Alertas FAISEM
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03 junio 2016
16 noviembre 2015
Faisem participa en la jornada '20 años de intervención sindical en la seguridad y salud laboral'.
El delegado de prevención de CCOO de la Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de personas con Enfermedad Mental (FAISEM), Oscar Díaz Gelo ha participado en el encuentro de delegados de prevención a nivel andaluz que se ha desarrollado en Córdoba, bajo el título '20 años de intervención sindical en seguridad y salud laboral' que conmemora el XX aniversario de la promulgación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).
CCOO ha celebrado en Córdoba un encuentro de delegados y delegadas de prevención de toda Andalucía, más de 300, que bajo el título "20 años de intervención sindical en seguridad y salud laboral" conmemora el XX aniversario de la promulgación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).
Durante el desarrollo de esta jornada de trabajo se constituyeron varias mesas con ponencias que trataban sobre vigilancia de la salud, acoso laboral o riesgo psicosocial, donde delegados y delegadas de prevención exponían sus experiencias sindicales.
El delegado de prevención del Comité Autonómico de Seguridad y Salud de la Fundación Publica Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental (FAISEM), ha participando exponiendo su dura experiencia en conseguir implantar la evaluación de riesgos psicosocial, ISTAS 21 en su empresa defendiendo la importancia que esta evaluación tiene para todos los trabajadores y más en estos tiempos de deterioro y empeoramiento de las condiciones laborales. "No vamos a dejar que se convierta en un mero trámite, nos tomamos muy en serio esta oportunidad que tenemos de conocer si nuestras condiciones de trabajo pueden estar afectando a nuestra salud y no vamos a parar hasta conseguir efectivas medidas preventivas a los trabajadores, es lo que toca después de cuatro años de lucha", ha declarado Oscar Díaz Gelo.
La prevención no es una opción. Por Paco Carbonero.
Acaban de cumplirse 20 años de la aprobación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, (LPRL), una norma avanzada para su tiempo, nacida del consenso entre gobierno y agentes sociales, que se dotó de un importante contenido que creaba un marco adecuado de protección. La presión que hicimos los sindicatos durante su elaboración para que se incluyesen aspectos que, en otros países europeos no se tuvieron en cuenta, fue determinante para ello.
Ahora, 20 años después, podemos afirmar que la Ley ha servido para reducir la siniestralidad laboral, sobre todo hasta mediados de 2013, cuando cambia de nuevo la tendencia iniciando un repunte en el que seguimos inmersos.
La Ley igualmente ha conseguido avances importantes como la aparición de todo un sector de la prevención, que ha posibilitado la creación de miles de empleos en técnicos de prevención, médicos especializados, inspectores en la materia, empresas auditoras, y por supuesto, la elección de más de 16.000 delegados y delegadas de prevención en Andalucía, figura clave en la mejora de la seguridad y la salud en la empresa.
Si hay algo que ha quedado demostrado con el paso de los años es que la Ley no es la culpable de las deficiencias que se han ido generando en su andadura, algunas de las cuales persisten en la actualidad. Si siguen muriendo personas en sus puestos de trabajo, sigue habiendo accidentes laborales y las enfermedades profesionales siguen siendo las grandes olvidadas en las empresas, no es por la norma, que, sin duda, podrá mejorarse. Los culpables hay que buscarlos, por un lado, en las empresas y su falta de responsabilidad al ver en la prevención un coste en lugar de una inversión y no la desarrollan como es debido, incumpliendo los mínimos legales de la Ley y, por otro, en la falta de voluntad de los gobiernos, con una clara ausencia de la prevención en las agendas políticas y un recorte permanente en los presupuestos de las partidas destinadas a impulsarla, y a programas de sensibilización en la materia.
Además, las reformas del gobierno, como la laboral o la Ley de Mutuas, también han contribuido a un aumento de la siniestralidad, devaluando las condiciones de trabajo, y con ello la salud laboral; reformas que no solo están afectando al mercado laboral sino al propio sistema público sanitario, ya que en un solo año, 12.000 personas con enfermedades laborales fueron derivadas por las empresas al sistema andaluz de salud cuando, en realidad, tendrían que haber sido asistidas por las mutuas de esas empresas, Si miramos el acumulado, la cifra sube a las 450 mil personas y a un sobrecoste para el sistema público de 560 millones de euros, además de la pérdida económica que le supone a la persona trabajadora.
En cualquier caso, desde CCOO seguiremos reclamando que la prevención sea parte indispensable en las decisiones y gestión interna de la empresa, y que si se deja en manos de servicios de prevención ajenos, -como sucede en la actualidad en más de un 80% de las empresas andaluzas-, que se controle la guerra de precios y la competencia desleal en la que están inmersos muchos de ellos, algo que, sin duda merma la calidad del servicio a las empresas. Esto provoca que la prevención se quede solo en el papel y, tanto por los servicios de prevención como por la Administración no se revise y controle la implantación y cumplimiento final de las medidas preventivas en la empresa.
