Punto de encuentro para los trabajadores de FAISEM.

Alertas FAISEM

23 marzo 2017

YO QUISIERA DENUNCIAR......

Supogamos que alguna persona quisiese hacernos llegar una información algo delicada. Pongamos un hipotético ejemplo:

"Hola, hace unos días  se despidió a un compañero . Según mis informaciones, resulta que hacía los 3 años de contrato y le han despedido para no hacerle fijo. Imagino que el compañero habrá denunciado o llegado a un acuerdo, eso no lo sé. Este trabajador ha sido sustituido por otra persona, no por trabajadores eventuales, sino por un familiar directo de la Dirección  que no ha trabajado nunca en la institución. Quisiera denunciar ambas situaciones y saber si vais a hacer algo al respecto. Muchas gracias". 

Esta persona debería entender que este escrito, remitido desde el más absouto anonimato, sin opción a comunicar con la persona que presenta la supuesta irregularidad y sin opción de contrastar la información, no puede ser publicado en nuestro blog. No podemos asumir las responsabilidades de una acusación tan grave sin tener ningún tipo de garantía de su verosimilitud. Otra cuestión diferente sería si la persona se identificase y asumiese la hipotética denuncia de una situación semejante.

Para este tipo de situaciones resulta más conveniente el canal privado. Si hubiese alguien que conociese una situación semejante a la del ejmplo hipotético y creyese conveniente compartirla con nosotros, le sugerimos que envíe un correo a la dirección faisemccoo@hotmail.com. Desde ahí le podremos dar el tratamiento adecuado. O que se ponga en contacto con los delegados sindicales que tenga más próximos.

Lo que sí podemos decir es que, si alguien tiene conocimiento de que estas situaciones se producen, lo honesto y lógico sería denunciarlo, a través de los canales razonables y propicios para ello. Y que nosotros, al tener conocimiento de la situación, haremos todo lo posible para, en primer lugar, esclarecer el asunto y, si así fuese necesario, denunciarlo y defender la praxis más correcta.


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01 marzo 2017






    
INFORMA


La ITSS, en septiembre del 2016, elevó requerimiento a FAISEM para que, con carácter inmediato, adoptase las medidas oportunas para que no se duplique la jornada laboral, so pena de multa de entre 626 € y 6250 € en caso de incumplimiento de dicho requerimiento.

Según el requerimiento de la ITSS, no se podrán doblar turnos salvo en aquellos casos imprevisible o inevitables. En caso contrario se estaría incumpliendo el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores sobre descanso mínimo de doce horas entre jornadas.

Por lo tanto, la dirección deberá prever esas situaciones para evitar que se tengan que doblar turnos acudiendo a la contratación cuando fuera necesario.


Animamos a quienes se vean afectados por posibles incumplimientos de este requerimiento a que lo comuniquen al delegado de la sección sindical de CCOO o a los delegados sindicales de sus respectivos centros.
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23 febrero 2017

VACACIONES 2017

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 40 de nuestro convenio ( “Los criterios para fijar el calendario de vacaciones se establecerán entre la empresa y los representantes de los trabajadores”) y desde el 26 de noviembre del 2016 hasta el 20 de febrero del 2017 la RLT (comité intercentros) ha mantenido reuniones con la gerencia para establecer criterios generales sobre el disfrute de vacaciones. Aunque debemos valorar negativamente esta excesiva demora, también debemos acoger con satisfacción el acuerdo finalmente alcanzado, que mejora sustancialmente las condiciones mínimas por las que se concedían las vacaciones hasta la fecha.
Este acuerdo no desdice lo establecido en el estatuto de los trabajadores, que establece en el artículo 38.2. “El periodo o periodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones. En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción social fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente”.  Pero favorece y facilita ampliamente las posibilidades de acuerdo entre las partes.
 La propuesta de la dirección era semejante a la del 2014, incluyendo un condicionante nuevo: la permanencia de una persona de estructura por turno, para la concesión de vacaciones (“Teniendo en cuenta que ningún turno podrá quedar cubierto en su totalidad por trabajadores con contrato de sustitución”)
La RLT ha vinculado la negociación a lo establecido en el DL 05/2016 de 11 de octubre, en lo referente a:
o   la recuperación de derechos;
o   a favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral;
o   y a la creación de empleo.

Y ha tenido en cuenta en sus propuestas asegurar la continuidad y la calidad en la asistencia que dispensamos. Por eso ha planteado a la dirección agilizar la negociación de la bolsa de contratación temporal y hacer previsión de contratación.
El resto de propuestas de la RLT para establecer los criterios mínimos para la concesión y disfrute de los períodos vacacionales han sido:
·   el compromiso de la dirección de cubrir las vacantes estructurales;
· el compromiso de cobertura de las vacaciones con contrataciones por períodos completos;
·   la ampliación del período de solicitud de vacaciones hasta  el 20 de marzo;
·  posibilidad de coincidencia del 50% del personal de cada servicio en el mismo período de vacaciones;
·   hacer extensivo el criterio anterior a todo el año;
·  no utilización del personal correturnos “R” para cobertura de vacaciones;
·  posibilidad de disfrutar las vacaciones del año en curso hasta la primera quincena del año siguiente con carácter ordinario.
En el acuerdo final (que sólo tiene validez para el 2017) se recogen las propuestas de la RLT en lo referente a
-        la ampliación del período de solicitud de vacaciones;
-        la ampliación del número de personas que pueden coincidir en el disfrute de un mismo período vacacional;
-        la ampliación a todo el año de esa posibilidad de coincidencia;
-        la posibilidad de poder incrementar esa coincidencia, en los recursos con doce o más trabajadores, en una persona más, durante los meses de julio y agosto, siempre que haya disponibilidad de personas para su cobertura con experiencia acreditada;
-        para el resto del personal (de recursos de menos de doce personas o que no pertenezcan al programa residencial) en los meses de julio, agosto y segunda quincena de diciembre se mantendrán las mismas condiciones que hasta el momento se venían disfrutando, por ser más ventajosas;
-        el compromiso de no usar a los refuerzos para cobertura de vacaciones, salvo posibles excepciones;
-        se procurará la cobertura máxima posible de los períodos de vacaciones con personal sustituto.
El esfuerzo negociador (por ambas partes en este caso) ha sido grande y creemos que los resultados son muy satisfactorios.
Queda por ver hasta dónde alcanza el esfuerzo de la dirección por cumplir sus compromisos de contratación, para facilitar el reparto de las cargas de trabajo durante los períodos vacacionales del personal, favorecer la conciliación de la vida familiar, personal y laboral; y asegurar la continuidad y la calidad en la asistencia. Esperemos que sean generosos en este sentido, que nosotros ya lo hemos sido en los años precedentes.


