Punto de encuentro para los trabajadores de FAISEM.

Alertas FAISEM

12 septiembre 2015

RECLAMACIONES A LA GERENCIA



Se han hecho llegar a la gerencia sendos escritos reclamando:
- en uno la intervención del gerente ante los patronos / Junta de Andalucía para que defienda y reivindique el papel de las personas que trabajamos en esta fundación, a fin de que recuperemos todos los derechos suspendidos durante la crisis. Esta petición reitera la que ya hiciera el 30 de julio la federación de sanidad de CCOO (a instancias de algunos delegados de CCOO) aunque lamentablemente no haya habido de momento respuesta. Dicha reclamación fue oportunamente publicada en este blog.

- en el otro reclamamos la compensación de los dos festivos que esta año han caído en sábado (28 de febrero y 15 de agosto) para el personal con turno regular de lunes a viernes, que al no disfrutar esos días generará un cómputo anual de 15 horas más de lo debido. 

Comunicaros también que la dirección quiso convocar a la Comisión de Formación el 8 de septiembre. La reunión no tuvo lugar porque la RLT le comunicó a la dirección que previamente tienen que dar respuesta a lo demandado el 29 de diciembre del 2014 y reiterado el 18 de junio del 2015, en las dos últimas comisiones de formación, sobre la participación de la RLT en la elaboración del mapa de competencias y la adecuación de los planes de formación al mismo y a la consecución de la cualificación profesional correspondiente. No hubo respuesta al respecto en diciembre, ni en junio, ni la ha habido ahora.

En los archivos adjuntos podéis leer los últimos reclamaciones a la gerencia, sobre la paga extra y los festivos en sábado.


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TEXTO DEL ACTA C.E. SEVILLA, SIN ANEXOS

Acta de Reunión
del Comité de Empresa de FAISEM en Sevilla.

Lugar de Reunión: Sala S.O.A.E. Fecha: 9//9/15
Hora Inicio: 10:30 Hora finalización: 13:30



Asisten:
Antonio Benito Vargas Reyes (CCOO)
Héctor Acebrón Tolosa (CCOO)
José Manuel Delgado Oropesa (CCOO)
Julia Fernández Moreno (CCOO)
Oscar Díaz Gelo (CCOO)
Santiago Quijano Villareal (CCOO)
Antonio Dorantes Ganfornina (CCOO)


No asisten:
Miguel Ángel Rodríguez (UGT)
María Merchán Rivera (CCOO)
Fco. Javier Méndez Aguilar(UGT)
David Perdiguero (UGT)
Miguel Ángel Pérez  Méndez(CCOO)



Orden del día:
1.-Asuntos pendientes de respuesta desde delegación.
2.-Información sobre la última paritaria.
3.-Situación de los procesos de selección.
4.-Consideración de los días 24 y 31 de diciembre como inhábiles.
5.-Expectativas de mejora en FAISEM tras el acuerdo establecido para el sector público andaluz.


ACUERDOS Y DELIBERACIONES:

1.- Asuntos pendientes de respuesta desde delegación.
En cumplimiento de lo dispuesto por la  ITSS con fecha 1 de julio del 2015, este comité de empresa volvió a reclamar a la delegación provincial de FAISEM en Sevilla información sobre los cuadrantes del personal de servicio centrales, la aplicación de la reducción de jornada al personal eventual, plazas en plantilla, número de vacantes por cubrir y centros afectados (se viene demandando desde febrero de este año), expectativas de cobertura, número de contratos temporales, así como la respuesta a su informe sobre cuadrantes 2015, entregado a principios de año. Como la respuesta es una vez más insuficiente e inadecuada, este comité procederá, según indicaciones de la ITSS, a comunicar esta circunstancia a dicha inspección para que proceda reglamentariamente contra la fundación.  Se anexan los documentos mencionados de la ITSS, el C. de E. y respuesta de la delegada. (anexos I, II y III)

2.-Información sobre la última paritaria.
El 30 de julio de este año, tras un mes de insistente demanda por parte de la RLT se reunió la comisión paritaria de seguimiento y control del convenio (el convenio establece un plazo de cinco días para reunirse tras la convocatoria por petición de cualquiera de las partes). En esta reunión se cerró la paritaria sobre la correcta interpretación del artículo 23 (complemento de antigüedad ) que estaba sin resolver desde el 18 de noviembre del 2014. Y posteriormente se abordaron asuntos referentes a permisos y licencias (artículos 41, 42 y 43 del convenio).

Sobre el primer asunto la RLT defiende que se aplique lo recogido en el E.T., artículo 15.6, que establece que "los trabajadores con contratos temporales y de duración determinada tendrán los mismos derechos que los trabajadores con contratos de duración indefinida”. Y que cumpla la dirección la normativa europea de la que emana dicho artículo del E.T., que establece un principio de no discriminación según el cual los criterios de antigüedad relativos a determinadas condiciones de trabajo serán los mismos para los trabajadores con contrato de duración determinada que para los trabajadores fijos.

 La gerencia entiende que el complemento de Antigüedad, aparte de al personal de estructura con tres o más años en la fundación, sólo le correspondería a aquellos trabajadores o trabajadoras que en el último contrato temporal hayan superado los tres años de servicio ininterrumpidos.

Por tanto, no se alcanza acuerdo.

