Alertas FAISEM
23 febrero 2017
VACACIONES 2017
En
cumplimiento de lo establecido en el artículo 40 de nuestro convenio ( “Los criterios para fijar el calendario de
vacaciones se establecerán entre la empresa y los representantes de los
trabajadores”) y desde el 26 de noviembre del
2016 hasta el 20 de febrero del 2017 la RLT (comité intercentros) ha mantenido
reuniones con la gerencia para establecer criterios generales sobre el disfrute
de vacaciones. Aunque debemos valorar negativamente esta excesiva demora,
también debemos acoger con satisfacción el acuerdo finalmente alcanzado, que
mejora sustancialmente las condiciones mínimas por las que se concedían las
vacaciones hasta la fecha.
Este
acuerdo no desdice lo establecido en el
estatuto de los trabajadores, que establece en el artículo 38.2. “El periodo o
periodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el
trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios
colectivos sobre planificación anual de las vacaciones. En caso de desacuerdo
entre las partes, la jurisdicción social fijará la fecha que para el disfrute
corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y
preferente”. Pero favorece y facilita ampliamente las posibilidades de
acuerdo entre las partes.
La
propuesta de la dirección era semejante a la del 2014, incluyendo un
condicionante nuevo: la permanencia de una persona de estructura por turno,
para la concesión de vacaciones (“Teniendo
en cuenta que ningún turno podrá quedar cubierto en su totalidad por
trabajadores con contrato de sustitución”)
La RLT ha
vinculado la negociación a lo establecido en el DL 05/2016 de 11 de octubre, en
lo referente a:
o
la
recuperación de derechos;
o
a
favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral;
o
y a
la creación de empleo.
Y ha tenido en cuenta en sus propuestas asegurar la continuidad y la calidad en la asistencia que dispensamos. Por eso ha planteado a la dirección agilizar la negociación de la bolsa de contratación temporal y hacer previsión de contratación.
El resto de propuestas
de la RLT para establecer los criterios mínimos para la concesión y disfrute de
los períodos vacacionales han sido:
· el compromiso de la dirección de cubrir las vacantes
estructurales;
· el compromiso de cobertura de las vacaciones con contrataciones
por períodos completos;
· la ampliación del período de solicitud de vacaciones hasta el 20 de marzo;
· posibilidad de coincidencia del 50% del personal de cada servicio
en el mismo período de vacaciones;
· hacer extensivo el criterio anterior a todo el año;
· no utilización del personal correturnos “R” para cobertura de
vacaciones;
· posibilidad de disfrutar las vacaciones del año en curso hasta la
primera quincena del año siguiente con carácter ordinario.
En el acuerdo
final (que sólo tiene validez para el 2017) se recogen las propuestas de la RLT
en lo referente a
-
la ampliación del período de solicitud de vacaciones;
-
la ampliación del número de personas que pueden coincidir en el
disfrute de un mismo período vacacional;
-
la ampliación a todo el año de esa posibilidad de coincidencia;
-
la posibilidad de poder incrementar esa coincidencia, en los
recursos con doce o más trabajadores, en una persona más, durante los meses de
julio y agosto, siempre que haya disponibilidad de personas para su cobertura
con experiencia acreditada;
-
para el resto del personal (de recursos de
menos de doce personas o que no pertenezcan al programa residencial) en los meses de julio, agosto y segunda
quincena de diciembre se mantendrán
las mismas condiciones que hasta el momento
se venían disfrutando, por ser más
ventajosas;
-
el compromiso de no usar a los refuerzos para cobertura de
vacaciones, salvo posibles excepciones;
-
se procurará la cobertura
máxima posible de los períodos de
vacaciones con personal sustituto.
El esfuerzo negociador (por ambas partes en este caso) ha sido
grande y creemos que los resultados son muy satisfactorios.
Queda por ver hasta dónde alcanza el esfuerzo de la dirección
por cumplir sus compromisos de contratación, para facilitar el reparto de las cargas
de trabajo durante los períodos vacacionales del personal, favorecer la
conciliación de la vida familiar, personal y laboral; y asegurar la continuidad
y la calidad en la asistencia. Esperemos que sean generosos en este sentido,
que nosotros ya lo hemos sido en los años precedentes.
