Alertas FAISEM
23 noviembre 2016
NEGOCIACIÓN DE LA REGULACIÓN DE LA BOLSA DE CONTRATACIÓN TEMPORAL
VALORACION REUNION DE LA COMISION DE BOLSA
REGIONAL FAISEM
10 DE NOVIEMBRE DE 2016.
ASISTENTES:
Por la empresa Pilar Campos y Luis
Fernández
Por la RLT de CCOO Yolanda y
Joaquín de Granada, Julia de Sevilla y Eva de Cádiz. Por UGT José Antonio e
Isabel y por CGT Loli.
ANTECEDENTES:
Recordamos que en la anterior
sesión, las partes se emplazaron a trabajar sobre una nueva propuesta de
autobaremo, debido a que la propuesta de la empresa, no se acercaba a la
solicitud de la RLT.
La propuesta, que hacemos llegar a
la empresa, hace hincapié en valorar fundamentalmente la experiencia
profesional, la formación continua y la académica.
Comienza la reunión con una
valoración de la empresa sobre la propuesta de baremos que le hizo llegar la
representación de los trabajadores. Deja manifiestamente claro, no estar de
acuerdo con la RLT. Fundamentalmente por que la propuesta presentada por
nuestra parte, eliminaba las pruebas de conocimiento del baremo.
La empresa sigue insistiendo en que
necesitan tener una herramienta que les sirva para valorar las aptitudes,
actitudes y conocimientos de los candidatos y candidatas, y que ya habían
renunciado a la realización de entrevistas y no estaban en disposición de
aprobar un autobaremo que solo considerara prácticamente la experiencia
profesional, ya que a su criterio no hay apenas formación continua especifica
en materia de salud mental. Además ponen de manifiesto que con este baremo
habrá un ingente número de profesionales que cumplan con el requisito de la
formación académica y que no tengan conocimiento específico sobre el trabajo
que realizamos en FAISEM.
Por nuestra parte manifestamos que
en la anterior reunión ya comunicamos nuestro desacuerdo con el baremo y
la distribución de los puntos, y por
supuesto nuestro desacuerdo con tener que realizar ningún tipo de prueba para
contratos eventuales. Este argumento es el que sustenta nuestra propuesta,
incidiendo en la formación académica y la formación continua específica, evitando
que pueda inscribirse cualquier profesional que no tenga formación específica y
experiencia en el sector, o con o personas con trastorno mental grave. Que
además nos habíamos emplazado para valorar otra propuesta diferente a las dos
que ya estaban en la mesa, nuestra propuesta inicial y la de la empresa, y que
no tenía sentido alguno haber demorado la reunión más de un mes y estar en el
mismo punto de partida.
La empresa traslada que la prueba
de conocimientos de la que habla es un mérito, que facilita a los candidatos y
candidatas obtener más puntuación en el baremo, es decir que no es un requisito
para acceder a la bolsa, aunque es obligatoria.
Por nuestra parte, exigimos conocer
en que va a consistir exactamente la prueba y cuál sería el temario específico
para esta prueba. Sin saber esto, no
podíamos aceptar la propuesta bajo ningún concepto. En este punto, la empresa
se compromete a enviar esa información con tiempo suficiente para que la
valoremos e intercambiemos opiniones al respecto en la próxima reunión.
Retomando las puntuaciones del autobaremo,
la empresa nos hace una nueva propuesta bajando la puntuación de la prueba a 15
de los 20 puntos iniciales. Los 5 puntos de diferencia, proponen pasarlos a formación continua. Quedando
entonces, la experiencia profesional en 60 puntos, 25 puntos en formación,
repartidos en formación académica 10 y 15 en formación continua, relacionada
con el puesto.
La valoración de CCOO al respecto
de esta propuesta, es positiva, considerando que la prueba específica, se
considera como mérito y no como requisito, salvando el escollo más importante
de este punto.
Por otra parte, la empresa traslada
a los representantes sindicales que no todos los trabajadores y trabajadoras
eventuales tendrían que hacer la prueba específica, indica que las provincias
que tuvieran procesos de selección realizados desde 2015 se les puntuaría proporcionalmente
según el resultado del proceso de selección que realizaron. En consiguiente,
quedarían exentos los eventuales que participaron en los procesos de selección
últimos de las provincias de Cádiz, Sevilla, Córdoba y Almería. Tendrían que
realizar la prueba los eventuales de las otras provincias.