En cuanto al disfrute de permisos y licencias la RLT solicita que se aplique la literalidad de los artículos, sin inclusiones, supresiones ni suposiciones. Pero la dirección entiende que toda  redacción es susceptible de interpretación como cualquier otra norma. Aunque tampoco aporta luz sobre cuál pueda ser la suya. Y como su interpretación no coincide con la de la representación de los trabajadores, no se llega a ningún acuerdo.

Se adjuntan en anexos IV y V las correspondientes actas.


3.-Situación de los procesos de selección.

La convocatoria abierta para cubrir con carácter temporal incidencias del personal de estructura en la categoría de monitor/a residencial (vacaciones, permisos y licencias), con criterios de igualdad, mérito, capacidad y transparencia, que inició su andadura el 26 de junio de este año, está a la espera de localizar un local adecuado donde poder desarrollar las pruebas para las 180 personas que han sido admitidas al proceso.

Por otro lado, y en contra de lo reflejado por la delegada en su respuesta a los trabajadores mencionada en el punto 1 de este acta, no hay convocatoria interna para cubrir las vacantes que haya en este momento en Sevilla y cuyo número y centros afectados desconocemos. En febrero nos habló de siete, en el escrito de referencia de doce y creemos que tras el escrito se haya podido generar alguna vacante más.

4.-Consideración de los días 24 y 31 de diciembre como inhábiles.

Con fecha 27 de agosto la gerencia ha comunicado a la RLT la consideración de los días 24 y 31 de diciembre como inhábiles. A quien teniendo turno rotatorio trabaje en el T/N del día 23 al 24 de diciembre, T/M y T/T del 24 de diciembre, así como el T/N del día 30 al 31 de diciembre y T/M y T/T del 31 de diciembre, se le compensará con un día de descanso. A quienes trabajen de lunes a viernes, si el centro permanece abierto, y trabajen cualquier de los citados días 24 y/o 31, se les compensará igualmente con un día de descanso. Quienes estén de vacaciones la semana del 24 y/o la del 31 de diciembre, y su elección para su disfrute haya sido por días hábiles (22 días al año), dichos días no computarán a los efectos de días hábiles disfrutados. No afectará por tanto al disfrute de vacaciones por días naturales.

Este comité quiere manifestar su relativa satisfacción por la prontitud con que se ha comunicado esta circunstancia, que redunda en beneficio de quienes trabajamos en FAISEM, respecto a años anteriores. No obstante también queremos dejar constancia, y así se lo comunicaremos a la delegada y al gerente, de la conveniencia de esta situación sea consignada a comienzo de año y pueda ser tenida en cuenta por toda la plantilla, sobre todo a la hora d pedir vacaciones en esas fechas. De esa forma quienes decidan pedir sus vacaciones en días naturales sabrán a qué atenerse y no podrán sentirse comparativamente agraviados con el resto de personal.

5.-Expectativas de mejora en FAISEM tras el acuerdo establecido para el sector público andaluz.

El pasado 15 de julio las centrales sindicales CCOO, UGT y CSIF de Andalucía junto con la Consejera de Hacienda y Administración Pública firmaron un acuerdo para la defensa y mejora del empleo público en la administración de la Junta de Andalucía que supone la recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre del 2012.

A instancias de los delegados de la representación de CCOO en este comité de empresa, desde el Área de Negociación Colectiva de la Federación de Sanidad y Sectores Socio-sanitarios de CCOO-Andalucía se hizo llegar el pasado 30 de julio del 2015, una carta al gerente de FAISEM reclamando para los trabajadores de esta fundación las mejoras que el gobierno autonómico ha establecido para el sector público andaluz.
Al no haber obtenido todavía respuesta y dada la importancia y trascendencia que para todos nosotros tiene que se apliquen esas medidas de mejora, este comité reiterará la demanda de atención hacia los trabajadores, en los mismos términos en que se le hizo llegar a través de la carta que le remitió la Federación de Sanidad de CCOO, exigiendo la respuesta adecuada por parte de la gerencia.

Queda convocada la próxima reunión para el 14 de octubre a las 10.30 horas en el local del comité de empresa de Sevilla.


Se cierra la sesión con las firmas del secretario en funciones y el presidente del Comité de Empresa.
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08 septiembre 2015

Candidatura de CCOO para las Elecciones Sindicales de Cádiz. Es posible.


14 de Septiembre. CCOO Cádiz. Es posible.
VOTA CC.OO.

ELECCIONES SINDICALES FAISEM 14 DE SEPTIEMBRE

MESA COORDINADORA:
ALBADALEJO DE 8:00 A 11:00H
FEDERICO RUBIO DE 11:30 A 14:30H
CARTUJA DE 15:00 A 18:00H
SAN MATEO DE 18:30 A 20:00H

MESA ITINERANTE:
LA ESPERANZA DE 8:00 A 11:00H
LOS BARRIOS DE 11:30 A 14:00H
SAN FERNANDO DE 15:30 A 17:00H
CONSTITUCION DE 17:30 A 19:30H
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10 agosto 2015

Valoración de la reunión de la Comisión Paritaria del pasado 30 de Julio.

El 30 de junio del 2015 la RLT comunicó a la representación de la dirección de FAISEM la convocatoria de la comisión paritaria para abordar la correcta interpretación de los artículos del convenio referidos a los permisos. Aunque el convenio establece un plazo de cinco días para la celebración de la reunión tras su convocatoria, la dirección respondió el día 6 de julio que era mejor posponerla a septiembre, por encontrarnos en pleno período vacacional. Tras nuestra reiteración de la convocatoria el 20 de julio, pudimos confirmar la misma para el 30 de julio, fecha en que por fin se ha celebrado la reunión de la mencionada reunión.