09 febrero 2017
UN POCO DE RESPETO NO VENDRÍA MAL
A/A MANUEL ALEN.
GERENTE DE FAISEM
Sevilla, 9 de febrero del 2017
Señor Alén:
El pasado 14 de diciembre la Gerencia de FAISEM trasladó a la RLT el siguiente criterio para el disfrute de las vacaciones:
“El
número de trabajadores/as que pueden coincidir en el mismo periodo será
de dos, salvo en los meses de julio, agosto y segunda quincena de
diciembre, donde podrán coincidir hasta cuatro trabajadores de un mismo
centro de trabajo. Teniendo en cuenta que en ningún turno podrá quedar
cubierto en su totalidad por trabajadores con contrato de sustitución”
La RLT rechazó tajantemente este criterio pues es aún más restrictivo que el anterior, acordado en el año 2014 en época de restricciones y recortes de derechos.
El artículo 40 de nuestro convenio establece que: “Los
criterios para fijar el calendario de vacaciones se establecerán entre
la empresa y los representantes de los trabajadores”. El
convenio también establece una exigencia de plazo a los trabajadores
para solicitar las vacaciones, que expira el 28 de febrero.
En
aras de dar cumplimiento a ese precepto convencional, el 14 de
diciembre se instó a la gerencia a mantener la correspondiente reunión
negociadora y ésta se comprometió a mantenerla en el mes de febrero.
Tras
la insistencia por parte de la RLT en solicitar esa reunión (pues la
gerencia no se había pronunciado al respecto) el 7 de Febrero se nos
propone mantener dicha reunión el día 23 de Febrero, último día hábil
antes de la finalización del plazo para la solicitud de vacaciones. Ante
ello queremos hacer constar:
- No nos parece seria ni respetuosa la dilación en fijar esta reunión el día 23 de febrero, teniendo en cuenta que había sido acordada el 14 de diciembre del año anterior.
- Habida cuenta que nuestro convenio obliga a los trabajadores a solicitar sus periodos vacacionales antes del fin de febrero, mantener la reunión el día 23 imposibilita que estos tengan en cuenta ningún criterio a la hora de solicitarlos ya que sólo tendrían un día hábil para hacerlo después de la reunión.
- Esta reunión deberá mantenerse teniendo en cuenta el contexto de recuperación de derechos suspendidos en septiembre del 2012, tal y como recoge el DL 5/2016 de 11 de octubre.
Es por ello que instamos a la empresa a proponer esta reunión entre los días 13 y 17 de Febrero a más tardar.
06 febrero 2017
¿PARA CUANDO SEÑOR?
El jueves, 2 de febrero del 2017, la RLT solicitó al señor gerente que se fijase fecha de reunión para poder abordar, fundamentalmente, dos asuntos: criterios para el disfrute de vacaciones 2017, según se acordó en la reunión del 13E; y puesta en marcha del procedimiento específico de acreditación. Se le transmitió la importancia de ambos asuntos para las personas que trabajamos en FASIEM, con lo que el gerente pareció estar de acuerdo, por lo que se comprometió a dar fecha para esa reunión al día siguiente.
Pero el señor Alén Fidalgo, gerente de FAISEM, sigue haciendo de su capa un sayo y demostrando que los trabajadores importan poco o nada. Y hoy, lunes 6 de febrero, a las 14.00 horas, seguimos sin respuesta.
Tras la promulgación del DL 5/2016 la RLT urgió al gerente a una reunión (26 de octubre de 2016) para dar comienzo a las negociaciones que el DL establecía para hacer efectiva la recuperación de la jornada de 35 horas. Sin embargo, en esta primera reunión el gerente se limitó a reconocer que la medida nos afectaba, condicionándola a su refrendo en la ley de presupuestos 2017 y nos anunciaba que en breve se estudiarían los nuevos cuadrantes. Gran compromiso.
