Punto de encuentro para los trabajadores de FAISEM.

Alertas FAISEM

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29 abril 2019

23 marzo 2016

PROCESOS DE SELECCIÓN EN CÁDIZ

Se han convocado en la provincia de Cádiz tres procesos para seleccionar personal en distintos puestos y categorías:

1.       Para movimiento interno de las plazas vacantes de  monitores.      Os recordamos que aquellos trabajadores que participen en la misma categoría, solo tendrán que presentar la documentación y el autobaremo. Aquellos que participen  como promoción están sujetos a los requisitos de la convocatoria.
·        Fecha de la convocatoria: 23 de Marzo de 2.016
·        Fecha finalización plazo de solicitudes: 04 de Abril de 2.016
·        Categoría profesional: Monitor/a residencial
·        Referencia: CI-CA-02-16.

2.      Convocatoria interna para la cobertura de los dos puestos de responsables, la nea y constitución y pisos. Hay que indicar en la solicitud la plaza para a la que se aspira.
·        Fecha de la convocatoria: 23 de Marzo de 2.016
·        Fecha finalización plazo de solicitudes: 07 de Abril de 2.0I 6
·        Categoría: responsable de unidad o subprograma
·        Referencia: CA-CA-O 1-16

3.      Convocatoria abierta para cobertura eventual de responsables. Se han publicado los temarios y lugar de entrega de las solicitudes.
·        Fecha de la convocatoria:23 de Marzo de 2.016
·        Fecha finalización plazo de solicitudes: 04 de Abril de 2.016
·        Puesto: Responsable de Unidad

·        Referencia: CI-CA-03-16

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10 febrero 2016

PROCESO DE SELECCIÓN: LEER ANTES DE QUEMAR

El 26 de junio del 2015 se convocó proceso de selección para la cobertura de puestos de trabajo con carácter temporal en FAISEM, en la provincia de Sevilla.

Hasta el día 22 de enero la representación legal de los trabajadores (RLT) no ha podido acceder a la documentación del proceso. No ha tenido acceso a la misma en todo el proceso y, una vez finalizado, la delegada provincial (que ejerce de presidenta de la comisión), ha favorecido el retraso de la revisión al imponer que tengamos que realizarla coincidiendo y bajo la supervisión de la comisión de selección.

En el encuentro del día 22 de enero solicitamos aclaración sobre algunos pormenores del proceso:
  • Temario: La RLT considera excesivo e inadecuado el temario exigido para la cobertura de plazas de carácter temporal. La dirección, por su parte, considera que debe ser el mismo para personal de estructura que para contratación temporal por el incremento de esta última en Andalucía, lo que hace que se acumulen contratos temporales durante mucho tiempo, sobre todo en “períodos calientes”, sin que se hayan establecido criterios de selección; y porque es el temario adecuado a la formación que se imparte.
  • Entrevistas: La RLT solicita información sobre los criterios para la elaboración de la entrevistas. La dirección responde que se han diseñado para detectar en 20/25 minutos los conocimientos, habilidades y aptitudes de cada aspirante. Lógicamente con rotación de preguntas para evitar comunicaciones.
  • Entrevistadores:  La dirección, en respuesta a la RLT al respecto de los criterios seguidos para elegir los entrevistadores, comunica que se ha elegido, de entre los responsables de unidad, a las personas a las que no les supusiese trastorno de desplazamiento; que no dejasen el recurso sin atención; que quisiesen y pudiesen.
  • Regulación de la contratación: La dirección remite a la negociación incipiente sobre la bolsa de contratación y comenta que mientras ésta no termine se seguirá actuando como hasta ahora, sin aclarar cuáles sean los criterios a seguir.
  • Resolución 28 de julio sobre acreditaciones profesionales: La RLT solicita información sobre la repercusión de dicha resolución en los resultados del proceso y en las personas que resulten seleccionadas, sin que la dirección sepa darnos una respuesta clara.
  • Establecimiento de la nota de corte en la prueba teórica. La RLT expresa su desacuerdo con el establecimiento de una nota de corte que no venía recogida en la convocatoria. La dirección argumenta que se comunicó a todo el mundo el mismo día de la prueba, antes del comienzo de la misma.
El mismo día 22 la RLT ha podido revisar unos 60/70 autobaremos, detectando varios errores en las puntuaciones que en ellos se reflejan: errores en las puntuaciones totales (por exceso y por defecto); inadecuada consideración de titulaciones, con la correspondiente repercusión en su valoración; no se tienen en cuenta las vacaciones retribuidas no disfrutadas como tiempo de trabajo; etc…. A lo largo del proceso la RLT no ha tenido conocimiento del desarrollo de las pruebas, ni ha estado presente en entrevistas ni en la fase de corrección de la prueba teórica. No ha sido hasta este día 22 de enero cuando se nos ha facilitado el acceso a los resultados de cada una de las fases del proceso.