También por iniciativa de la RLT se acordó levantar acta de una comisión paritaria previa, de 18 de noviembre del 2014, en la que se trataron dos asuntos, la correcta interpretación del artículo 38.3 sobre permutas del personal (sobre el que se alcanzó acuerdo) y la del 23, complemento de antigüedad, sobre el que en aquella fecha parecía haber visos de acuerdo (por lo que se propuso su concreción por vía telemática) pero que lamentablemente evidenció más distancias de las que un acuerdo requiere.

Se mantuvo en primera instancia la reunión de la paritaria para interpretar los artículos referidos a los permisos y licencias (41, 42 y 43 de nuestro colectivo).

El planteamiento de la RLT es simple y claro al respecto: desde que en marzo del 2013 se suscribiese el acuerdo sobre esta materia (posteriormente ratificado en comisión negociadora entre la dirección y la totalidad de la representación sindical), la norma que regula lasvacaciones, permisos y licencias del personal de FAISEM es la de ese acuerdo, que mejora en algunos aspectos el texto del convenio colectivo. Por tanto, el texto de dicho convenio está obsoleto en esta materia. Hay que recordar que, lamentablemente, este acuerdo no fue fruto de la negociación ni de la generosa y buena voluntad de la dirección, sino que vino impuesto por ley 3/2012 de medidas fiscales, administrativas, laborales y de hacienda pública de la Junta de Andalucía, que remite a los artículos 48, 49 y 50 del EBEP, así como a los permisos así como a los permisos retribuidos adicionales al de parto o adopción y a los permisos sin retribución recogidos en la normativa de función pública de la Junta de Andalucía.

La dirección solicita concreción en los casos para poder pronunciarse al respecto. Pero como la RLT entiende que lo fundamental no es estudiar la casuística sino establecer pautas claras que impidan una mala aplicación de la norma (que se traduce siempre en un perjuicio para los trabajadores). Por eso afirmamos que lo que procede es aplicar la norma “en su íntegra literalidad sin que quepan interpretaciones” y menos cuando son siempre de carácter restrictivo. Y concretamos las situaciones más perjudiciales en los puntos 6 y 9 del epígrafe B) del acuerdo (que se corresponden con las letras j) y d) del artículo 48 del EBEP):

· Para concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud, durante los días de su celebración.

· Por tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral.

La RLT entiende que un permiso es la concesión de un período de tiempo para dedicarlo a una causa determinada, ajena al trabajo. Por eso vienen definidos por dos conceptos: finalidad y temporalidad.

En el primero de los casos la finalidad es acudir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud (sin ningún adjetivo oficializante más); y durante el los días que duren las pruebas, LOS DÍAS, sin que haya acotación alguna al respecto. Sin embargo la dirección vuelve la vista hacia el convenio, que ya no tiene vigencia, pero tiene una coletilla restrictiva: “por el tiempo necesario”, que pretenden utilizar aquí para “interpretar”. Y a ese ilegítimo argumento se aferran para seguir concediendo los permisos con criterios perjudiciales para los trabajadores.

El segundo caso que se discute produce mayor indignación, porque evidencia más la falta de sensibilidad de la dirección hacia nosotros. El argumento de la RLT va en la misma línea de atender a la literalidad del enunciado, que en este caso consta de dos partes:

· para cumplir un deber inexcusable (finalidad), el tiempo indispensable (temporalidad);

· y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral (finalidad diferente a la anterior) y no establece temporalidad.

De nuevo en esta ocasión, la dirección de la empresa, vuelve a insistir que los deberes inexcusables vienen recogidos en el Estatuto de los trabajadores, y que son suficientemente claros. Le recordamos que el ET habla efectivamente de los deberes inexcusables y no de la conciliación de la vida familiar y laboral, que para ello esta redacción ha recogido una necesidad imperiosa de padres, madres y cuidadores trabajadores de la empresa. Intentamos iniciar una negociación de definir aquellas situaciones que debían considerarse un deber inexcusable relacionado con la conciliación de la vida familiar y laboral, pero la respuesta de la empresa fue esperar a la próxima negociación del convenio colectivo que siendo optimistas podría ser para el año que viene. Esta actitud intransigente provoco de nuevo que no hubiera acuerdo al respecto, pues es impresentable que una Fundación pública no quiera abordar un derecho que le pertenece a los trabajadores en un tema tan sensible como este.

Hemos insistido durante toda la negociación, que el resto de empleados públicos tienen reconocido el ejercicio de este derecho tal y como lo planteamos los RLT, y le instamos a que analicen su postura, pues en inaceptable que no tengamos los mismos derechos que otros empleados públicos del sector publico de la Junta de Andalucía.

Finalizada la reunión de la Comisión paritaria sin ningún acuerdo, gracias a la escasa voluntad de la empresa, pasamos a intentar cerrar el acta de la anterior reunión de 18 de noviembre de 2014, donde se trataron los temas de cambios de turnos y antigüedad del personal eventual o no indefinido.

En referencia a los cambios de turno, se acuerda que los trabajadores y trabajadoras que cambien su turno, serán responsable del turno que se le asigna en el cambio y no el que tendría antes de hacerlo, erradicando así la práctica habitual de la empresa de responsabilizar al trabajador originario del turno, si ocurriese cualquier incidencia.