Igualmente, es necesario que se atiendan las alarmas que desvelan las encuestas, en las que se sitúa el estrés laboral como el primer problema de salud laboral de Europa por encima de los problemas ergonómicos; y fundamentalmente, que se articule la figura del delegado o delegada territorial con competencias en prevención, una figura que, veinte años después, en CCOO seguimos reivindicando como imprescindible en la prevención ante las dificultades de representación sindical que se da en las pequeñas empresas.
La prevención no es un opción, máximo cuando las herramientas para que esta funcione existen desde hace 20 años.
Paco Carbonero. Secretario General de CCOO Andalucía.
20 años de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Especial Revista PorExperiencia.
Os adjuntamos a continuación el especial de la revista PorExperiencia sobre los 20 años de la LPRL.
Este mes de noviembre se cumplen veinte años de la publicación de la LPRL en el BOE y con este motivo la revista porExperiencia dedica su dossier a hacer un repaso de su trayectoria desde el proceso de negociación que llevó a su aprobación hasta el estado actual de la prevención en España
El dossier incluye entrevistas al histórico sindicalista de CCOO Ángel Cárcoba, al inspector de trabajo Manuel Velázquez, al magistrado Rafael López Parada y a la médica del trabajo y especialista en Salud Pública Montse García, así como artículos del secretario de Salud Laboral y Medio Ambiente de CCOO, Pedro J. Linares, y de las técnicos del ISTAS María López Jacob y Claudia Narocki.
En número 70 de porExperiencia también incluye artículos sobre cambio climático y salud humana, notificación de enfermedades profesionales en mujeres en la Comunidad Valenciana y trabajo precario y abuso de agrotóxicos en Brasil. El número se completa con el resto de secciones habituales de la revista.
05 octubre 2015
02 octubre 2015
Sobre Formación y Curso para Monitores Residenciales. Reunión Extraordinaria de la Comisión de Formación.
Con
fecha 1 de octubre de 2015 se ha reunido la comisión de formación
de FAISEM, Como sabéis, de la última reunión de esta comisión, el
18 de junio, no se llegó a levantar acta. Los contenidos de la misma
los conocéis pues os hemos ido informando puntualmente y aunque se
intentó cerrar un acta mediante intercambio de correos, que se
prolongaron hasta el 30 de julio, no se llegó a una redacción
común.
Salvados
los escollos para encontrar fecha tras las vacaciones (varias
propuestas de fecha por ambas partes) y después de algún cruce de
opiniones por vía epistolar que puntualmente se os hizo llegar y que
podéis releer, la presencia de los miembros del comité de empresa
de Sevilla en centrales para trasladar al gerente un escrito
planteando importantes dudas acerca del curso básico de formación
ofertado a través de una empresa externa forzó el compromiso del
gerente de adelantar la reunión, que se había fijado para el seis
de octubre (con el curso propuesto ya empezado), para esta fecha.
Como
quiera que la reunión del día 18 de junio quedaba pendiente de
cerrar y así lo habíamos comunicado en nuestras convocatorias, el
primer asunto tratado ha sido la firma de un acta que a todos
satisficiese. Si el acuerdo al respecto no ha sido posible en estos
meses a través de borradores por correo, hoy no ha resultado más
fácil cerrar el acta. Lo que se ha firmado finalmente responde a lo
que se debatió, salvo que la demanda enunciada por la RLT acerca del
estado de elaboración del mapa de competencias y sus contenidos sólo
obtiene como respuesta un lacónico “esta comisión no es
competente en la materia”. En la reunión manifestaron algo más:
que ninguno de los miembros que representaban a la gerencia en esa
comisión estaba habilitado para distribuir los materiales
correspondientes a los mismos.
En
resumen el 18 de junio:
-
La dirección presentó una propuesta de actividad formativa para monitores residenciales, que anexan al acta;
-
La RLT declinó valorarla hasta no ser informada del mapa de competencias y obtener la garantía de que la formación va dirigida a la cualificación profesional, demanda que esperaba respuesta desde la reunión anterior;
-
La dirección declara que esta comisión no tiene competencias para darnos la información del mapa de competencias;
-
La dirección no comparte nuestras reticencias, al considerar que los contenidos y duración están de acuerdo con lo manifestado por los trabajadores;
-
La RLT presentó un documento resumiendo once años de la comisión de formación que motivan nuestra desconfianza y que la representación de la dirección no admitió que se anexase al acta (se os hizo llegar en su día);
-
No se alcanzó ningún acuerdo.
Posteriormente
se ha celebrado la reunión que se solicitó para obtener la
información sobre el curso que FAISEM oferta para monitores
residenciales. Hay que reconocer que durante la reunión la dirección
ha tratado de dar respuesta a todas las dudas planteadas a la
gerencia en el escrito que los compañeros de CCOO en el comité de
empresa de Sevilla le plantearon el lunes y que motivó el adelanto
de esta reunión del día seis al día uno de octubre. Quien pensase
que este curso le serviría para su acreditación profesional que se
olvide. Podemos sacar las siguientes conclusiones:
Tipo
de acreditación: Ante la
ambigüedad generada por el equívoco cartel que reza “diploma
acreditativo” la dirección aclara que lo que se obtiene es un
certificado de asistencia y
aprovechamiento, expedido por el
instituto que imparte el curso. Nada
que ver con la acreditación ni la cualificación
profesionales que todos estamos esperando.