El 14 de diciembre de 2016 tuvimos otra reunión con la gerencia para, suponíamos, comenzar la negociación de la recuperación de la jornada de 35 horas. Pero la dirección dio pocas opciones a ello y dejó clara su decisión continuista de los nuevos cuadrantes, además de plantear restricciones para el disfrute de vacaciones. La RLT mostró claramente en esta reunión su desacuerdo con las propuestas de la gerencia. Y manifestó que el DL establecía que la recuperación de la jornada de 35 horas debe ir en la línea de recuperación general de los derechos existentes a 21 de septiembre de 2012.
En una tercera reunión, el 13 de enero del 2017, aunque en el acta se recoge la exigencia del DL de implantar la jornada de 35 horas a través de la negociación, la dirección dejó claro, de nuevo, que siendo la organización práctica del trabajo una facultad de la dirección, el margen negociador era escaso. La RLT volvió a recordar que el DL habla de "recuperar'' la jornada (lo que se perdió en septiembre del 20L2) y que lo hace en los siguientes términos: “La recuperación de la jornada laboral de treinta y cinco horas semanales, se enmarca, pues, en el proceso de recuperación progresiva durante la presente legislatura de todos los derechos que fueron suspendidos al personal empleado público, y con ella se da respuesta a las necesidades de este personal y a sus expectativas de profundizar en la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, al mismo tiempo que contribuye a la creación de empleo”. La RLT expuso ejemplos de cuadrantes con situaciones muy alejadas de las existentes en septiembre del 2012, que dificultan la conciliación de la vida familiar y laboral y que no suponían creación de empleo. Ante esta evidencia la gerencia lanzaba la generosa propuesta de “estudiar los cuadrantes de los centros del programa residencial (…), a fin de revisarlos con la intención de subsanar posibles errores, de existir éstos”. Y la RLT manifestó que, “ante la falta de negociación, con los cuadrantes ya elaborados y con deficiencias, acepta la propuesta”.
En ese contexto y en esos términos se produjo la reunión propuesta por el gerente. De esta reunión la responsable del departamento de administración y personal pretende levantar acta, convirtiendo un acto de entrega de cuadrantes, para que se reparen errores, en una mesa negociadora de asuntos varios. Quienes en representación de los trabajadores estuvimos allí nos ratificamos en lo expuesto en las reuniones del C. Intercentros con la gerencia (cumplir con el DL 5/16, recuperando la jornada en las condiciones mínimas del 2012, conciliación de la vida familiar y laboral y creación de empleo) sin que mediasen negociación ni, por tanto, acuerdos.
Quedaba pendiente de las reuniones anteriores la negociación de los criterios de disfrute de vacaciones. Y así se le hizo ver al gerente el pasado día 2, solicitándole dar cumplimiento al compromiso que adquirió el 13 de enero de convocar, para este mes, convocar reunión para tratar ese asunto.
Hemos solicitado de nuevo al gerente esta necesaria reunión. Creo que con este resumen quedamos todos al tanto de en qué punto estamos sobre este asunto. Podemos ir planteando cuantas acciones nos parezcan convenientes y adecuadas para exigirle al gerente una actitud más respetuosa hacia el personal de FAISEM.
26 enero 2017
ACTA DEL C.E. DE SEVILLA 18 ENERO 2017
Acta de la reunión del C. de Empresa de FAISEM-Sevilla del 18 de enero del 2017 en la que se trataron los siguientes asuntos:
1.- Valoración de la
reunión con gerencia el 13E 2017.
2,- Valoración de la
reunión del grupo de trabajo I.S.T.A.S.
3.- Deficiencias
ambientales en casa-hogar Flor de Salvia.
4.- Resoluciones de la I.T.S.S.
5.- Reclamación de
derechos laborales.
6.- Nombramiento de
nuevo delegado de prevención.
7.- Recuperación de
la parte proporcional de la paga extra.
8.- Ruegos y
preguntas.
En el siguiente enlace se puede acceder al acta completa.