Sobre el complemento de antigüedad, la RLT plantea a la empresa, que le sea reconocido el derecho a percibir la antigüedad a todo el personal eventual que alcancen el tiempo necesario para cobrarlo, indistintamente del contrato temporal que tenga. Nuestra argumentación se basa en el ET art. 15.6 que dice “los trabajadores con contratos temporales y de duración determinada tendrán los mismos derechos que los trabajadores con contratos de duración indefinida, sin perjuicio de las particularidades especificas de cada una de las modalidades contractuales en materia de extinción del contrato y de aquellas expresamente previstas en la LEY en relación con los contratos formativos, Cuando corresponda en atención a su naturaleza, tales derechos serán reconocidos en las disposiciones legales y reglamentarias y en los convenios colectivos de manera proporcional en función del tiempo trabajado”.

Y en la clausula 4 de Acuerdo marco sobre el trabajo con contrato de duración determinada, anexo directiva 1999/70/CE que establece el principio de no discriminación, según el cual no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada.

Creemos que estas argumentaciones son más que suficientes para que se les reconozca este derecho a los trabajadores eventuales.

La propuesta de la dirección de la empresa es precisamente aumentar la discriminación, distinguiendo entre trabajadores con contratos eventuales concatenados y trabajadores eventuales con contratos de duración determinada que ya superan con creces los tres años de servicio.

Evidentemente la RLT no puede aceptar esta propuesta, pues se reduce este derecho a un grupo muy reducido de trabajadores dejando sin cobertura a la mayoría de los eventuales y evidentemente no se aplica el principio de no discriminación al que hace referencia la directiva anteriormente mencionada.

Ante la imposibilidad de acuerdo, la empresa invita a los trabajadores interponer demandas judiciales para percibir lo que les corresponde por derecho. SIN COMENTARIOS!!!!!
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Carta de CC.OO. al Gerente de FAISEM.

Desde el Área de Negociación Colectiva de la Federación de Sanidad y Sectores Socio-sanitarios de CCOO-Andalucía se hizo llegar el pasado 30 de julio del 2015, la siguiente carta al gerente de FAISEM reclamando para los trabajadores las mejoras que el gobierno autonómico ha establecido para el sector público andaluz:

Estimado Señor Alén: 
Como bien sabe, el pasado 15 de julio las centrales sindicales CCOO, UGT y CSIF de Andalucía firmaron, junto con la Consejera de Hacienda y Administración Pública un acuerdo para la defensa y mejora del empleo público en la administración de la Junta de Andalucía.
El mencionado acuerdo reconoce que las medidas adoptadas ante la crisis económica y el consiguiente ajuste presupuestario, supusieron la suspensión de determinados derechos de las empleadas y empleados públicos que afectaron a sus condiciones de trabajo y muy directamente a sus retribuciones. El acuerdo también plantea que el personal del sector público ha visto mermados algunos de sus derechos y condiciones laborales, lo que ha generado en el colectivo de empleados públicos un sentimiento de lesividad, tanto desde el punto de vista económico como profesional, sin que esto haya afectado a su esfuerzo por el mejor desempeño de sus funciones, convirtiéndose así en el motor y el pilar fundamental de la prestación de los servicios públicos. Por ello consideran llegado el momento de reivindicar con fuerza su papel, con el objetivo prioritario de recuperar el clima de satisfacción y motivación, adoptando medidas que contribuyan a la recuperación de los derechos suspendidos durante la crisis económica. 
No cabe duda de que F.A.I.S.E.M. forma parte del sector público andaluz, como normativamente recoge el artículo 1 de la ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, que “regula los principios generales de la organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía”. 
Tampoco cabe duda de que los trabajadores de esta fundación pública se han visto afectados desde el principio de la crisis de los ajustes presupuestarios y de la consiguiente reducción de sus retribuciones, en la misma medida que el resto del personal del sector público andaluz. O probablemente más, pues las condiciones de los trabajadores de F.A.I.S.E.M., desde su creación, vienen siendo menos favorables que las de otros colectivos semejantes del sector público. De ahí el gran esfuerzo que se realizó a través de la negociación colectiva para conseguir unas condiciones laborales y salariales medianamente dignas, aun estando muy por debajo de esos otros colectivos del sector público. Pero, para mayor agravamiento, en junio del año 2010 se les impuso un recorte salarial del 5% de forma arbitraria, al amparo del Decreto-Ley 2/2010, de 28 de mayo, que establecía reducciones al personal del sector público andaluz, excepto el sometido a la legislación laboral. Y, según el artículo 78 de ley 9/2007, de 22 de octubre “el personal al servicio de las fundaciones del sector público andaluz se rige por el Derecho Laboral”. 
Por todo lo antedicho, nosotros también creemos llegado el momento de que desde la gerencia de F.A.I.S.E.M. se defienda y reivindique con fuerza el papel de las personas que trabajan en esta fundación pública, no solamente para recuperar el clima de satisfacción y motivación, gravemente erosionado por las condiciones de trabajo de los últimos cinco años, sino con el objetivo prioritario de recuperar todos los derechos suspendidos durante la crisis económica, incluida la arbitraria reducción salarial del 5% que se efectuó en el año 2010 . 
Estamos a su entera disposición para que, en un plazo razonablemente breve de tiempo, se pueda abrir el correspondiente espacio de diálogo y negociación a fin de que en esta fundación pública: 
1. Se recuperen en la mayor medida posible las detracciones salariales sufridas al margen de la norma en el año 2010; 
2. Se perciba la parte proporcional que en su caso corresponda, en el mismo porcentaje que el que se devolverá para el conjunto del personal funcionario, estatutario y laboral de la Junta de Andalucía, de la paga extra del mes de diciembre de 2012, en aquellos casos que proceda, en la nómina del mes de febrero de 2016;
3. Se recupere el 100% de la jornada y el 100% de las retribuciones del personal eventual el 1 de enero de 2016, como recoge el citado acuerdo para toda la administración de la Junta de Andalucía. 
4. Se adopten los acuerdos que resulten necesarios para mejorar las condiciones de empleo del personal de F.A.I.S.E.M. en cuanto afecta a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, negociando la adaptación de los horarios y jornada laboral a criterios que favorezcan la conciliación de la vida familiar y laboral, sin merma de la prestación de los servicios que nos son propios. 
5. Se reabran los procesos de selección y contratación de personal de estructura, en barbecho desde hace cinco años, a fin de que la calidad del servicio que corresponde a F.A.I.S.E.M. esté garantizada y la situación de sobrecarga laboral del personal se vea aliviada. 
Para que conste a los efectos oportunos se firma el presenta escrito en:
Sevilla, a 30 de julio de 2015.
Fdº: Jesús Cabrera González
Federación Sanidad y Sectores Sociosanitarios CCOO-Andalucía.
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24 julio 2015

