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25 marzo 2011

Embarazo.

Nos envía la compañera Lucía, de Jaén, un correo en el que nos expone lo siguiente:

Tengo una sugerencia, os pido que desde el comité de Sevilla y desde vuestro blog, si podríais hacer un post monográfico sobre el embarazo, puesto que es un tema que genera mucha confusión y así nos enteramos todos de nuestros derechos y obligaciones.

Creo que es un tema que afecta a una gran proporción de trabajadoras, somos muchas las trabajadoras en edad de procrear o de ser padres, y por lo tanto podría ser interesante de tratar.

Podríamos hablar desde el protocolo oficial, de los riesgos reales y no reconocidos, de como se actúa en cada provincia, de las trabas que se ponen por parte de la empresa y mutua,...

Hay muchas cosas que no entiendo, si se reconoce un riesgo desde 1ª hora, ¿por qué la trabajadora sigue en el mismo puesto, sin ser adaptado, hasta las 20 semanas o más. ¿Por qué se obliga a la trabajadora a cogerse las vacaciones, si la ley respalda la opción de disfrutarlas después de la baja maternal? ¿Por qué aun obligando a la trabajadora a seguir en su puesto, no existe un sitio donde pueda descansar? ¿Por que aun reconociéndose los mismos riesgos en la lactancia, no se tramita de la misma forma? Y son muchas y muchas cuestiones más.

Os propongo hacer una pregunta abierta, a ver que problemas han tenido las embarazadas recientes y como se esta actuando en cada provincia y según el puesto.

Respecto a la consulta sobre aplazar las vacaciones para el año siguiente, yo tb tuve esta consulta por parte de una trabajadora y la empresa le contesto que eso no podía hacerse, pero según la normativa SI le corresponde:

 - Ley de igualdad efectiva en mujeres y hombres, art 59:

"Sin perjuicio de las mejoras que pudieran derivarse de acuerdos suscritos entre la Administración General del Estado o los organismos públicos vinculados o dependientes de ella con la representación de los empleados y empleadas al servicio de la Administración Pública, cuando el periodo de vacaciones coincida con una incapacidad temporal derivada del embarazo, parto o lactancia natural, o con el permiso de maternidad, o con su ampliación por lactancia, la empleada pública tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta, aunque haya terminado el año natural al que correspondan. Gozarán de este mismo derecho quienes estén disfrutando de permiso de paternidad."

- Estatuto de los trabajadores, párrafo segundo al apartado 3 del artículo 38:

«Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 de esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.»

Lucia Bailen
Delegada CCOO
Comité Empresa Jaén
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31 diciembre 2010

Lamentable situación.

Nos pide la compañera Candela, de Jaén, que publiquemos aquí un escrito en el que nos da a conocer una desagradable situación que está teniendo lugar en su provincia. Esta situación no es nueva y nos afecta a todos de un modo u otro. El texto en cuestión es el que sigue:

"Cuidado porque nuestro trabajo diario, para nuestros superiores, pende de un hilo sujeto por dos extremos muy sensibles. Para ellos los extremos son:

1. El del trabajo bien hecho, es el que se hace en condiciones mínimas de todo, mal remunerado pero con una gran dosis de “buena voluntad”

2. Y otro extremo donde el trabajo ajustado a la legalidad esta considerado como dejadez en las funciones y un incumplimiento de los protocolos de trabajo establecidos.

A esta conclusión tan injusta y desesperante se llega tras observar los acontecimientos que suceden cuando en un recurso se producen los siguientes hechos:

Durante el cambio de turno de la tarde-noche y tras salir tres monitores y entrar los dos que están habitualmente de turno de noche, es al momento de marcharse los salientes cuando en el recurso se recibe una llamada de uno de los monitores que se habían marchado, alertando de que por una autovía cercana, muy transitada y oscura estaba deambulando una usuaria particularmente especial de este recurso.

En un evidente exceso de celo en su trabajo uno de los monitores monta en su coche propio y sale rápidamente en su busca, siendo consciente del grave peligro al que esta usuaria estaba expuesta y considerando que la prioridad en ese momento era la seguridad de esta persona. Tras montarla en el coche, vuelve con ella al recurso, ya que allí había quedado tan solo un monitor para atender a los otros 19 usuarios que allí había y sobre todo teniendo en cuenta que dos de ellos estaban alterando el orden habitual de la vivienda (y así consta en el parte de incidencias y los registros correspondientes) estos monitores deciden llamar al responsable de unidad para poder llevar a la usuaria que se había “escapado” al servicio de urgencias de psiquiatría para ser valorada.