Por nuestra parte, mostramos
nuestra disconformidad por el trato desigual de los eventuales, de todas las
provincias. Solicitamos a la empresa que nos facilitara alguna normativa o
legislación en la que estuviera basada su propuesta para al menos entender el
porque de este corte.
Este punto quedo pendiente de
aclaración y de cierre.
Se levantó la sesión a las 15;00 H comprometiéndonos
a una nueva reunión el próximo día 29 de Noviembre.
19 noviembre 2016
ACTAS SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE 2016 DEL C. DE EMPRESA FAISEM DE SEVILLA
Nos alerta un anónimo lector sobre nuestro descuido informativo al no publicar por este medio las últimas actas del comité de empresa de Sevilla. Nuestras disculpas por el decuido y nuestro agradecimiento por invitarnos a subsanarlo. En los siguientes enlaces están las actas de septiembre, octubre y la más reciente de 16 de noviembre del 2016.
20 octubre 2016
30 septiembre 2016
CUESTIÓN DE EDUCACIÓN
Como se comentó en una entrada anterior,
sobre el plan de formación que presentó la dirección de FAISEM
solicitamos algunas aclaraciones e información. Es un derecho de los trabajadores recibir esa información. Simultanemente proponíamos cerrar el acta de la reunión del día 20 con
el acuerdo al plan en los términos recogidos en el informe que todos
habréis leído. Eso fue el día 22 de septiembre.
Como el 28 no habíamos
obtenido respuesta se intento por vía telefónica contactar con la
responsable de personal y el responsable de programas de FAISEM, los
miembros de la dirección que debían dar respuesta. Unas doce llamadas a
cada uno sin respuesta. Ambos se justificaron en sendos mensajes
vespertinos con reuniones y nos remitieron para hablar al día siguiente
(ayer). Pero fue que no.
El
detalle es que esta falta de respuesta, esta ausencia de intención de
hablar con nosotros es reiterada y tristemente habitual. Y generalizada
en toda nuestra dirección, desde las delegaciones provinciales hasta la
gerencia. Y lo grave es que no le niegan la respuesta, la información,
la palabra; no le faltan al respeto a una sola persona, sino a todos los
trabajadores de FAISEM cuando habla el presidente del Comité
Intercentros y a todos los afiliados a las Comisiones Obreras cuando
quien les habla es el representante sindical. En mi familia me
inculcaron otro talante. Cuestión de educación.
29 septiembre 2016
A VER SI NOS ACLARAMOS
¿La dirección de FAISEM ha autorizado un curso de formación de coste
100€ para sus trabajadores renunciando a la posibilidad de formación gratuita a través de las
correspondientes bonificaciones de la Fundación Estatal para la Formación en el
Empleo?
El 12 de septiembre la
representación legal de los trabajadores (RLT) se reúne con la dirección de
FAISEM en el seno de la comisión de formación y solicita aclaraciones e
informaciones como condición necesaria e imprescindible para poder emitir
informe favorable al plan de formación propuesto. Este requisito, el del
informe, es indispensable para obtener bonificaciones para formación. Lo que se
solicitaba se resume en pocas palabras: transparencia. Y se concretaba en:
- conocer el proceso de adjudicación a la empresa formadora para el año 2016;
- asegurar la validez de la formación ofertada para los procesos de acreditación;
- facilitar el acceso a todo el personal (fijos y temporales) para que todos pudieran beneficiarse de la gratuidad en su formación;
- y que el tiempo dedicado a la formación se considerase tiempo trabajado.
La respuesta de la dirección, recogida en el acta
del día 12S, no se corresponde con el principio de transparencia exigido a una
fundación pública y no satisfacía el sentido profundo y amplio de lo planteado por la RLT.
Una segunda reunión, el día 20S, no aclaró todas las
cuestiones planteadas. Por ejemplo, la dirección contestó a nuestra solicitud
de información sobre la elección de la empresa formadora para el 2016 con un “pantallazo”
en el que se intuía la resolución para el año 2015 y un gasto para ese año.
Inaceptable. La RLT entendió satisfechas, parcialmente, las
demandas de información solicitadas el día 12S, no siendo así en lo referente a la adjudicación de la empresa formadora
para este año, ni en lo referente a la distribución de crédito para
las acciones formativas de este año, ni en lo referente al montante total
destinado a formación este año, ni en la respuesta emitida sobre cómo se iba
a justificar la financiación propia de la empresa ante la tripartita.