Publicada resolución sobre procedimiento de acreditación y evaluación de las competencias profesionales.

Publicada resolución de 23 de julio de 2015, de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente por la que se aprueban las relaciones provisionales de personas solicitantes seleccionadas, en lista de espera, no seleccionadas y excluidas del procedimiento de acreditación y evaluación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, convocado por la Orden de la Secretaría General de Formación Profesional y Formación Permanente de 8 de abril de 2015. 

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13 julio 2015

Convenio Colectivo de FAISEM Indexado.


En los últimos días hemos terminado de indexar nuestro Convenio Colectivo y lo hemos completado con enlaces hipertextuales para hacer más fácil la búsqueda de cualquier articulo tanto de forma impresa como de forma digital.

Hemos añadido el archivo al apartado de legislación de la columna lateral de nuestro blog.

Os dejamos también aquí el enlace al mismo por si queréis consultarlo o descargarlo:


Os rogamos que si encontráis cualquier fallo en el archivo nos lo hagáis saber por los medios habituales. Esperamos que os sea de ayuda.

Editado el 11/8/15: Hemos incluido los ocho anexos que figuraban en el boja.
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RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS PSICOSOCIALES EN FAISEM


Compañeros y compañeras, ya se han presentado en todos los centros de FAISEM la información correspondiente a los resultados de la Evaluación de Riesgos Psicosociales. Los trabajadores que participamos en el Grupo de trabajo ISTAS21, creado para la evaluación la evaluación de riesgos psicosociales en FAISEM, queremos expresar primer lugar nuestro agradecimiento a todo el personal de FAISEM, por el excelente resultado obtenido , con una participación más del 80% de la plantilla y con un porcentaje de respuesta a los cuestionarios del 90,5%. Siendo una muestra representativa de la situación real en FAISEM, en cuanto a estos tipos de factores de riesgos, y ofreciendo garantías más que suficientes de la validez de la información.

No ha sido nada fácil llegar hasta aquí, a lo largo de estos meses los trabajadores que participamos en este Grupo de trabajo hemos tenido muchas dificultades para hacer valer los resultados del informe preliminar, sin que se desvirtúen y se respeten tal como se establece en la metodología empleada, ISTAS21. Después de muchas reuniones se ha conseguido sacar un documento común con la información de los resultados de la evaluación y que se ha publicado en todos los centros de trabajo.
Para entender mejor el informe presentado, donde solo aparecen los datos y los nombres de los factores o dimensiones donde hay un mayor porcentaje de trabajadores y trabajadoras en situación más desfavorable para la salud en FAISEM, hemos creído conveniente comentar los resultados de la evaluación.

Para ello, presentamos al final de esta entrada un anexo con los resultados más detallados con las definiciones de las dimensiones, para obtener así una primera visión de cómo se distribuye la exposición a los riesgos psicosociales en la empresa, mostrando una “foto” de cuál es la situación de exposición a estos factores de riesgos en FAISEM como resultado de la evaluación.

Una vez identificadas las exposiciones a los factores de riesgo, todavía queda mucha tarea por delante, a partir de este momento entramos en una fase de debate en el seno del grupo de trabajo, hay que intervenir a fin de concluir que características de la organización del trabajo están en el origen de las exposiciones y establecer las de medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir esas condiciones de trabajo que la evaluación ha evidenciado que pueden estar afectando negativamente a la salud de los trabajadores y trabajadoras de FAISEM.

La prevención de riesgos psicosociales implica la introducción de cambios en la organización del trabajo, situación que dificulta en gran medida el avance de la evaluación, pero no os quepa la menor duda que ahí estaremos los trabajadores de FAISEM, para exigir nuestros derechos, aportando nuestra experiencia como un valor indispensable. La participación es una necesidad metodológica, los agentes sociales tienen una parte del conocimiento derivado de la experiencia que no es sustituible y que es complementario al técnico, lo dice la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y también es necesaria la implicación activa de los todos los agentes si se pretende una prevención eficaz, pues son quienes tienen capacidad de decisión y acción en la empresa.