20 enero 2017
REUNIÓN CON LA GERENCIA: CUADRANTES Y OTRAS YERBAS
Acta de la reunión de la RLT de FAISEM con la gerencia el pasado día 13 de enero para desarrollar el siguiente orden del día:
1.- Jornada laboral de 35 horas para 2017;
2.- Propuesta de plan de estabilidad de empleo temporal;
3.- Ruegos y preguntas donde se piden al gerente aclaraciones sobre las noticias relativas al informe de la Cámara de Cuentas sobre FAISEM
14 enero 2017
CCOO PRESENTA A LA GERENCIA DE FAISEM UNA PROPUESTA DE ESTABILIZACIÓN DE EVENTUALES
La FSS-CCOO Andalucía viene reclamando de
forma reiterada un plan de actuación para la estabilización de los
eventuales de Faisem y la cobertura de las vacantes estructurales de la
plantilla. Por ello, esta organización sindical ha presentado hoy a la
gerencia de la fundación una propuesta con la que se pretende no
judicializar las relaciones laborales en Faisem y teniendo en cuenta que
desde la Administración sanitaria se están alcanzando acuerdos para
solventar estas situaciones.
"Entendemos que el modelo de
contratación que se efectúa en Faisem no es el adecuado por la situación
que desde 2012 viene produciéndose debido a la imposibilidad de generar
empleo estable. Sin embargo, este impedimento no puede justificar la generación de una contratación precaria en esta fundación pública", mantiene la responsable de Fundaciones de la FSS-CCO Andalucía, Eva Díaz de Terán.
De
igual forma, esta organización sindical considera que las diferentes
modalidades de contratación temporal tienen una causalidad y un tiempo
determinado y no pueden utilizarse de forma irregular para coberturas de
vacantes estructurales.
El escenario en el que nos encontramos desde entonces es el siguiente:
- Todos los centros de trabajo de Faisem están dotados de una plantilla que debe acogerse a la normativa vigente para centros de atención a personas con TMG.
- Estos centros de trabajo tienen un número determinado de trabajadores necesarios, donde coexisten personal indefinido y eventuales en la mayoría de los casos.
- Desde 2012, no se ha podido realizar ninguna convocatoria de cobertura de plazas de estructura.
- Estas plazas de estructura se han venido cubriendo de diversa forma. En la mayoría de los casos por contratos de obra y servicio o acumulación de tareas.
- En algunos casos estos contratos de obra y servicio ya han superado el tope máximo temporal para esta modalidad de contrato.
- En el resto, la contratación que se esta realizando para una vacante estructural de plantilla suele ser un contrato de obra y servicio ofertado mes a mes y renovable por un tiempo máximo de seis meses. Finalizado este tiempo, al trabajador eventual se le oferta, en caso de necesidad o corresponderle por las bolsas de contratación, otro contrato de idénticas características pero en otro centro.
- Desde hace casi siete años, no se ha procedido a cubrir ningún puesto por jubilación, incapacidad, fallecimiento o extinciones de relación laboral indefinida, que se han sumado a los puestos de nueva creación con la apertura de nuevos centros de trabajo.
La propuesta de CCOO es la siguiente:
- Solicitud de información, sobre todas las vacantes estructurales por provincia que hay en estos momentos en Faisem.
- Conversión en indefinidos no fijos de los eventuales que tienen un contrato eventual de más de tres años en el mismo puesto. Igualmente a los trabajadores que han acumulado más de 24 meses con contrato eventual en un periodo de 30 meses, acatando así la legislación vigente.
- Sobre las vacantes estructurales:
- en primer lugar solicitamos que la gerencia de la Fundación solicite una oferta pública de empleo para la cobertura de dichas plazas a la Consejería de Economía y Hacienda.
- en segundo lugar, que en caso de no poder realizar la oferta de empleo público, se oferten contratos indefinidos no fijos u otra modalidad de contrato que estabilice la contratación y pasemos a una contratación regular de eventuales.
- en tercer lugar, erradicar la contratación irregular que se está haciendo sobre vacantes estructurales, con contratos por obra y servicio, renovándose cada mes, con un tope de seis meses y acabado éste la misma vacante se le oferte a otro eventual.
Entendemos que éste es un proceso con dificultades, pero que hay que abordarlo con urgencia,
aun más a la luz de las diferentes sentencias que se están generando en
el ámbito laboral sobre la contratación de eventuales para cubrir
vacantes estructurales.
