancias requieran de una convocatoria extraordinaria.

Se cierra la sesión con las firmas del secretario y el presidente del Comité de Empresa.


El original del acta está a disposición de quien lo solicite.




ANEXO I

A todos los recursos. 
En Sevilla, a 10 de noviembre de 2010 
Estimados compañeros:

Uno de los principales caballos de batalla en la lucha contra el estigma en la enfermedad mental es sin duda acabar con la creencia de que las personas con trastorno mental severo son más violentas que el resto de la sociedad.

Los profesionales que trabajan con personas dependientes tienen pues, el mismo riesgo de padecer cualquier tipo de agresiones que el resto de profesionales que trabajan en contacto directo con usuarios de los más diversos tipos de servicios.

Los trabajadores de FAISEM no son una excepción y por tanto sería una falacia intentar convencernos de que no hay riesgo alguno de sufrir agresiones en nuestro ámbito de trabajo, porque éstas pueden venir tanto de los usuarios a los que atendemos como de sus familiares o de nuestros propios compañeros.

En algún caso los representantes de los trabajadores hemos sido testigos de cómo algún responsable de nuestra empresa afirmaba que nuestro trabajo consiste, entre otras cosas, en soportar este tipo de agresiones, de modo que de cara a la galería se lucha contra el estigma restando importancia e intentando minimizar las consecuencias de todo tipo de situaciones violentas, mientras que de puertas para adentro, en la privacidad de las reuniones de equipo, se estigmatiza a las personas con enfermedad mental tachándolos de agresivos por naturaleza al recordarnos, cuando denunciamos internamente ese tipo de conductas, que trabajamos con personas con enfermedad mental, como si esas agresiones formaran parte de una especial forma de ser de los usuarios a los que atendemos.

Estamos también detectando situaciones de violencia en el desempeño de nuestro trabajo en las que por diversas razones no se está actuando de la forma más adecuada, y no sólo nos estamos refiriendo a la violencia física.

La FAISEM no sólo no está cumpliendo con su obligación de velar por la seguridad de los trabajadores, sino que además intenta impedirles el ejercicio de sus más elementales derechos cuando éstos deciden actuar por su cuenta y riesgo.

Todo esto nos ha llevado, basándonos en guías ya existentes editadas tanto por la Junta de Andalucía como por los distintos sindicatos para otros sectores del sistema público sanitario, a elaborar un protocolo de actuación adaptado a nuestra realidad para aplicar en el caso de sufrir algún tipo de agresión durante el normal desarrollo de nuestras funciones y que nos garantice el cumplimiento de nuestros derechos.

Proponemos pues un Protocolo de Actuación que adjuntamos a continuación junto con un diagrama de los pasos a seguir ante las diversas situaciones de violencia con las que podemos encontrarnos. Este mismo protocolo es aplicable a cualquier accidente de trabajo exceptuando, claro está, si no procede, la denuncia.

No dudéis en poneros en contacto con cualquiera de vuestros representantes sindicales para cualquier aclaración que necesitéis.

La representación de los trabajadores.


Protocolo de actuación en caso de agresiones, declaración de las mismas, actuación jurídica y seguimiento.

1. Solicitar el auxilio de los compañeros o del jefe más inmediato para minimizar la situación de violencia y que además puedan actuar como testigos de los hechos si fuera necesario.

2. Mantener la calma y tratar de contener la situación: NO responder a las agresiones o provocaciones físicas o verbales.

3. Intentar establecer una adecuada distancia de seguridad entre el posible agresor y la posible víctima.

4. Interrumpir la actividad mientras la situación no esté controlada o el trabajador no se encuentre en condiciones de reanudarla con las suficientes garantías de seguridad.

5. Informar inmediatamente al responsable del recurso o superior más inmediato.

6. Llamar al 112. Solicitar ayuda externa inmediata: En el caso de que la situación de violencia persista llamar a los cuerpos y fuerzas de seguridad (Policía Local, Policía Nacional o Guardia Civil) para que se personen en el centro de trabajo o lugar donde se desarrollen los hechos.

7. Llamar a los delegados o delegadas de prevención para que se personen y recaben información sobre el incidente ocurrido y realizar las acciones pertinentes.

8. En caso de agresión con lesiones físicas o psíquicas se procederá al traslado inmediato al servicio de urgencias del hospital o mutua de referencia del trabajador en función de la gravedad de las lesiones, donde tras recibir asistencia sanitaria nos deberán entregar el correspondiente informe médico y el parte de lesiones. En  caso de que se estime necesario será la mutua quien expida la baja por accidente de trabajo. El servicio de urgencias debe comunicar a la autoridad judicial el presunto delito. Artículo 262 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

9. Entregar el informe médico y/o parte de lesiones o de asistencia médica al superior más inmediato.

10. Tramitar el incidente como accidente de trabajo notificándolo en el centro de trabajo rellenando el registro de parte de accidentes. Adjuntar informe médico y parte de lesiones, y entregar copia en la mutua o médico. Debe realizarse una segunda valoración psicológica, ya que las secuelas posteriores a un incidente violento pueden aparecer más tarde (“síndrome de estrés post-traumático”).

11. Denunciar los hechos en el Juzgado, en la Comisaría de Policía o Guardia Civil presentando el parte de lesiones. En el caso de presentar la denuncia en el Juzgado es aconsejable pedir ser reconocido por el médico forense. En el caso de que el incidente violento lo constituya una agresión verbal, del tipo insultos y amenazas, sin resultado de lesiones, también se notificará.

12. Confeccionar el registro de acontecimientos disruptivos, las incidencias y el parte de accidente.

13. Comunicar los hechos al servicio de Prevención de FAISEM y al Comité de Seguridad y Salud para que realicen el seguimiento del accidente de trabajo.

14. En caso de que la incapacidad temporal se considere necesaria y la mutua demore la tramitación del correspondiente parte, acudir al médico de familia para solicitar el parte de incapacidad temporal por contingencia común. Posteriormente se podrá reclamar como accidente de trabajo.

15. Personarse en la causa como acusación particular.




ANEXO II




Adjuntamos aquí los enlaces de descarga de los dos anexos en pdf para quien quiera imprimirlos en formato original:

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