Cambiar las condiciones de trabajo es nuestro objetivo último, el reto más importante. Nos hemos metido en el campo de la prevención de riesgos laborales para mejorar las condiciones de trabajo. Estamos cargados de razones a partir de los resultados de la evaluación, pero para decidir a qué vamos, es decir, qué condiciones de trabajo propondremos cambiar en el grupo de trabajo, es igual de fundamental vuestro conocimiento de la realidad de las condiciones de trabajo en FAISEM para así mejorar entre todos y todas esas condiciones de trabajo que nos afectan negativamente.

La prevención es posible, se trata de diseñar una organización del trabajo más saludable, justa y democrática.

La RLT en el Grupo de Trabajo ISTAS21 en FAISEM.


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09 julio 2015

SOBRE PROCESO DE SELECCIÓN EN SEVILLA

A petición del representante de los trabajadores, se ha reunido la comisión de selección del proceso SE/CA/01/15 para tratar las siguientes propuestas de la RLT:
  •  Ampliar el plazo de presentación de solicitudes: se amplia hasta el 20 de julio (antes el 10). La delegada considera oportuna la ampliación del plazo de recepción de solicitudes, para subsanar el posible perjuicio causado por una información errónea
    (desde la delegación se avisó a las personas que en el momento de la convocatoria estaban contratadas para una sustitución temporal que no debían presentarse). Aunque también comenta que esta modificación va a suponer un considerable retraso en el inicio del proceso y, por tanto, tendrán que buscar mecanismos para las sustituciones de vacaciones. 
El RLT opina que esta situación es fruto de la falta de previsión de la delegación, que el 1 de abril, que ya se conocían los cuadrantes de vacaciones, se debía haber comenzado este proceso; y que, si lo que se pretende es la cobertura de todo tipo de incidencias (no sólo las vacaciones del verano 2015) es conveniente dar cabida a cuantas más personas mejor, sobre todo teniendo en cuenta que la información vertida desde la delegación generó confusión y un retraso para la presentación de solicitudes a un gran número de personas. Aunque esto suponga un retraso en el inicio del proceso.

El responsable regional del programa residencial cree que ampliar el plazo, además de necesario por una razón de orden práctico, lo es para garantizar que el proceso se desarrolle, como debe ser, regido por los principios de transparencia, igualdad, mérito y capacidad.También lo ve conveniente para garantizar que de un proceso de estas características quede conformada una lista de sustituciones amplia, que garantice cierta funcionalidad en el tiempo.
Con este nuevo panorama,  todo parece indicar que las pruebas teóricas, (cuya elaboración, comentan, que está muy avanzada) no darán comienzo antes del mes de septiembre.
  •  Incluir  las Incapacidades Temporales en las incidencias a cubrir: tras un breve debate, se llega a la redacción propuesta, que se entiende más aclaratoria y no tan cerrada como la anterior. Queda patente que las personas seleccionadas conformarán una especie de "bolsa" que  sustituirá tods las incidencias que se produzcan en el personal de estructura,siendo las más relevantes, pero no las únicas, las que se enuncian.
  • Especificar los requisitos de la convocatoria: No se considera necesario abundar en más epicificaciones, pues queda suficientemente claro que cualquier persona que esté en posesión de la titulación requerida puede presentarse al proceso selectivo. Por tanto, sólo podrán quedar excluídos del mismo quienes no aporten acreditación de la titulación.
  • Especificar el plazo de vigencia de los resultados de esta convocatoria: La comisión considera que las personas que superen este proceso serán aquellas con las que se contará, respetando el orden de puntuación alcanzado, para la sustitución de todas las incidencias que se produzcan, mientras no soliciten cesar como sustitutos o accedan por los motivos establecidos en convenio a plazas de estructura. Y, en caso de que las incidencias sean superiores a las personas en lista, siempre cabe la posibilidad de convocar un nuevo proceso, con idénticas características que el actual, que complemente esa lista. Las personas que superen este nuevo proceso accederían a la lista en el puesto que les correspondiese por puntuación. También se habla de la posibilidad de que el proceso esté permanentemente "abierto", es decir, que las personas que lo superen puedan aportar nuevos méritos tras la resolución del proceso. A pesar de lo razonable de estos planteamientos, tanto la delegada como el responsable autonómico del programa residencial, dejan abierta la apuerta a la ratificación o consolidación de estas premisas en otras instancias, en clara alusión a una posible negociación con la responsable de recursos humanos y/o el gerente.
  • Establecer mecanismos para conservar el anonimato de la autoría de la prueba teórica: No lo ven oportuno los miembros de la comisión (salvo el RLT).Aunque creemos que eso contribuiría a asegurar la transparencia y la igualdad, el resto de componentes de la comisión no comparten el criterio, argumentando además que puede resultar complicado llevarlo a la práctica. Invitan a la RLT a que participen activamente en todas las fases del proceso, incluyendo esto las baremaciones, presencia en las correcciones de pruebas, etc.... 

   Anexamos convocatoria:

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08 julio 2015

Acta de Reunión del 8/7/15 del Comité de Empresa de FAISEM en Sevilla.


Lugar de Reunión: Sala S.O.A.E. Fecha: 8-7-15
Hora Inicio: 10:30 Hora finalización: 14:00

Asisten: 
Antonio Dorantes
Antonio Benito Vargas
Fco. Javier Méndez
Héctor Acebrón
Maribel Merchán
Miguel Ángel Pérez
Oscar Díaz
Santiago Quijano

No asisten: 
David Perdiguero
Julia Fernández
José Manuel Delgado
Miguel Ángel
Rafael Palao

Orden del día:

1.- Lectura del acta anterior.
2.- Información sobre la última reunión de la comisión de formación.
3.- Información sobre el acuerdo para la publicación de los resultados de
la evaluación de riesgos psicosociales.
4.- Situación ante la falta de respuesta sistemática de delegación sobre
la información solicitada por este comité.
5.- Procesos de selección de personal temporal y convocatoria interna para
la cobertura de vacantes.
6.- Información sobre mutuas, garantías de trabajador en proceso de IT.
7.- Asunto Flor de Salvia.
8.- Ruegos y preguntas.