Qué
áreas se acreditan del mapa de competencias: Como
el mapa de competencias no está aún aprobado, con
esta formación no se acreditarían a priori competencias.
Lógicamente manifiestan que va en la línea de lo que la dirección
entiende deben ser las competencias de cualquier monitor o monitora
del programa residencial FAISEM. Suponemos que se referirán a ese
mapa de competencias del cual no nos quieren informar.
Compensación
de las horas de formación: De
las 100 horas de duración del curso sólo las 40 horas (las de
prácticas) se realizan dentro de la jornada laboral. El curso es
voluntario (no tiene la exigencia que tendría si fuese destinado a
las cualificaciones) y gratuito (tranquilos, no hay que pagar nada).
Por tanto, dice la dirección que el resto del tiempo empleado corre
por cuenta de los cursillistas, incluido el necesario para la
realización de la memoria de prácticas.
Adjudicación
a IMEFOR. Publicidad y transparencia:
Aunque el acta dice “se han presentado varias empresas de
formación” la explicación que dan sobre la adjudicación del
curso es que se ha ofertado un pliego con las características del
curso que FAISEM quería impartir a cuatro empresas que ellos han
elegido, una de las cuales no contesta, otra declina el ofrecimiento
y de las dos restantes IMEFOR era la mejor oferta.
"Formación
práctica desde el mismo recurso":
No se aclara en qué va a consistir la formación práctica, sólo
dicen que los conocimientos teóricos servirán para la práctica
cotidiana que será evaluada mediante la elaboración de una Memoria.
No perdamos de vista a este respecto, por lo útil que nos pueda
resultar, que se trata de un curso
de formación básica.
Se
han tratado diversos aspectos de la RESOLUCIÓN
de 28 de julio de 2015, sobre cualificación profesional
del personal de atención directa en instituciones sociales y en el
domicilio.
Al margen de lo recogido en el acta, que no aclara en exceso, creemos
que sería conveniente que todos los trabajadores de FAISEM leyesen
ese documento pues es de suma importancia para el futuro de los
profesionales de esta fundación. Se le ha solicitado a la dirección
que trabaje para difundir la resolución y aclare su alcance. Ellos
nos invitan a nosotros a que trabajemos en la misma línea. Paradojas
de la vida: en el blog “Que viene el coco”, de los delegados de
CCOO en el comité de Sevilla ya está colgado en una entrada del 21
de septiembre.
Esa
resolución establece, entre otras cuestiones:
-
desde cuándo será exigible la cualificación profesional,
-
supuestos que cualifican,
-
vías alternativas a las titulaciones regladas
-
y la obligación de la “entidad prestadora de servicios”, con la participación de la RLT, de elaborar planes de formación dirigidos la adquisición de las competencias profesionales.
Esta
última exigencia de la resolución hacia las empresas hace que nos
resulte difícilmente comprensible que este curso no vaya dirigido
específica y decididamente hacia la cualificación, tras tantos años
de demora y a estas alturas en las que se pone fecha de caducidad al
trabajo no cualificado (31 de diciembre del 2017 para quien ya esté
trabajando y 1 de enero del 2016 para los de nuevo ingreso, que son
los que nunca han trabajado en FAISEM u otra entidad).
La
dirección aboga por su causa y no pondría objeciones a que quienes
ya hayan optado a una acreditación por otras vías realizasen este
curso porque da formación complementaria, no sustitutiva. Y con esos
mismos argumentos entiende que deberían sumarse al curso las
personas que no tengan ninguna acreditación ni cualificación. Se
entiende que “por si acaso”. Aunque reconoce que esta formación,
ala que denomina “interna” nada tiene que ver con la
cualificación exigida para todos los profesionales en función de la
atención que se preste a las personas que están bajo el prisma de
la Dependencia.
Criterios
de inclusión-exclusión:
Tampoco se aclaran. Y nos referimos a ellos, a que los representantes
de la dirección no se aclaran en este aspecto. La dirección remite
al portal del profesional de FAISEM que habla de “trabajadores y
trabajadoras con contrato indefinido y temporales a la fecha de
inscripción cuya fecha de finalización sea como mínimo final de
diciembre de 2015”. Pero se abre un abanico de posibilidades al
respecto de difícil manejo:
-
personas con contrato en vigor que sepan que finalizan antes del 31 de diciembre ¿no tienen acceso? ¿Y si surge otra contingencia y les renuevan el contrato?
-
personas con contrato en vigor que no saben cuándo finaliza el mismo ¿optan, no optan?
-
personas que llevan años trabajando con FAISEM de forma intermitente pero a fecha de hoy no están contratadas, no pueden optar al curso.