La responsable se persona en el recurso, expresando su malestar por este motivo, siendo uno de los monitores de turno el que se desplaza al hospital con la usuaria y quedándose hasta su vuelta en la vivienda el otro monitor y la responsable. La usuaria queda ingresada en la unidad de psiquiatría y la responsable se marcha.

Estos hechos acontecen un viernes noche y es el lunes cuando nada más regresar la responsable a su trabajo, advierte a uno de estos monitores que averiguara con la dirección si su modo de proceder en ese turno es correcto o no y si esto puede tener algún tipo de consecuencias para ellos.

Pasados unos días se les comunica a los dos trabajadores que están citados en el recurso (fuera de turno) con la responsable de programas y la propia responsable de unidad. Estos trabajadores se ponen en contacto con miembros del comité de empresa para conocer su opinión y saber si pueden contar con ellos para ser acompañados por éstos en esa reunión a las que se les convoca de forma oral y sin ningún conocimiento del motivo de esta reunión extraordinaria. A la hora a la que se les cita acudimos miembros del comité y los trabajadores citados, encontrándonos que la responsable de programas se opone a mantener ningún tipo de reunión si van a estar presentes los miembros del comité, por lo que tras consultar con los trabajadores, se deciden a que no se celebre tal y como opina la responsable de programas si mantienen su exigencia de estar acompañados por el comité, despidiéndose la responsable de programas con la advertencia de que ya serian citados por la delegada.

Pasados unos diez días y estando uno de estos trabajadores trabajando en turno de mañana, se le informa a las 8: 30 h. de que esta citado a las 11:30 h. de esa misma mañana en el despacho de la delegada y se le muestra una convocatoria por escrito para esta reunión en la que no se refleja el motivo de esta citación.

Nuevamente el trabajador pide al comité de empresa que le acompañe y esté presente en esta reunión, haciéndose así. Cuando nos personamos en el lugar de la reunión, la delegada se niega rotundamente a que los miembros del comité estemos presentes aludiendo que “es su despacho”, que ella es la delegada y por tanto quien decide bajo que condiciones se celebrara lo que ella considera una reunión de trabajo e insistiendo en que en nuestra presencia no se celebrara reunión alguna y que en ese caso se podría abrir expediente disciplinario al trabajador, por desobedecer a un superior, cosa que en ningún momento se había producido ya que el trabajador acudió a la cita a la hora indicada y en el lugar previsto, tan solo atendía a su derecho a estar acompañado por sus representantes sindicales, como encargados de vigilar por el cumplimiento de las normas laborales y a participar en toda cuestión o conflicto que afecte a un trabajador tal y como se recoge en el estatuto de los trabajadores y la ley de libertad sindical.

Tras un largo debate e intercambio de opiniones entre los miembros del comité de empresa y la delegada, así como la responsable de programas que se suma a la discusión invitada por la delegada, es el propio trabajador el que decide no estar acompañado por el comité, atendiendo a que la delegada le advierte textualmente: “que se atenga a las consecuencias” mostrándole nuestro convenio colectivo en el apartado de sanciones (mas tarde señala la delegada que el hecho de que el convenio estuviese abierto por ese apartado era fruto de la casualidad). Es por ello que advertimos a la delegada que consideramos que ella esta empleando un tono amenazante y coercitivo sobre el trabajador, con el objeto de hacerle desistir de su derecho a estar acompañado del comité de empresa, como finalmente sucede.

Informamos a la delegada mediante escrito, que está obligada a comunicarnos posteriormente e igualmente por escrito, del motivo que origina la reunión extraordinaria con el trabajador y los motivos por los que no admite la presencia del comité en la reunión, negándole este derecho al trabajador.

El resultado de la reunión, tal y como sospechábamos todos, era amonestar a los trabajadores por el modo de proceder de esa noche, cosa que a día de hoy este comité de empresa continua sin conocer los detalles por los cuales los trabajadores eran susceptibles de una amonestación y advertir que está terminantemente prohibido subir a los usuarios a nuestros coches particulares. Finalizada la reunión la delegada se permite decir al trabajador que “agradezca que no se le aplicara ninguna sanción por convocar al comité de empresa a esa reunión”

Esta reunión se produce el día 29 de diciembre, pero aun quedaba la reunión con el otro trabajador al que se le cito el día 31 de diciembre por estar de turno de mañana en su cuadrante, sin que la responsable de unidad informara de que este trabajador tenia hecho un cambio de turno autorizado por ella misma naturalmente. 