La RLT solicitó 48 horas para
reflexionar sobre cuál debía ser su posicionamiento. Un informe negativo podría
suponer no acceder a las bonificaciones para formación; un informe positivo,
sin la certeza de que el procedimiento se ajustaba fielmente a los preceptos
exigidos, sería incumplir nuestro compromiso sindical de velar por el
cumplimiento de las normas y por el mayor interés de nuestros representados.
El día 22S hicimos llegar el
informe a la dirección. La RLT manifiesta en el mismo su disposición a respaldar la propuesta
formativa de la FAISEM
dando conformidad al plan propuesto para
su posible bonificación con los fondos de la Fundación para el Empleo;
pero lo condiciona a que FAISEM dé la adecuada respuesta sobre las cuestiones
no satisfechas; y manifiesta que si, a posteriori, detectase alguna
irregularidad, lo hará saber al órgano competente para que, si procediese,
adoptase las medidas correspondientes.
Siendo esto así ¿cómo es posible que el día 21S,
al día siguiente de nuestra reunión con la dirección y en plazo de negociación,
se publique un curso gratuito de formación para el personal de FAISEM? ¿Cómo es posible que llamando al
teléfono de información 957520454 te digan que no es tan gratuito, que el
precio para los no fijos es de 100€? ¿Cómo es posible que FAISEM no haya informado
a la RLT del comienzo del curso? ¿Cómo es posible que FAISEM haya dado el visto
bueno a un curso que le va a costar 100€ a la mayoría de los destinatarios
potenciales cuando estamos dando el visto bueno a la bonificación que supone la
gratuidad de los mismos?
La RLT, desde hace muchos años,
viene reclamando para el personal de FAISEM la formación adecuada para el mejor
desempeño de su trabajo, sobre todo para aquel que, siendo mayoritario en la
fundación, desarrolla su trabajo de forma directa con los usuarios y sin la
adecuada cualificación. Y para ello entiende la conveniencia de que la
formación pueda ser bonificada, expresando su deseo de que así sea. Pero no a
cualquier precio y sin que se cumplan los principios de transparencia,
calidad, eficacia y eficiencia; el carácter gratuito y la igualdad en el acceso
de los trabajadores a la formación y a las ayudas a la misma.
26 septiembre 2016
ACTA C.E. SEVILLA 14 DE SEPTIEMBRE 2016
El pasado 14 de septiembre el Comité de Empresa de FAISEM en Sevilla, en reunión ordinaria, abordó las siguientes cuestiones:
Se informó y valoró la última reunión mantenida con la gerencia en la que se habló sobre la recuperación progresiva de los derechos suspendidos en 2012; la posibilidad de solicitar un procedimiento de acreditación extraordinario para FAISEM; estado de la negociaciones sobre la regulación de la bolsa de contrato temporal; y sobre posibles deficiencias e incumplimientos que han podido acompañar a los procesos de selección del personal de programa EPES.
Se informó sobre la última reunión de la comisión de formación.
Se informó del requerimiento de ITSS a la FAISEM tras la denuncia de este Comité sobre la obligación de doblar turno.
Y se hizo un análisis de la desafortunada política de contratación llevada a cabo este verano, que ha supuesto un empeoramiento de las condiciones de
trabajo.
23 septiembre 2016
DEFINICIONES
Transparencia
1. Cualidad de un objeto que permite vera
través de él, que es evidente o que se deja adivinar.
2.
Actitud o actuación pública que muestra, sin ocultar o
silenciar, la realidad de los hechos.
3. Obligación de los gobiernos de dar cuenta a los ciudadanos
de todos sus actos, especialmente del uso del dinero público y prevenir así los
casos de corrupción.
4. Actitud
que favorece el conocimiento profundo y detallado de las decisiones, resoluciones y reglamentaciones tomadas por las administraciones y por los
poderes del Estado, así como de sus motivaciones y justificaciones. Incluye
la manera en la que se ha hecho la recogida de datos y la manera posterior de
usar los mismos, además de proporcionar información sobre los costos reales de
los proyectos y de las actividades y sobre los mecanismos instituidos de acceso
a la información.
5. Mecanismo que previene actos de corrupción y que permite a
la ciudadanía conocer el funcionamiento interno de las instituciones y cómo se
manejan los fondos que éstas reciben. Para un ciudadano cualquiera, la dificultad radica en
saber si la información que le han proporcionado es realmente sincera, clara,
objetiva, y correspondiente a la realidad.
6. En sentido figurado, el término transparencia es
utilizado para caracterizar una práctica social guiada por la sinceridad y por
la perfecta o casi perfecta accesibilidad a toda la información vinculada, y
que concierne e interesa a la opinión pública, o a un sector de la misma, o
incluso a un solo individuo. O sea, es la preocupación por explicar, por hacer
comprender, por reconocer errores o mala praxis, por abrir archivos y apuntes y
recuerdos, por describir fielmente hechos y circunstancias.