Con esta propuesta pretendemos no judicializar las relaciones laborales en Faisem,
que además de ser muy costosas para todas las partes no debe de ser
solución a esta situación. Asimismo, hay que tener en cuenta que desde la Administración sanitaria se están alcanzando acuerdos para solventar estas situaciones, mucho más complejas y con un número de afectados mucho mayor que el que pueda darse en Faisem,
29 diciembre 2016
PROCESO ACREDITA 2017
CCOO INFORMA:
Ayer se publicó en boja un nuevo proceso acredita. Para las compañeras y compañeros que estén interesados, las plazas de nuestro ámbito son las siguientes:
Recordad que la acreditación que se requiere para el personal de FAISEM es la de atención sociosanitaria en instituciones
Ayer se publicó en boja un nuevo proceso acredita. Para las compañeras y compañeros que estén interesados, las plazas de nuestro ámbito son las siguientes:
- Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sanitarias.... 900 plazas
- Atención sociosanitaria a personas en domicilio.... 1800 plazas
- Transporte sanitario...100 plazas
Recordad que la acreditación que se requiere para el personal de FAISEM es la de atención sociosanitaria en instituciones
24 noviembre 2016
23 noviembre 2016
NEGOCIACIÓN DE LA REGULACIÓN DE LA BOLSA DE CONTRATACIÓN TEMPORAL
VALORACION REUNION DE LA COMISION DE BOLSA
REGIONAL FAISEM
10 DE NOVIEMBRE DE 2016.
ASISTENTES:
Por la empresa Pilar Campos y Luis
Fernández
Por la RLT de CCOO Yolanda y
Joaquín de Granada, Julia de Sevilla y Eva de Cádiz. Por UGT José Antonio e
Isabel y por CGT Loli.
ANTECEDENTES:
Recordamos que en la anterior
sesión, las partes se emplazaron a trabajar sobre una nueva propuesta de
autobaremo, debido a que la propuesta de la empresa, no se acercaba a la
solicitud de la RLT.
La propuesta, que hacemos llegar a
la empresa, hace hincapié en valorar fundamentalmente la experiencia
profesional, la formación continua y la académica.
Comienza la reunión con una
valoración de la empresa sobre la propuesta de baremos que le hizo llegar la
representación de los trabajadores. Deja manifiestamente claro, no estar de
acuerdo con la RLT. Fundamentalmente por que la propuesta presentada por
nuestra parte, eliminaba las pruebas de conocimiento del baremo.
La empresa sigue insistiendo en que
necesitan tener una herramienta que les sirva para valorar las aptitudes,
actitudes y conocimientos de los candidatos y candidatas, y que ya habían
renunciado a la realización de entrevistas y no estaban en disposición de
aprobar un autobaremo que solo considerara prácticamente la experiencia
profesional, ya que a su criterio no hay apenas formación continua especifica
en materia de salud mental. Además ponen de manifiesto que con este baremo
habrá un ingente número de profesionales que cumplan con el requisito de la
formación académica y que no tengan conocimiento específico sobre el trabajo
que realizamos en FAISEM.
Por nuestra parte manifestamos que
en la anterior reunión ya comunicamos nuestro desacuerdo con el baremo y
la distribución de los puntos, y por
supuesto nuestro desacuerdo con tener que realizar ningún tipo de prueba para
contratos eventuales. Este argumento es el que sustenta nuestra propuesta,
incidiendo en la formación académica y la formación continua específica, evitando
que pueda inscribirse cualquier profesional que no tenga formación específica y
experiencia en el sector, o con o personas con trastorno mental grave. Que
además nos habíamos emplazado para valorar otra propuesta diferente a las dos
que ya estaban en la mesa, nuestra propuesta inicial y la de la empresa, y que
no tenía sentido alguno haber demorado la reunión más de un mes y estar en el
mismo punto de partida.
La empresa traslada que la prueba
de conocimientos de la que habla es un mérito, que facilita a los candidatos y
candidatas obtener más puntuación en el baremo, es decir que no es un requisito
para acceder a la bolsa, aunque es obligatoria.