Es el propio trabajador el que contacta con la delegada para informarla de esta circunstancia recibiendo como respuesta que “ese es su problema, por lo que la asistencia a la reunión (que se adelanta al día 30 que está de descanso ya que es imposible que pueda asistir el trabajador el día 31 por la mañana ya que tenia asuntos que atender y de ahí el cambio de turno) se considera voluntaria y no es susceptible de compensación horaria”

Después de este relato de los hechos espero que entendáis mi preocupación por la consideración que se tiene con nuestro trabajo, en como se pone en duda la capacidad de los trabajadores para evaluar las necesidades de un recurso y la situación de desprotección en la que nos encontramos cuando la empresa sin alegar motivo alguno, cuestiona nuestra labor que dicho sea de paso ejercemos en la mayoría de ocasiones en condiciones penosas para trabajadores y usuarios."

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29 junio 2010

BUENOS USOS, BUENOS RESULTADOS

Amigos de Jaén, y en general todos aquellos que pensais que este blog es el vehículo para dirimir vuestras diferencias:
Cuando decidimos crear este blog abriendo la puerta al grito y a la queja lo hicimos para darnos la oportunidad a los trabajadores de denunciar públicamente aquellas irregularidades y desmanes que, de forma más o menos velada, la dirección cometía con sus trabajadores. En ningún momento se nos ha pasado por la cabeza el convertir estas páginas en un foro de intercambio de insultos, acusaciones y desacreditaciones, normalmente desde el anonimato y casi siempre sin el sustento de los hechos probados. Por eso algunos de los que nos enviais correos con aguijón y dardo, de unos a otros, esperando que seamos nosotros los mediadores en vuestros desencuentros, os sentireis un tanto frustrados. No publicamos esos desencuentros.
No es la primera vez, ni tristemente será la última, en la que os invitamos a que aprovecheis esta herramienta para comunicaros, hacer llegar vuestras experiencias, las sugerencias de mejora; las quejas y demandas por un trabajo que no mejora sus condiciones desde hace años....
Hay muchos frentes que requieren nuestra atención. Uno de ellos, es verdad, son los procesos de selección, que parece ser que en muchas provincias no satisfacen a la mayoría. Y hay más: seguimos siendo personal no cualificado; no recibimos la formación adecuada; no hay establecidos modelos de intervención basados en criterios de integración y rehabilitación ( no, el plan de calidad no es suficiente, es una declarqación de intenciones que casi nunca se cumple); no tenemos equiparación salarial con colectivos que desarrollan funciones y tareas semejantes, pero en mejores condiciones; no disfrutamos de las ventajas del personal de la Junta aunque trabajamos para ella; nos quieren aplicar descuentos salariales que son decretados para funcionarios, pero sin reconocernos los mismos derechos que a ellos...... Y un largo etcétera que podeis ir completando.
Nosotros, si nos hemos de despellejar, lo hacemos cara a cara, en "petit comité" y teniendo siempre como colofón unos caldos conciliadores. Y aquí, en este foro público creado para que los trabajadores nos entendamos, mejor reclamarle a quien nos deba, no a quien con empeño, aunque no siempre sea con acierto, intenta mejorar nuestras condiciones. Exijámosles a nuestros representantes que atiendan nuestras demandas y peleen por nuestros derechos. Pero reconozcámosles el esfuerzo que ese intento supone. Y recordemos que, si no estamos de acuerdo con su labor podemos apelar a la crítica y, por supuesto, tomar el relevo y dedicarnos a mejorar la labor de los criticados. Todos somos representados, todos podemos ser representantes.
Aprovechemos la oportunidad, aun estamos a tiempo. Demosle un buen uso a este blog y estamos seguros que podremos recoger buenos resultados.
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21 julio 2009

Las Elecciones al Comité de Empresa de Jaén dan la mayoría a CCOO.


El día 20 de Julio se celebraron en Jaén las elecciones sindicales de la que resultaron elegidos los cinco miembros de su Comité de Empresa. De un total de 74 electores acudieron a las urnas 52 trabajadores, lo que supone una participación del 70,3%.

Los resultados son los que siguen:
CCOO: Con 36 votos suman 4 delegados.
UGT: Con 15 votos suman 1 delegado.

Felicitamos por tanto a nuestros compañeros de Jaén por seguir manteniendo la alta participación que se viene produciendo en todas las provincias así como a todos los nuevos delegados.

Agradecemos de nuevo la confianza depositada en nuestros compañeros de CCOO, de los que estamos seguros no cejarán en el empeño de defender los derechos de todos los trabajadores de FAISEM.
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