-
Personas que finalizan contrato el 31 de diciembre, o el 8 de enero ¿cómo realizan la parte teórica?
-
Etc…..
De
los contenidos del curso se nos ha hecho llegar una copia en el acta
del 18 de junio, pero desconocemos si se corresponden con los que se
van a impartir pues no hay información al respecto en el portal del
profesional no cualificado. En ese portal se insiste en dar
información ambigua y se habla de “duración acreditable”, pero
ya nos ha quedado claro a estas alturas que se refiere a que se
certificarán las horas de duración.
Con esta información que cada uno decida
si este es el curso que le interesa, si la oferta de la FAISEM es
realmente la que demandamos y si merece la pena el esfuerzo.
Adjuntamos a continuación las dos últimas actas referidas más arriba:
Adjuntamos a continuación las dos últimas actas referidas más arriba:
21 septiembre 2015
RESOLUCIÓN SOBRE ACREDITACIONES PROFESIONALES
Os recomendamos la lectura del siguiente documento dada su importancia para el colectivo de trabajadores de FAISEM:
10 agosto 2015
Valoración de la reunión de la Comisión Paritaria del pasado 30 de Julio.
El 30 de junio del 2015 la RLT comunicó a la representación de la dirección de FAISEM la convocatoria de la comisión paritaria para abordar la correcta interpretación de los artículos del convenio referidos a los permisos. Aunque el convenio establece un plazo de cinco días para la celebración de la reunión tras su convocatoria, la dirección respondió el día 6 de julio que era mejor posponerla a septiembre, por encontrarnos en pleno período vacacional. Tras nuestra reiteración de la convocatoria el 20 de julio, pudimos confirmar la misma para el 30 de julio, fecha en que por fin se ha celebrado la reunión de la mencionada reunión.
También por iniciativa de la RLT se acordó levantar acta de una comisión paritaria previa, de 18 de noviembre del 2014, en la que se trataron dos asuntos, la correcta interpretación del artículo 38.3 sobre permutas del personal (sobre el que se alcanzó acuerdo) y la del 23, complemento de antigüedad, sobre el que en aquella fecha parecía haber visos de acuerdo (por lo que se propuso su concreción por vía telemática) pero que lamentablemente evidenció más distancias de las que un acuerdo requiere.
Se mantuvo en primera instancia la reunión de la paritaria para interpretar los artículos referidos a los permisos y licencias (41, 42 y 43 de nuestro colectivo).
El planteamiento de la RLT es simple y claro al respecto: desde que en marzo del 2013 se suscribiese el acuerdo sobre esta materia (posteriormente ratificado en comisión negociadora entre la dirección y la totalidad de la representación sindical), la norma que regula lasvacaciones, permisos y licencias del personal de FAISEM es la de ese acuerdo, que mejora en algunos aspectos el texto del convenio colectivo. Por tanto, el texto de dicho convenio está obsoleto en esta materia. Hay que recordar que, lamentablemente, este acuerdo no fue fruto de la negociación ni de la generosa y buena voluntad de la dirección, sino que vino impuesto por ley 3/2012 de medidas fiscales, administrativas, laborales y de hacienda pública de la Junta de Andalucía, que remite a los artículos 48, 49 y 50 del EBEP, así como a los permisos así como a los permisos retribuidos adicionales al de parto o adopción y a los permisos sin retribución recogidos en la normativa de función pública de la Junta de Andalucía.
La dirección solicita concreción en los casos para poder pronunciarse al respecto. Pero como la RLT entiende que lo fundamental no es estudiar la casuística sino establecer pautas claras que impidan una mala aplicación de la norma (que se traduce siempre en un perjuicio para los trabajadores). Por eso afirmamos que lo que procede es aplicar la norma “en su íntegra literalidad sin que quepan interpretaciones” y menos cuando son siempre de carácter restrictivo. Y concretamos las situaciones más perjudiciales en los puntos 6 y 9 del epígrafe B) del acuerdo (que se corresponden con las letras j) y d) del artículo 48 del EBEP):
· Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, durante los días de su celebración.
· Por tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral.
La RLT entiende que un permiso es la concesión de un período de tiempo para dedicarlo a una causa determinada, ajena al trabajo. Por eso vienen definidos por dos conceptos: finalidad y temporalidad.
En el primero de los casos la finalidad es acudir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud (sin ningún adjetivo oficializante más); y durante el los días que duren las pruebas, LOS DÍAS, sin que haya acotación alguna al respecto. Sin embargo la dirección vuelve la vista hacia el convenio, que ya no tiene vigencia, pero tiene una coletilla restrictiva: “por el tiempo necesario”, que pretenden utilizar aquí para “interpretar”. Y a ese ilegítimo argumento se aferran para seguir concediendo los permisos con criterios perjudiciales para los trabajadores.