Por nuestra parte, exigimos conocer
en que va a consistir exactamente la prueba y cuál sería el temario específico
para esta prueba. Sin saber esto, no
podíamos aceptar la propuesta bajo ningún concepto. En este punto, la empresa
se compromete a enviar esa información con tiempo suficiente para que la
valoremos e intercambiemos opiniones al respecto en la próxima reunión.
Retomando las puntuaciones del autobaremo,
la empresa nos hace una nueva propuesta bajando la puntuación de la prueba a 15
de los 20 puntos iniciales. Los 5 puntos de diferencia, proponen pasarlos a formación continua. Quedando
entonces, la experiencia profesional en 60 puntos, 25 puntos en formación,
repartidos en formación académica 10 y 15 en formación continua, relacionada
con el puesto.
La valoración de CCOO al respecto
de esta propuesta, es positiva, considerando que la prueba específica, se
considera como mérito y no como requisito, salvando el escollo más importante
de este punto.
Por otra parte, la empresa traslada
a los representantes sindicales que no todos los trabajadores y trabajadoras
eventuales tendrían que hacer la prueba específica, indica que las provincias
que tuvieran procesos de selección realizados desde 2015 se les puntuaría proporcionalmente
según el resultado del proceso de selección que realizaron. En consiguiente,
quedarían exentos los eventuales que participaron en los procesos de selección
últimos de las provincias de Cádiz, Sevilla, Córdoba y Almería. Tendrían que
realizar la prueba los eventuales de las otras provincias.
Por nuestra parte, mostramos
nuestra disconformidad por el trato desigual de los eventuales, de todas las
provincias. Solicitamos a la empresa que nos facilitara alguna normativa o
legislación en la que estuviera basada su propuesta para al menos entender el
porque de este corte.
Este punto quedo pendiente de
aclaración y de cierre.
Se levantó la sesión a las 15;00 H comprometiéndonos
a una nueva reunión el próximo día 29 de Noviembre.
19 noviembre 2016
ACTAS SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE 2016 DEL C. DE EMPRESA FAISEM DE SEVILLA
Nos alerta un anónimo lector sobre nuestro descuido informativo al no publicar por este medio las últimas actas del comité de empresa de Sevilla. Nuestras disculpas por el decuido y nuestro agradecimiento por invitarnos a subsanarlo. En los siguientes enlaces están las actas de septiembre, octubre y la más reciente de 16 de noviembre del 2016.
20 octubre 2016
30 septiembre 2016
CUESTIÓN DE EDUCACIÓN
Como se comentó en una entrada anterior,
sobre el plan de formación que presentó la dirección de FAISEM
solicitamos algunas aclaraciones e información. Es un derecho de los trabajadores recibir esa información. Simultanemente proponíamos cerrar el acta de la reunión del día 20 con
el acuerdo al plan en los términos recogidos en el informe que todos
habréis leído. Eso fue el día 22 de septiembre.
Como el 28 no habíamos
obtenido respuesta se intento por vía telefónica contactar con la
responsable de personal y el responsable de programas de FAISEM, los
miembros de la dirección que debían dar respuesta. Unas doce llamadas a
cada uno sin respuesta. Ambos se justificaron en sendos mensajes
vespertinos con reuniones y nos remitieron para hablar al día siguiente
(ayer). Pero fue que no.
El
detalle es que esta falta de respuesta, esta ausencia de intención de
hablar con nosotros es reiterada y tristemente habitual. Y generalizada
en toda nuestra dirección, desde las delegaciones provinciales hasta la
gerencia. Y lo grave es que no le niegan la respuesta, la información,
la palabra; no le faltan al respeto a una sola persona, sino a todos los
trabajadores de FAISEM cuando habla el presidente del Comité
Intercentros y a todos los afiliados a las Comisiones Obreras cuando
quien les habla es el representante sindical. En mi familia me
inculcaron otro talante. Cuestión de educación.
29 septiembre 2016
A VER SI NOS ACLARAMOS
¿La dirección de FAISEM ha autorizado un curso de formación de coste
100€ para sus trabajadores renunciando a la posibilidad de formación gratuita a través de las
correspondientes bonificaciones de la Fundación Estatal para la Formación en el
Empleo?
