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Alertas FAISEM

martes, 8 de febrero de 2011

FONDO DE ACCIÓN SOCIAL

Ayer a última hora se publicó nota referente al fondo de acción social, cuyo contenido es el siguiente:


Examinadas las solicitudes presentadas relativas a las ayudas con cargo al Fondo de Acción social del personal de FAISEM correspondientes a 2010, el importe total de ayudas solicitadas supera el fondo de 30.000€ (según el art. 64 del convenio colectivo).

Por lo tanto, en base al art. 8 del Reglamento de Ayudas a través del Fondo de acción Social para el Personal de FAISEM, todos los trabajadores que hayan solicitado algún tipo de ayuda - estén o no admitidas provisionalmente sus solicitudes - deberán aportar fotocopia completa compulsada de la Declaración de la Renta de las Personas Físicas de la unidad familiar correspondiente al último ejercicio fiscal, NO PUDIENDO SER ADMITIDAS DEFINITIVAMENTE LAS SOLICITUDES DE QUIENES NO LO APORTEN.

Si no estuviese obligado a realizar declaración de la renta, se presentará fotocopia compulsada del Certificado de Retenciones e Ingresos a Cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas emitido por la empresa, de cada uno de los miembros de la unidad familiar con ingresos, correspondiente al último ejercicio.

Se concede un plazo 5 DÍAS HÁBILES contados a partir del 7 de febrero ( hasta el 11 de febrero del 2011 a las 14.00 h.) para la subsanación tanto de la documentación requerida en el listado provisional de excluidos como para la aportación de la Declaración de la Renta de todo el personal que no la haya aportado junto con la solicitud.

La documentación requerida deberá presentarse en los Registros Oficiales de FAISEM (Delegaciones Provinciales y/u Oficina Regional), pudiendo aportar original y fotocopia para su verificación.

La no presentación de los documentos solicitados dará lugar a su exclusión definitiva, según se contempla en el último párrafo del art. 8 del Reglamento.

Firma el documento la Comisión de Acción Social, a 7 de febrero del 2011.

1 comentario:

  1. Me gustaría saber qué criterios se han utilizado para conceder las ayudas y eliminar de la lista definitiva a personas que en un principio sí estaban. Y sobre todo ¿ por qué no han hecho público esos "últimos criterios que no aparecían en ningún sitio" y tampoco han publicado la lista de las personas que según esa segunda criba no eran aptas para recibir la ayuda??????????

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