El segundo caso que se discute produce mayor indignación, porque evidencia más la falta de sensibilidad de la dirección hacia nosotros. El argumento de la RLT va en la misma línea de atender a la literalidad del enunciado, que en este caso consta de dos partes:
· para cumplir un deber inexcusable (finalidad), el tiempo indispensable (temporalidad);
· y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral (finalidad diferente a la anterior) y no establece temporalidad.
De nuevo en esta ocasión, la dirección de la empresa, vuelve a insistir que los deberes inexcusables vienen recogidos en el Estatuto de los trabajadores, y que son suficientemente claros. Le recordamos que el ET habla efectivamente de los deberes inexcusables y no de la conciliación de la vida familiar y laboral, que para ello esta redacción ha recogido una necesidad imperiosa de padres, madres y cuidadores trabajadores de la empresa. Intentamos iniciar una negociación de definir aquellas situaciones que debían considerarse un deber inexcusable relacionado con la conciliación de la vida familiar y laboral, pero la respuesta de la empresa fue esperar a la próxima negociación del convenio colectivo que siendo optimistas podría ser para el año que viene. Esta actitud intransigente provoco de nuevo que no hubiera acuerdo al respecto, pues es impresentable que una Fundación pública no quiera abordar un derecho que le pertenece a los trabajadores en un tema tan sensible como este.
Hemos insistido durante toda la negociación, que el resto de empleados públicos tienen reconocido el ejercicio de este derecho tal y como lo planteamos los RLT, y le instamos a que analicen su postura, pues en inaceptable que no tengamos los mismos derechos que otros empleados públicos del sector publico de la Junta de Andalucía.
Finalizada la reunión de la Comisión paritaria sin ningún acuerdo, gracias a la escasa voluntad de la empresa, pasamos a intentar cerrar el acta de la anterior reunión de 18 de noviembre de 2014, donde se trataron los temas de cambios de turnos y antigüedad del personal eventual o no indefinido.
En referencia a los cambios de turno, se acuerda que los trabajadores y trabajadoras que cambien su turno, serán responsable del turno que se le asigna en el cambio y no el que tendría antes de hacerlo, erradicando así la práctica habitual de la empresa de responsabilizar al trabajador originario del turno, si ocurriese cualquier incidencia.
Sobre el complemento de antigüedad, la RLT plantea a la empresa, que le sea reconocido el derecho a percibir la antigüedad a todo el personal eventual que alcancen el tiempo necesario para cobrarlo, indistintamente del contrato temporal que tenga. Nuestra argumentación se basa en el ET art. 15.6 que dice “los trabajadores con contratos temporales y de duración determinada tendrán los mismos derechos que los trabajadores con contratos de duración indefinida, sin perjuicio de las particularidades especificas de cada una de las modalidades contractuales en materia de extinción del contrato y de aquellas expresamente previstas en la LEY en relación con los contratos formativos, Cuando corresponda en atención a su naturaleza, tales derechos serán reconocidos en las disposiciones legales y reglamentarias y en los convenios colectivos de manera proporcional en función del tiempo trabajado”.
Y en la clausula 4 de Acuerdo marco sobre el trabajo con contrato de duración determinada, anexo directiva 1999/70/CE que establece el principio de no discriminación, según el cual no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada.
Creemos que estas argumentaciones son más que suficientes para que se les reconozca este derecho a los trabajadores eventuales.
La propuesta de la dirección de la empresa es precisamente aumentar la discriminación, distinguiendo entre trabajadores con contratos eventuales concatenados y trabajadores eventuales con contratos de duración determinada que ya superan con creces los tres años de servicio.
Evidentemente la RLT no puede aceptar esta propuesta, pues se reduce este derecho a un grupo muy reducido de trabajadores dejando sin cobertura a la mayoría de los eventuales y evidentemente no se aplica el principio de no discriminación al que hace referencia la directiva anteriormente mencionada.
Ante la imposibilidad de acuerdo, la empresa invita a los trabajadores interponer demandas judiciales para percibir lo que les corresponde por derecho. SIN COMENTARIOS!!!!!
24 julio 2015
Publicada resolución sobre procedimiento de acreditación y evaluación de las competencias profesionales.
Publicada resolución de 23 de julio de 2015, de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas solicitantes seleccionadas, en lista de espera, no seleccionadas y excluidas del procedimiento de acreditación y evaluación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, convocado por la Orden de la Secretaría General de Formación Profesional y Formación Permanente de 8 de abril de 2015.
13 julio 2015
Convenio Colectivo de FAISEM Indexado.
En los últimos días hemos terminado de indexar nuestro Convenio Colectivo y lo hemos completado con enlaces hipertextuales para hacer más fácil la búsqueda de cualquier articulo tanto de forma impresa como de forma digital.
Hemos añadido el archivo al apartado de legislación de la columna lateral de nuestro blog.
Os dejamos también aquí el enlace al mismo por si queréis consultarlo o descargarlo:
Os rogamos que si encontráis cualquier fallo en el archivo nos lo hagáis saber por los medios habituales. Esperamos que os sea de ayuda.