El 12 de septiembre la
representación legal de los trabajadores (RLT) se reúne con la dirección de
FAISEM en el seno de la comisión de formación y solicita aclaraciones e
informaciones como condición necesaria e imprescindible para poder emitir
informe favorable al plan de formación propuesto. Este requisito, el del
informe, es indispensable para obtener bonificaciones para formación. Lo que se
solicitaba se resume en pocas palabras: transparencia. Y se concretaba en:
- conocer el proceso de adjudicación a la empresa formadora para el año 2016;
- asegurar la validez de la formación ofertada para los procesos de acreditación;
- facilitar el acceso a todo el personal (fijos y temporales) para que todos pudieran beneficiarse de la gratuidad en su formación;
- y que el tiempo dedicado a la formación se considerase tiempo trabajado.
La respuesta de la dirección, recogida en el acta
del día 12S, no se corresponde con el principio de transparencia exigido a una
fundación pública y no satisfacía el sentido profundo y amplio de lo planteado por la RLT.
Una segunda reunión, el día 20S, no aclaró todas las
cuestiones planteadas. Por ejemplo, la dirección contestó a nuestra solicitud
de información sobre la elección de la empresa formadora para el 2016 con un “pantallazo”
en el que se intuía la resolución para el año 2015 y un gasto para ese año.
Inaceptable. La RLT entendió satisfechas, parcialmente, las
demandas de información solicitadas el día 12S, no siendo así en lo referente a la adjudicación de la empresa formadora
para este año, ni en lo referente a la distribución de crédito para
las acciones formativas de este año, ni en lo referente al montante total
destinado a formación este año, ni en la respuesta emitida sobre cómo se iba
a justificar la financiación propia de la empresa ante la tripartita.
La RLT solicitó 48 horas para
reflexionar sobre cuál debía ser su posicionamiento. Un informe negativo podría
suponer no acceder a las bonificaciones para formación; un informe positivo,
sin la certeza de que el procedimiento se ajustaba fielmente a los preceptos
exigidos, sería incumplir nuestro compromiso sindical de velar por el
cumplimiento de las normas y por el mayor interés de nuestros representados.
El día 22S hicimos llegar el
informe a la dirección. La RLT manifiesta en el mismo su disposición a respaldar la propuesta
formativa de la FAISEM
dando conformidad al plan propuesto para
su posible bonificación con los fondos de la Fundación para el Empleo;
pero lo condiciona a que FAISEM dé la adecuada respuesta sobre las cuestiones
no satisfechas; y manifiesta que si, a posteriori, detectase alguna
irregularidad, lo hará saber al órgano competente para que, si procediese,
adoptase las medidas correspondientes.
Siendo esto así ¿cómo es posible que el día 21S,
al día siguiente de nuestra reunión con la dirección y en plazo de negociación,
se publique un curso gratuito de formación para el personal de FAISEM? ¿Cómo es posible que llamando al
teléfono de información 957520454 te digan que no es tan gratuito, que el
precio para los no fijos es de 100€? ¿Cómo es posible que FAISEM no haya informado
a la RLT del comienzo del curso? ¿Cómo es posible que FAISEM haya dado el visto
bueno a un curso que le va a costar 100€ a la mayoría de los destinatarios
potenciales cuando estamos dando el visto bueno a la bonificación que supone la
gratuidad de los mismos?
La RLT, desde hace muchos años,
viene reclamando para el personal de FAISEM la formación adecuada para el mejor
desempeño de su trabajo, sobre todo para aquel que, siendo mayoritario en la
fundación, desarrolla su trabajo de forma directa con los usuarios y sin la
adecuada cualificación. Y para ello entiende la conveniencia de que la
formación pueda ser bonificada, expresando su deseo de que así sea. Pero no a
cualquier precio y sin que se cumplan los principios de transparencia,
calidad, eficacia y eficiencia; el carácter gratuito y la igualdad en el acceso
de los trabajadores a la formación y a las ayudas a la misma.
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