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Alertas FAISEM

martes, 24 de febrero de 2009

Inspección de Trabajo.

Como consecuencia de las denuncias presentadas ante la Inspección de Trabajo por el anterior comité de empresa de FAISEM en Sevilla, la inspectora de trabajo de zona realizó, el 18 de febrero, una visita a la delegación provincial de FAISEM en Sevilla para recabar información sobre los asuntos denunciados. Tras la visita, en la que estuvieron presentes el delegado provincial de FAISEM en Sevilla y un representante de los trabajadores, la inspectora volvió a citar a ambas partes, esta vez en la sede de la Inspección, para aportar la documentación necesaria que le permitiese aclarar las discrepancias evidenciadas durante la visita.

Como resultado de esta última reunión, la inspectora determino:

1) Falta de respuesta a las reiteradas peticiones del censo electoral. No procede acción alguna contra la empresa por la negativa ni el silencio ante la petición del censo laboral, por haberse producido ésta meses antes de la constitución de la mesa electoral, que es cuando empieza el período en el que, por exigencia legal, debe hacerse público ese censo. La respuesta en otro caso es cuestión de cortesía, no de obligación. No obstante, tras las quejas del representante de los trabajadores por la reiterada falta de respuesta desde la delegación provincial de FAISEM en Sevilla a otras peticiones de información (algunas de ellas de obligado cumplimiento periódico, establecidas legalmente), la inspectora concluye que elevará un requerimiento a la empresa para que cumpla con esas obligaciones en materia de información.

2) La falta de pago de dietas por desplazamiento a los reconocimientos médicos. De los 17 compañeros que no habían cobrado las dietas cuando se presentó la denuncia, quince ya las han cobrado en el momento de la inspección. La inspectora requiere verbalmente al delegado para que acredite el pago mediante fax, firmado por el delegado y un representante de los trabajadores, el lunes 23 de febrero como fecha límite; y que subsane de inmediato los pagos pendientes. El delegado provincial expone como motivo para el retraso en el pago, que no hay certificación de haber asistido al reconocimiento hasta que el FREMAP no emite el listado de atendidos al final de año. Para subsanar esta situación, la inspectora propone que el servicio de prevención emita el correspondiente justificante de asistencia.

3) Negar el derecho al libre desempeño de la acción sindical en los centros de trabajo. Tras oír a las partes, la inspectora concluye que ambas deben ajustarse a lo que establece la ley al respecto: Los trabajadores deben comunicar con la antelación debida la realización de visitas o reuniones; y la empresa debe facilitar los espacios para la realización de actividades sindicales. La inspectora entiende que siempre ha de garantizarse el respeto a la intimidad de los usuarios de los diferentes recursos, pero no debe existir problema en la realización de reuniones, pues habitualmente ya se realizan en los diferentes centros de trabajo, y así se lo hace saber al delegado.

NOTA: Este resumen del desarrollo de la inspección está condicionado a la diligencia y los requerimientos que la inspectora encargada del caso estime oportuno emitir, que serán los que den oficialidad a sus decisiones.

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