Editado el 11/8/15: Hemos incluido los ocho anexos que figuraban en el boja.
Editado el 11/8/15: Hemos incluido los ocho anexos que figuraban en el boja.
RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES EN FAISEM
Compañeros y compañeras, ya se han presentado en todos los centros de FAISEM la información correspondiente a los resultados de la Evaluación de Riesgos Psicosociales. Los trabajadores que participamos en el Grupo de trabajo ISTAS21, creado para la evaluación la evaluación de riesgos psicosociales en FAISEM, queremos expresar primer lugar nuestro agradecimiento a todo el personal de FAISEM, por el excelente resultado obtenido , con una participación más del 80% de la plantilla y con un porcentaje de respuesta a los cuestionarios del 90,5%. Siendo una muestra representativa de la situación real en FAISEM, en cuanto a estos tipos de factores de riesgos, y ofreciendo garantías más que suficientes de la validez de la información.
No ha sido nada fácil llegar hasta aquí, a lo largo de estos meses los trabajadores que participamos en este Grupo de trabajo hemos tenido muchas dificultades para hacer valer los resultados del informe preliminar, sin que se desvirtúen y se respeten tal como se establece en la metodología empleada, ISTAS21. Después de muchas reuniones se ha conseguido sacar un documento común con la información de los resultados de la evaluación y que se ha publicado en todos los centros de trabajo.
Para entender mejor el informe presentado, donde solo aparecen los datos y los nombres de los factores o dimensiones donde hay un mayor porcentaje de trabajadores y trabajadoras en situación más desfavorable para la salud en FAISEM, hemos creído conveniente comentar los resultados de la evaluación.
Para ello, presentamos al final de esta entrada un anexo con los resultados más detallados con las definiciones de las dimensiones, para obtener así una primera visión de cómo se distribuye la exposición a los riesgos psicosociales en la empresa, mostrando una “foto” de cuál es la situación de exposición a estos factores de riesgos en FAISEM como resultado de la evaluación.
Una vez identificadas las exposiciones a los factores de riesgo, todavía queda mucha tarea por delante, a partir de este momento entramos en una fase de debate en el seno del grupo de trabajo, hay que intervenir a fin de concluir que características de la organización del trabajo están en el origen de las exposiciones y establecer las de medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir esas condiciones de trabajo que la evaluación ha evidenciado que pueden estar afectando negativamente a la salud de los trabajadores y trabajadoras de FAISEM.
La prevención de riesgos psicosociales implica la introducción de cambios en la organización del trabajo, situación que dificulta en gran medida el avance de la evaluación, pero no os quepa la menor duda que ahí estaremos los trabajadores de FAISEM, para exigir nuestros derechos, aportando nuestra experiencia como un valor indispensable. La participación es una necesidad metodológica, los agentes sociales tienen una parte del conocimiento derivado de la experiencia que no es sustituible y que es complementario al técnico, lo dice la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y también es necesaria la implicación activa de los todos los agentes si se pretende una prevención eficaz, pues son quienes tienen capacidad de decisión y acción en la empresa.
Cambiar las condiciones de trabajo es nuestro objetivo último, el reto más importante. Nos hemos metido en el campo de la prevención de riesgos laborales para mejorar las condiciones de trabajo. Estamos cargados de razones a partir de los resultados de la evaluación, pero para decidir a qué vamos, es decir, qué condiciones de trabajo propondremos cambiar en el grupo de trabajo, es igual de fundamental vuestro conocimiento de la realidad de las condiciones de trabajo en FAISEM para así mejorar entre todos y todas esas condiciones de trabajo que nos afectan negativamente.
La prevención es posible, se trata de diseñar una organización del trabajo más saludable, justa y democrática.
La RLT en el Grupo de Trabajo ISTAS21 en FAISEM.
07 mayo 2015
Permisos para las próximas elecciones locales.
El próximo domingo 24 de mayo de 2015 se celebran elecciones locales en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De acuerdo con el Decreto 136/2015, de 28 de abril, los permisos para ejercer el voto para los trabajadores que el mencionado día no sea día de descanso son los siguientes:
Electores y Electoras.
Cuando la jornada laboral de los trabajadores coincida, total o parcialmente, con el horario de apertura de los Colegios Electorales, éste tendrá derecho a permiso retribuido, dentro de su jornada, en los supuestos y en las condiciones siguientes:
a) Si la coincidencia es superior a seis horas, permiso retribuido de cuatro horas.
b) Si la coincidencia es superior a cuatro horas pero no excede de seis horas, permiso retribuido de tres horas.
c) Si la coincidencia es de dos a cuatro horas, permiso retribuido de dos horas.
d) Si la coincidencia es menor de dos horas, no se tendrá derecho a permiso.
Los mismos permisos se deberán otorgar a las personas que emitan el voto por correo, entendiendose las coincidencias horarias con las horas de apertura de las oficinas postales.
Miembros de la Mesa Electoral.
Tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan dicho día de descanso, y a una reducción de cinco horas en su jornada de trabajo del día 25 de mayo de 2015, siempre que justifiquen su actuación como tales.
Si alguna de las personas miembros de Mesa Electoral hubiera de trabajar en turno de noche en la fecha inmediatamente anterior al día de la votación, el responsable de personal del Centro de Trabajo, Servicio o Unidad administrativa en que preste sus servicios vendrá obligado a cambiarle el turno con el fin de que pueda descansar esa noche.
Apoderados y Apoderadas.
Los Apoderados y Apoderadas, si el día de la votación fuera laboral para los mismos, tendrán derecho, asimismo, a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan en tal fecha de descanso.
05 mayo 2015
Publicada la Orden de acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral y formación no formal 2015
El sindicato CCOO ha animado a las personas trabajadoras que cumplan los requisitos exigidos, a presentarse para realizar el procedimiento de acreditar sus competencias adquiridas a través de experiencia laboral y formación, tras la publicación de la Orden que regula este tema. CCOO ha insistido en la importancia de obtener sus correspondientes acreditaciones y ha aclarado que "para superar con éxito este procedimiento es de suma importancia estar bien informados". El plazo para presentar la documentación comienza el martes 28 de abril y se extenderá hasta 15 de mayo.
Tras publicarse la Orden para la acreditación de competencias adquiridas a través de la experiencia laboral y la formación no formal, CCOO ha hecho un llamamiento a las personas que reúnan los requisitos a realizar el proceso para acreditar sus competencias "debido a la importancia que tiene para que los trabajadores y trabajadoras que puedan obtener una acreditación oficial -Certificado de Profesionalidad o Título de Formación Profesional- de las cualificaciones ofertadas para así mejorar su situación laboral y conservar su empleo".
En este sentido el sindicato ha explicado que "para superar con éxito este procedimiento es de suma importancia estar bien informados" y ha recordado que CCOO ha llevado a cabo una campaña informativa de asambleas en Andalucía para los trabajadores y trabajadoras".
El plazo para presentar las solicitudes es del 28 de abril al 15 de mayo y la organización sindical ha añadido que "en esta convocatoria vamos a contar con el asesoramiento de la junta de Andalucía a través del Instituto Andaluz de Cualificaciones y el Servicio Andaluz de Empleo"
Desde CCOO recomendamos que para presentar la solicitud se haga a través de la oficina virtual de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. Si el trámite se realiza sin certificado digital es necesario imprimir la solicitud para presentarla físicamente en la delegación provincial correspondiente de la Consejería.
Requisitos para presentarse al procedimiento
a) Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel I y 20 años para los niveles II y III.
b) Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales objeto de la convocatoria que se quieren acreditar, en los últimos 10 años:
1º. En el caso de experiencia laboral. Para las unidades de competencias de nivel I, se requerirán 2 años de experiencia profesional con un mínimo de 1.200 horas trabajadas. Para las unidades de competencia de nivel II y III, justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas.
2º. En el caso de formación relacionada con las competencias profesionales. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán al menos 200 horas. Para las unidades de competencia de nivel II y III, justificar, al menos 300 horas.Principio del formulario
De igual forma, CCOO ha informado que en convocatoria se convocan 5.300 plazas de las siguientes cualificaciones:
Nivel I
Operaciones básicas de pisos en alojamientos. Nivel 1(100 plazas)
Nivel II
Actividades de Gestión Administrativa. Nivel 2 (200 plazas)
Actividades de venta. Nivel 2 (200 plazas)
Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión. Nivel 2 (200 plazas)
Cocina. Nivel 2 (250 plazas)
Confección y publicación de páginas Web. Nivel 2 (200 plazas)
Montaje y reparación de sistemas microinformáticos. Nivel 2 (100 plazas)
Operaciones Portuarias de Carga, Estiba, descarga, Desestiba y Transbordo. Nivel 2 (150 plazas)
Transporte sanitario. Nivel 2 (100 plazas)
Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes. Nivel 2 (100 plazas)
Extinción de incendios y salvamento. Nivel 2 (150 plazas)
Prevención de incendios y mantenimiento. Nivel 2 (150 plazas)
Atención sociosanitaria a personas en el domicilio. Nivel 2 (1.600 plazas)
Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales. Nivel 2 (800 plazas)
Nivel III
Acondicionamiento físico en sala de entrenamiento polivalente. Nivel 3 (50 plazas)
Asistencia Documental y de Gestión en Despachos y Oficinas. Nivel 3 (300 plazas)
Comercialización y Administración de Productos y Servicios Financieros. Nivel 3 (150 plazas)
Análisis Químico. Nivel 3 (100 plazas)
Atención al Alumnado con necesidades educativas Especiales (ACNEE) en Centros Educativos. Nivel 3 (300 plazas)
Prestación de Servicios Bibliotecarios. Nivel 3 (100 plazas)
Enlaces: Andalucía Acredita.
16 marzo 2015
Susana, me la debes y lo sabes. ¡Paga la paga ya!