7. La noción de transparencia
también se utiliza de modo simbólico para dar nombre al carácter frontal y
sincero de una persona u organización. Una persona transparente se muestra tal
como es y no tiene secretos. En sentido similar, una organización transparente
es aquella que hace pública su información. En ambos casos, se trata de una
actitud que despierta confianza en los demás.
8. El objetivo primero de la transparencia, es de establecer
una relación de confianza entre quien pide o exige la transparencia y quien la
da, y se opone al concepto de opacidad.
24 julio 2016
REUNIÓN DE LA RLT DE FAISEM CON LA DIRECCIÓN
El pasado 22 de julio, en los servicios centrales de FAISEM en Sevilla, tuvo lugar una reunión a la que asistieron el gerente de la fundación y los responsables de los departamentos de personal y de investigación, por parte de la dirección; y el presidente y la secretaria del Comité Intercentros, y un asesor de CCOO, por parte de la representación legal de los trabajadores.
Dicha reunión respondía a la
urgencia de respuesta a diversas cuestiones que, tras la última reunión del
C.I, se habían planteado a la gerencia, por lo que el presidente del C.
Intercentros solicitó a la gerencia la celebración de esta reunión.
De
las respuestas obtenidas se desprende la siguiente información:
·
La dirección manifiesta su absoluto compromiso con la aplicación
del Acuerdo de 21 de junio de 2016, del Consejo de Gobierno, para la
recuperación progresiva de derechos suspendidos por la Ley 3/2012, en las
materias que nos afectan, que son las que recoge el acta que se adjunta. Hay
que entender que, como recoge el último párrafo del primer punto, salvo los 48
días de la paga extra del 2012 que se nos abonarán en septiembre de este año,
el resto de medidas se harán efectivas si los presupuestos de los años 2017,
2018 y 2019 así lo contemplan. Todas las partes firmantes del acuerdo han
manifestado su firme compromiso con su aplicación, pues supone
mejorar las condiciones laborales y favorecer la creación de empleo. Pero no
debemos ignorar esa dependencia de los presupuestos y de las reformas
normativas que sean necesarias.
· La dirección también ha
manifestado su más firme compromiso en realizar la solicitud para un
procedimiento extraordinario de acreditación, para el personal de FAISEM, en
esta próxima semana. Esto supondrá la participación de todo el personal de
FAISEM pendiente de acreditación, y que la dirección calcula en torno a 400 trabajadores y trabajadoras, supeditado
al conocer cuántas personas han sido admitidas en el último proceso convocado. Es decir, la posibilidad de acreditación para la casi
totalidad de personal de estructura que quede por acreditar. Este
procedimiento estará sujeto a las mismas condiciones y garantías, exigirá los
mismos requisitos que el procedimiento ordinario, pero sin las limitaciones de
las notas de corte. No obstante, parece conveniente que se solicite la inclusión
en este proceso ordinario cuyo plazo de solicitud finaliza el próximo 29 de
julio.
·
La dirección admite que no ha cumplido los plazos ni ha entregado
la documentación que comprometió para negociar la regulación de la bolsa de
contratación temporal. Y lo justifica en que la dimensión del trabajo que se ha
abordado es grande, las tareas para desarrollarlo recaen en las mismas personas
y esto, junto con la importancia de la tarea en sí, ha demorado la
elaboración de esa propuesta. También parecen demostrar una sincera voluntad y compromiso
de retomar la negociación de este asunto con la firme intención de dejarlo
terminado antes de final de año.
·
En este punto, aunque el acta sólo hace alusión a la falta de
información, lo cierto es que se pusieron encima de la mesa todas las
deficiencias e incumplimientos que, desde nuestro punto de vista, han
acompañado a estos procesos. Y se les planteó que, aunque ellos entendiesen que
no había nada reclamable y que estaban ajustados a la norma, la RLT había
recabado otra opinión de sus asesores legales y que si nuestra información se
confirmaba, podríamos acabar interponiendo conflicto colectivo por esta materia
20 julio 2016
19 julio 2016
15 julio 2016
12 julio 2016
ACREDITA 2016: PUBLICADO EN EL BOJA
Con fecha de hoy se ha publicado en el BOJA la Resolución por
la que se convoca para el año 2016 el procedimiento de evaluación y
acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la
experiencia laboral o de vías no formales de formación. Este procedimiento es
un programa financiado por la Junta de Andalucía y cofinanciado por el Fondo
Social Europeo.