De todo lo que antecede, para la RLT se derivan las siguientes consecuencias:
  • La RLT reconoce que, al comienzo del proceso, y puesto que no se atendió a su propuesta de que el único elemento a valorar fuesen los méritos, propuso que el temario exigido fuese el mismo que en el resto de las provincias, para no crear agravios comparativos.  Aunque sigue considerándolo excesivo.  Y no puede compartir con la dirección que el temario es el adecuado a la formación que se imparte, cuando la ausencia de formación adecuada viene siendo, precisamente, una de las reclamaciones más insistentes a la dirección de FAISEM sin que hayan sido atendidas en los últimos diez años. Por tanto, la RLT no puede avalar esta fase del proceso selectivo pues no se ajusta a ningún contenido formativo estandarizado.
  • Si las entrevistas se han diseñado, como nos dicen, para detectar en 20/25 minutos los conocimientos, habilidades y aptitudes de cada aspirante, debemos entender que van en consonancia con el mapa de competencias que, también desde hace varios años, se nos viene diciendo que está prácticamente finalizado, sin que hasta la fecha tengamos ninguna referencia del mismo. Además no hemos tenido presencia alguna en las entrevistas. Cada una de estas razones por separado son suficientes para que la RLT no avale esta fase del proceso.
  • Respecto a los criterios ofrecidos por la dirección para seleccionar a los entrevistadores (comodidad en el desplazamiento, la atención al recurso del que es responsable, voluntad y posibilidad de dedicar tres días a entrevistas) no nos parecen criterios idóneos para la selección de las personas entrevistadoras. Por tanto, tampoco tenemos garantías de ecuanimidad suficientes, que redundan en nuestra falta de aval a esta fase del proceso.
  • La ausencia de una adecuada regulación de la posible bolsa de contratación resultante no garantiza su correcto funcionamiento tras la resolución del proceso. No podemos dar nuestro apoyo a un proceso  que no ofrece esas garantías. La remisión de la dirección a la negociación sobre la bolsa de contratación, que la propia gerencia viene retrasando desde hace años, no es un aliciente para modificar nuestra postura al respecto.
  • La dirección no ha sabido dar garantías de que, con la aplicación de la resolución 28 de julio del 2015 sobre acreditaciones profesionales, todas las personas que hubiesen superado este proceso puedan optar a un puesto en FAISEM,. Esta resolución establece que el personal ha de tener los conocimientos y las capacidades que permitan el desempeño de su puesto de trabajo convenientemente acreditados. Y establece que los requisitos de cualificación serán exigibles desde el día 1 de enero de 2016 en el caso de profesionales de nuevo ingreso.
  • La aplicación de una nota de corte para la prueba teórica que no venía especificada en la convocatoria es una irregularidad y no debería haberse aplicado nota de corte alguna en la prueba teórica.
  • La dirección se ha comprometido a la revisión de los errores detectados en la puntuación de los méritos presentados en los autobaremos. Por lo tanto, puede ser conveniente que los participantes revisen sus puntuaciones, por si procediera reclamación.    
Por todo lo anteriormente expuesto la RLT de FAISEM en el proceso de selección SE/CA/01/15 cree que en el mismo no se han dado las condiciones suficientes y necesarias para que podamos garantizar que el mencionado proceso se ha desarrollado de acuerdo a los principios de igualdad, mérito, capacidad y transparencia que deben regirlo. 
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21 octubre 2015

RECLAMACIONES EN FAISEM SEVILLA SOBRE PROCESOS DE SELECCIÓN

El Comité de Empresa de FAISEM en Sevilla, a través de su representante en la comisión de selección del proceso SE/CA/01/15 para elegir personal que cubra, con carácter temporal, incidencias del personal de estructura en la categoría de monitor/a residencial (vacaciones, permisos y licencias) con criterios de igualdad, mérito, capacidad y transparencia, ha hecho llegar las siguientes consideraciones, mediante escrito dirigido a la presidenta de la comisión de selección:

1. En mayo del 2011 la dirección de FAISEM y la RLT firmaron un acuerdo sobre el procedimiento a seguir para la selección de personal en la fundación.