Os convocamos a todos a la gran manifestación, concentración y entrega de firmas de la campaña "SUSANA, ME LA DEBES Y LO SABES", partiremos desde la Plaza del Duque el día 19, jueves, a las 10,30 horas: Un cortejo de cobradores del frac detrás de Susana Díaz para reclamarle la devolución de la paga extraordinaria que se nos robó en 2012. Es importante acudir al acto vestidos de negro, y a ser posible con maletín negro. Tenemos que demostrar lo indignados que estamos con respecto a todo lo que nos han robado y esperamos vuestra participación en este acto aprovechando la importancia que de la fecha para las próximas elecciones.
Más sobre la campaña: Susana, me la debes y lo sabes. ¡Paga la paga ya!
25 febrero 2015
Doce días menos de descanso.
Otro año en el que los monitores residenciales de FAISEM tendrán doce días menos de descanso al año porque nuestros "responsables" interpretan las leyes de la forma más lesiva posible para los trabajadores.
¿Cuándo van a dejar de conculcar los dirigentes de FAISEM los derechos de sus trabajadores?
Como nos tememos que nuestros superiores no nos entiendan, porque parece que no entienden nada de lo que decimos los trabajadores, vamos a contarles una cosa:
Conculcar, señores de arriba, es lo mismo que vulnerar, infringir, quebrantar, violar, trasgredir, atropellar, escarnecer, pisotear, hollar, pisar o contravenir. Y según el diccionario de la RAE significa, en su acepción segunda, "quebrantar una ley, obligación o principio". Pero llámenlo como quieran, porque aunque no lo reconozcan ustedes, aunque no lo expresen de ninguna manera, aunque sigan riéndose de nosotros mientras lean esto, todo eso es lo que están haciendo sin pensar en que los números y letras esos que salen en los cuadraditos de sus papeles representan a personas con una vida no tan distinta a la de ustedes, de no ser, eso sí, porque los que estamos por debajo de ustedes tenemos menos tiempo para disfrutarla, además de muchas menos retribuciones. Del nulo reconocimiento que hacen ustedes de nuestra labor... mejor ni hablemos.
Compañeros: Que no se nos olvide el sacrificio que estamos haciendo nosotros día a día por culpa de la mala praxis de otros que nos hacen trabajar más y en peores condiciones a cambio de mucho menos. Quizás nos venga bien a la hora de tomar decisiones y actuar en consecuencia.
Conculcar, señores de arriba, es lo mismo que vulnerar, infringir, quebrantar, violar, trasgredir, atropellar, escarnecer, pisotear, hollar, pisar o contravenir. Y según el diccionario de la RAE significa, en su acepción segunda, "quebrantar una ley, obligación o principio". Pero llámenlo como quieran, porque aunque no lo reconozcan ustedes, aunque no lo expresen de ninguna manera, aunque sigan riéndose de nosotros mientras lean esto, todo eso es lo que están haciendo sin pensar en que los números y letras esos que salen en los cuadraditos de sus papeles representan a personas con una vida no tan distinta a la de ustedes, de no ser, eso sí, porque los que estamos por debajo de ustedes tenemos menos tiempo para disfrutarla, además de muchas menos retribuciones. Del nulo reconocimiento que hacen ustedes de nuestra labor... mejor ni hablemos.
Compañeros: Que no se nos olvide el sacrificio que estamos haciendo nosotros día a día por culpa de la mala praxis de otros que nos hacen trabajar más y en peores condiciones a cambio de mucho menos. Quizás nos venga bien a la hora de tomar decisiones y actuar en consecuencia.
16 febrero 2015
11 febrero 2015
En marzo está prevista la convocatoria del Procedimiento de Evaluación de Competencias Profesionales, anuncia CCOO.
Según la información que maneja la FSS-CCOO Andalucía, se prevé que en marzo la Consejería de Educación ponga en marcha un nuevo Procedimiento de Evaluación para el reconocimiento y acreditación de Competencias Profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y de aprendizajes no formales, cuyo fin es obtener la correspondiente acreditación oficial.
Además, esta organización sindical adelanta que, del número total de plazas de la convocatoria (5.300), las relacionadas con nuestro trabajo en FAISEM son las siguientes:
-Atención Sociosanitaria a personas en el domicilio: 1.600 plazas.
-Atención Sociosanitaria a personas dependientes en Instituciones Sociales: 800 plazas.
11 diciembre 2014
Certificados de Acreditación y Profesionalidad.
Os recordamos que, si bien la Junta de Andalucía está entregando los Certificados de Profesionalidad a las personas que superaron el procedimiento en 2013 sin necesidad de ninguna gestión ni solicitud, las personas que superasen el procedimiento de acreditaciones en el año 2011 deben en primer lugar recoger el Certificado de las Acreditaciones de ese año para después, con éste, cumplimentar la solicitud del Certificado de Profesionalidad, que tardará un tiempo en estar disponible. Estas gestiones pueden hacerse en persona en la Consejería de Educación o a través de los correspondientes portales de Internet.
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