Las cualificaciones y unidades de competencia objeto de la
convocatoria vienen objeto de evaluación y acreditación de esta convocatoria, vienen
recogidas en el Anexo VII de la misma, con indicación de los títulos de Formación
Profesional en los que cada cualificación está incluida de forma completa o parcial,
y los certificados de profesionalidad asociados a cada una de las
cualificaciones profesionales.
Se convocan un total de 4.380 plazas distribuidas para cada
una de las cualificaciones profesionales convocadas, según lo establecido en el
Anexo VI de la resolución. Se reservará un 5% de las plazas convocadas para
cada cualificación profesional, destinadas a las personas que tengan reconocido
un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
El baremo a aplicar para seleccionar a las personas participantes en el procedimiento será el siguiente
- Quienes hayan participado en procedimientos de acreditación anteriores y tengan acreditada alguna unidad de competencia mediante estos procedimientos, tendrán preferencia de acceso a éste procedimiento para la misma cualificación a la que se presentaron en anteriores convocatorias, siempre que dicha cualificación sea objeto de esta convocatoria y demuestren haber realizado nueva formación o adquirido nueva experiencia profesional, relacionadas con aquellas unidades de competencia que no consiguieran acreditar en las anteriores convocatorias a las que se presentaron.
- Por cada año completo de experiencia profesional, relacionada con alguna de las competencias profesionales que se quiere acreditar, 6 puntos. Las fracciones inferiores al año, hasta un día, se computarán de forma proporcional a razón de 0,5 puntos por mes y 0,016 puntos por día.
- Por experiencia profesional adquirida mediante la prestación de servicios de voluntariado o como personas becarias, máximo de 400 horas anuales, a razón de 0,002 puntos por hora. Puntuación máxima 8 puntos, (4000 horas).
- Por cada 20 horas de formación no formal adquiridas por cursos organizados, impartidos u homologados por las Administraciones Públicas y relacionada con las competencias que se quiere acreditar, 0,20 puntos, o la parte proporcional que exceda de las 20 horas de duración. Puntuación máxima: 40 puntos.
- Por cada 20 horas de formación no formal adquirida por cursos no organizados, impartidos u homologados por las Administraciones Públicas y relacionada con las competencias que se quiere acreditar, 0,10 puntos, o la parte proporcional que exceda de las 20 horas de duración. Puntuación máxima: 20 puntos.
Las personas interesadas en participar en el presente
procedimiento deberán solicitar su inscripción en el mismo conforme al modelo
que figura en el Anexo I de la convocatoria, que entregarán junto con la documentación que se
detalla en el apartado séptimo de la convocatoria. Esta documentación debe ser
detallada en el apartado 6 de la solicitud, página 4 de la misma:
- Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte de la persona solicitante.
- Historial profesional y formativo de acuerdo con el modelo de currículum vitae europeo
- Para acreditar la experiencia laboral:
- Personas asalariadas: Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, y copia del contrato de trabajo o certificación de la empresa donde haya adquirido la experiencia laboral;
- Trabajadores y trabajadoras autónomos o por cuenta propia: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social y documentación descriptiva y acreditativa de la actividad desarrollada.
- Personas
voluntarias y becarias: Certificación de la organización legalmente reconocida
donde se haya prestado la asistencia.
Los documentos a presentar deben ser numerados y descritos en
el apartado 6 de la solicitud, y ser ordenados para su entrega en el mismo orden
de la descripción. Las personas solicitantes se
responsabilizarán expresamente de la veracidad de la documentación aportada. En
los documentos aportados mediante fotocopias se deberá insertar en cada una de
sus páginas la leyenda «Es copia fiel del original» y firmarse a continuación
en la parte impresa de las mismas.
Cada persona podrá solicitar en esta
convocatoria, como máximo, tres cualificaciones de forma priorizada, pero
únicamente podrá ser seleccionada para participar en una de ellas. Para cada
cualificación podrá seleccionar un centro de referencia de los indicados en el
Anexo VI de la convocatoria, donde será asesorada y evaluada.
El plazo para presentar las solicitudes de
inscripción en el procedimiento será de quince días hábiles, a contar desde el
día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía.
PARA MÁS INFORMACIÓN CONSULTA EN TU SINDICATO PROVINCIAL O A TUS DELEGADOS MÁS PRÓXIMOS
O accede al texto completo de la resolución a través de este enlace
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