Acuerdos y deliberaciones:

1.- Lectura del acta anterior.

Se lee acta anterior.

2.- Información sobre la última reunión de la comisión de formación.

Una vez más la empresa pone trabas a la formación de sus trabajadores. Prueba de ello es la ausencia de acta de la última reunión de la comisión por la negativa de la empresa a incluir el punto de vista de la representación de los trabajadores con sus diversas reivindicaciones.

Si no se cuenta con los trabajadores parece que hay pocas perspectivas de volver a reunir a la comisión de formación con resultados satisfactorios.

3.- Información sobre el acuerdo para la publicación de los resultados de la evaluación de riesgos psicosociales.

Se llega a un acuerdo en el grupo de trabajo para la publicación y difusión de los resultados de la evaluación.

A fecha de hoy debería estar publicado, pero dada la complejidad del informe técnico en breve se difundirá un resumen elaborado por la representación de los trabajadores más accesible para todos.

La siguiente fase es la propuesta de medidas preventivas, en las que este comité trabajará durante el verano para su presentación en septiembre.

4.- Situación ante la falta de respuesta sistemática de delegación sobre la información solicitada por este comité.

Este asunto sigue agravándose y sigue poniéndose de manifiesto la falta de respeto de la empresa a sus trabajadores, más aún cuando vuelve a incumplirse por parte de la empresa el requerimiento de la ITSS y su última recomendación.

5.- Procesos de selección de personal temporal y convocatoria interna para la cobertura de vacantes.

La labor de la representación en esta comisión es de garantizar los criterios fijados en el convenio colectivo velando por que el procedimiento se cumpla según lo establecido, con voz pero sin voto, por lo que las decisiones al respecto, en última instancia, son exclusivas de la empresa.

Es la delegación provincial la que no ha cumplido con los procedimientos establecidos por la dirección para todas las provincias, y es esta la razón de los distintos problemas que estás surgiendo al respecto.

Del mismo modo la empresa no ha consensuado el temario con la representación de los trabajadores, siendo responsabilidad de la delegación de Sevilla los distintos cambios de criterio durante el proceso en las últimas semanas.

Se adjunta nota informativa sobre el asunto de la selección de personal temporal.

La convocatoria interna aún no ha tenido lugar.

6.- Información sobre mutuas, garantías de trabajador en proceso de IT.

Se anexa documento sobre hostigamiento telefónico.

7.- Asunto Flor de Salvia.

El asunto del probable incumplimiento del reglamento interno es este recurso está pendiente de la reunión del CPSS.

8.- Ruegos y preguntas.

No hay ruegos ni preguntas.


Se aprueba este acta.

Se decide convocar la próxima reunión del Comité de Empresa para el día 9 de septiembre de 2015 a las 10:30 horas sin perjuicio de posibles convocatorias extraordinarias.

Se cierra la sesión con las firmas del secretario y el presidente del Comité de Empresa.







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30 junio 2015

+ INFORMACIÓN + FORMACIÓN

Tras la reunión de la Comisión de Formación del día 18 de junio, os hicimos llegar la valoración de los compañeros que trabajan en ese foro. Como os comentamos, no hubo acuerdo en esa reunión sobre la propuesta de formación que traía la dirección, básicamente porque no había garantías sólidas de que fuese dirigida a la cualificación profesional del personal todavía no cualificado de FAISEM. Y porque la propuesta de un plan de formación de 150 horas en tres años y su rotunda negativa a darnos a conocer el mapa de competencias y en qué fase de elaboración se encuentra, no son la mejor carta de presentación para confiar en que esas garantías existan. Os recordábamos en nuestra valoración a qué y a quiénes fueron destinadas las bonificaciones de formación del año pasado: a los “máster” del personal de alta dirección.

Aquella reunión acabó sin acuerdo y sin acta. Ese mismo día, la dirección nos hizo llegar vía correo electrónico los pronunciamientos que ellos consideraban que debía figurar en la misma y nosotros, a vuelta de correo, la completamos con los nuestros. Y llegó el silencio. Y por tanto la falta de información.

No habiendo razón para que los trabajadores de FAISEM no conozcan el contenido de esa reunión, lo que sigue a continuación es el resumen de lo que fue la reunión, sus contenidos fundamentales, que deberían haberse publicado en el acta correspondiente:

“La representación de la Dirección de FAISEM presenta una propuesta de actividad formativa on-line para 700 monitores y monitoras residenciales con una duración total de 150 horas, a desarrollar en tres años, con un primer bloque de 50 horas realizable en el presente año. La propuesta fue entregada a los miembros de la Comisión y figura en Anexo al Acta.

La representación legal de los trabajadores (RLT) plantea que, previamente al análisis y valoración de la propuesta formativa, la dirección de FAISEM debe dar respuesta a las demandas recogidas en el acta de la anterior reunión, en la que pedía que manifestase su compromiso real con la formación dirigida a la cualificación profesional del personal de FAISEM, específicamente hacia ese 80% denominado personal de programas que conforman mayoritariamente ( y sustentan ) esta institución pública. Concretan su demanda en el conocimiento del estado de elaboración del mapa de competencias y sus contenidos, por respeto al derecho a ser informados y para poder valorar si la propuesta va en consonancia con dicho mapa, que debe ser la base sobre la que se articulen los contenidos de la futura formación.