2. El 26 de junio del 2015 se constituyó la comisión de selección de la convocatoria SE/CA/01/14, que se publicó en la misma fecha.

3. El 27 de julio del 2015 finalizó el plazo de solicitudes de inclusión en el proceso.

4. A fecha de hoy el representante de los trabajadores en este proceso no ha tenido conocimiento de los datos de autobaremación de los participantes, tal y como viene recogido en el punto 6 del mencionado acuerdo de mayo de 2011: “El/la representante de los/las trabajadores/as integrante de la Comisión de Selección conocerá los datos de autobaremación de las personas participantes” si bien sí se le ha informado de quiénes sí y quiénes no han sido admitidos al proceso en virtud de los datos aportados en la autobaremación.

5. Con fecha 23 de septiembre se comunicó lugar, fecha y hora para la realización de la prueba teórica, fijándose las mismas para el 30 de septiembre a las 10.00 en el H.U. Virgen del Rocío.

6. Con fecha de hoy, 21 de octubre del 2015, se ha comunicado la relación de personas que han superado la prueba teórica, incorporando el criterio del 60% de aciertos para haber superado dicha prueba.

7. La relación de personas que han superado la prueba no viene acompañada de la cuantificación de los resultados, que permitiría tener constancia del orden de mérito obtenido en la prueba.

8. Por otra parte, esa cuantificación del 60% de acierto para la superación de la prueba teórica no se ha discutido ni pactado en el seno dela comisión de selección, ni figura en la convocatoria de referencia.

9. La convocatoria establece que la prueba teórico-práctica será excluyente (valoración máxima 30%), pero no indica nota de corte alguna, por lo que el único criterio válido para la exclusión ha de ser el de la no presencia en la misma (o entrega de cuestionario sin respuesta).

Entendemos por tanto que

• debe producirse la correspondiente rectificación y proceder a la correcta publicación del listado de personas que han superado la prueba, que debe incluir a todas aquellas que en su día se presentaron a la misma y contestaron al cuestionario que se les presentó.

• Deberán publicarse los resultados numéricos de la mencionada prueba.

• Y deben hacerse llegar a la representación de los trabajadores, a través de la comisión de selección, los datos de la autobaremación de las personas Participantes en el proceso.

Por todo ello solicita la pronta reunión de la comisión de selección constituida para el seguimiento del proceso SE/CA/01/15  a fin de recibir la información que corresponda y poder aclarar estos aspectos que la RLT plantea.


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29 septiembre 2015

SOBRE ASISTENCIA A PRUEBAS DE SELECCIÓN



EBEP actualizado el 12 de septiembre del 2015
Artículo 48 Permisos de los funcionarios públicos
Los funcionarios públicos tendrán los siguientes permisos:
  • d) Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, durante los días de su celebración.
No hay restricción a unas horas, (las que dure el examen, las necesarias, las indispensables.. ). Dice “durante los días de su celebración” con lo cual para acudir a las pruebas de selección que la propia FAISEM promueve no parece legítimo obligar a la gente a incorporarse a su puesto de trabajo, disponer de tiempo para asistir a las pruebas y tenerse que incorporar al finalizarlas. No es legítimo e impide que estas personas estén en igualdad de condiciones con el resto de aspirantes.
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24 septiembre 2015

PRUEBA TEÓRICO-PRÁCTICA SE/CA/01/15




En relación al proceso de selección de la Convocatoria abierta Ref: SEVILLA/CA/01/15 para cubrir puestos de trabajo en FAISEM con carácter temporal, la delegación provincial de FAISEM en Sevilla ha publicado el lugar, fecha y hora de realización de la prueba teórico-práctica, que se realizará en el Aula Magna del Edificio de Gobierno del Hospital Universitario Virgen del Rocío, sito en Avda Manuel Siurot s/n, 41013 Sevilla, el día 30 de Septiembre de 2015 a las 10:00 horas. 

Las personas candidatas deben aportar documento identificativo.


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