La RLT entiende también que una parte importante de los contenidos formativos va a emanar del resultado del informe sobre riesgos sicosociales, por lo que considera que debe haber sinergia entre esta comisión y el grupo de trabajo correspondiente. Y exhorta a ese grupo de trabajo para que agilice la puesta en marcha de las medidas correctoras que procedan, una vez que ya está finalizado el informe, para poder incorporar las iniciativas formativas que resulten a los planes de formación de FAISEM.

La RLT solicita información sobre todos los cursos de formación que se estén impartiendo en estos momentos o esté previsto impartir a lo largo de este año y el próximo, ya sean con cargo a las bonificaciones de la Fundación Tripartita como a través de otras entidades.

Finalmente, la RLT se ratifica en su firme decisión de no entrar a valorar la propuesta formativa de la dirección mientras no se tenga la absoluta confianza y existan garantías sólidas de que va a destinarse a la tan necesaria, deseada y prolongadamente demandada cualificación profesional. No obstante, manifiesta que un plan de formación, en tres años, y de 150 horas en total, no es la mejor carta de presentación para confiar en que esas garantías existan.

La RLT ha elaborado un documento de dos páginas que resume los últimos once años de la comisión de formación, y que motivan sobradamente su desconfianza y la postura que ahora adoptan. Se hace una lectura somera del mismo y se solicita anexarlo al acta, pero la dirección se opone a que el documento figure en el acta.

La representación de la dirección de FAISEM manifiesta que ni esta Comisión es competente para la elaboración de los futuros mapas de competencias del personal de la Fundación, ni ninguno de los miembros que representan a la Gerencia está habilitado para distribuir los materiales correspondientes a los mismos.

En consecuencia no se llega al acuerdo necesario para poder tramitar, a través de la Fundación Tripartita para la Formación y el Empleo, las actividades formativas propuestas”.


Y esta fue la última reunión de la Comisión de Formación. Seguiremos informando.






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21 junio 2015

VALORACIÓN DE LA COMISIÓN DE FORMACIÓN 18 DE JUNIO 2015



Tras la primera reunión de la comisión de formación del año 2015, queremos hacer valoración e informaros de los porqués de nuestra actuación en ella.

Los planteamientos que la dirección traía a esta reunión no pueden ser asumidos si no se dan unas condiciones previas. La RLT sigue defendiendo, como ha venido haciéndolo en los últimos 12 años, que la formación del personal de esta institución pública, FAISEM, debe ir dirigida a la consecución de la tan deseada cualificación profesional y, por tanto, es indispensable la elaboración del correspondiente mapa de competencias.

Por esa razón, en esta última reunión hemos planteado a la dirección, como premisa para comenzar a analizar y valorar sus propuestas formativas, que conteste a lo que dejó sin respuesta en la última reunión del 29 de Diciembre de 2014: ¿cuál es el mapa de competencias sobre el que se va a trabajar? Pero la dirección no parece estar dispuesta a responder. No había mención alguna en el orden del día sobre esa cuestión y no se le dio respuesta en esta última reunión. Su mayor preocupación parece centrarse en cumplir con los aspectos formales que posibiliten la bonificación de las actividades formativas, independientemente del alcance de las mismas. Todos sabemos en qué términos se impartió la formación en el 2014, a quién fue dirigida y  las consecuencias que se derivaron de todo ello: devolución de las bonificaciones de la formación de los años 2012, 2013 y la no bonificación de las del 2014.

Por nuestra parte, hemos considerado que no se debe entrar a valorar la propuesta formativa de la dirección mientras no existan garantías sólidas de que va a ir dirigida a la cualificación profesional. No obstante, un plan de formación, en tres años, y de 150 horas en total y su rotunda negativa a darnos a conocer el mapa de competencias, no es la mejor carta de presentación para confiar en que esas garantías existan.

Os pedimos a todos los que nos importáis, compañeros, que entendáis nuestra postura,  el sacrificio que debemos realizar para que se nos escuche y no os dejéis engañar. Ya somos conocedores de lo que viene después: manipularlo todo y dar a entender que son vuestros representantes los que bloquean las negociaciones, retrasan la formación, etc… Esto, compañeros, no es así.  Es preferible no realizar ningún tipo de formación en estos momentos, si no se avanza en lo prioritario. 

Además, entendemos que no perdemos nada que no hayamos perdido en los años anteriores, porque llevan once años mareando la perdiz. Recordad a qué y a quiénes iban destinadas las bonificaciones de formación del año pasado: a los “máster” del personal de alta dirección. Ese mismo personal de alta dirección que no puede dedicar tiempo para conocer la realidad de sus trabajadores y sus verdaderas necesidades formativas, ni darles la adecuada satisfacción.


Puede que perdamos unos meses antes de que empecemos a recibir la formación adecuada, lo que no vamos a perder es nuestra dignidad.

Os adjuntamos el resumen de las reuniones de la comisión de formación que la dirección no quiere anexar al acta, para que no tengáis duda sobre el contexto en el que nos encontramos y el absoluto desinterés de la dirección hacia sus trabajadores.

Un saludo y mucha fuerza para seguir adelante.
 Vuestros compañeros y delegados en la Comisión de Formación de FAISEM




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