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09 febrero 2017

UN POCO DE RESPETO NO VENDRÍA MAL

A/A MANUEL ALEN.
        GERENTE DE FAISEM
  
Sevilla, 9 de febrero del 2017

Señor Alén:

El pasado 14 de diciembre la Gerencia de FAISEM trasladó a la RLT el siguiente criterio para el disfrute de las vacaciones:
“El número de trabajadores/as que pueden coincidir en el mismo periodo será de dos, salvo en los meses de julio, agosto y segunda quincena de diciembre, donde podrán coincidir hasta cuatro trabajadores de un mismo centro de trabajo. Teniendo en cuenta que en ningún turno podrá quedar cubierto en su totalidad por trabajadores con contrato de sustitución”
La RLT rechazó tajantemente este criterio pues es aún más restrictivo que el anterior, acordado en el año 2014 en época de restricciones y recortes de derechos.
El artículo 40 de nuestro convenio establece que: “Los criterios para fijar el calendario de vacaciones se establecerán entre la empresa y los representantes de los trabajadores”. El convenio también establece una exigencia de plazo a los trabajadores para solicitar las vacaciones, que expira el 28 de febrero.

En aras de dar cumplimiento a ese precepto convencional, el 14 de diciembre se instó a la gerencia a mantener la correspondiente reunión negociadora y ésta se comprometió a mantenerla en el mes de febrero.

Tras la insistencia por parte de la RLT en solicitar esa reunión (pues la gerencia no se había pronunciado al respecto) el 7 de Febrero se nos propone mantener dicha reunión el día 23 de Febrero, último día hábil antes de la finalización del plazo para la solicitud de vacaciones. Ante ello queremos hacer constar:
  • No nos parece seria ni respetuosa la dilación en fijar esta reunión el día 23 de febrero, teniendo en cuenta que había sido acordada el 14 de diciembre del año anterior.
  • Habida cuenta que nuestro convenio obliga a los trabajadores a solicitar sus periodos vacacionales antes del fin de febrero, mantener la reunión el día 23 imposibilita que estos tengan en cuenta ningún criterio a la hora de solicitarlos ya que sólo tendrían un día hábil para hacerlo después de la reunión.
  • Esta reunión deberá mantenerse teniendo en cuenta el contexto de recuperación de derechos suspendidos en septiembre del 2012, tal y como recoge el DL 5/2016 de 11 de octubre.
Es por ello que instamos a la empresa a proponer esta reunión entre los días 13 y 17 de Febrero a más tardar.


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06 febrero 2017

¿PARA CUANDO SEÑOR?


El jueves, 2 de febrero del 2017, la RLT solicitó al señor gerente que se fijase fecha de reunión para poder abordar, fundamentalmente, dos asuntos: criterios para el disfrute de vacaciones 2017, según se acordó en la reunión del 13E; y puesta en marcha del procedimiento específico de acreditación. Se le transmitió la importancia de ambos asuntos para las personas que trabajamos en FASIEM, con lo que el gerente pareció estar de acuerdo, por lo que se comprometió a dar fecha para esa reunión al día siguiente.
Pero el señor Alén Fidalgo, gerente de FAISEM, sigue haciendo de su capa un sayo y demostrando que los trabajadores importan poco o nada. Y hoy, lunes 6 de febrero, a las 14.00 horas, seguimos sin respuesta.
Tras la promulgación del DL 5/2016 la RLT urgió al gerente a una reunión (26 de octubre de 2016) para dar comienzo a las negociaciones que el DL establecía para hacer efectiva la recuperación de la jornada de 35 horas. Sin embargo, en esta primera reunión el gerente se limitó a reconocer que la medida nos afectaba, condicionándola a su refrendo en la ley de presupuestos 2017 y nos anunciaba que en breve se estudiarían los nuevos cuadrantes. Gran compromiso.
El 14 de diciembre de 2016 tuvimos otra reunión con la gerencia para, suponíamos, comenzar la negociación de la recuperación de la jornada de 35 horas. Pero la dirección dio pocas opciones a ello y dejó clara su decisión continuista de los nuevos cuadrantes, además de plantear restricciones para el disfrute de vacaciones. La RLT mostró claramente en esta reunión su desacuerdo con las propuestas de la gerencia. Y manifestó que el DL establecía que la recuperación de la jornada de 35 horas debe ir en la línea de recuperación general de los derechos existentes a 21 de septiembre de 2012.
En una tercera reunión, el 13 de enero del 2017, aunque en el acta se recoge la exigencia del DL de implantar la jornada de 35 horas a través de la negociación, la dirección dejó claro, de nuevo, que siendo la organización práctica del trabajo una facultad de la dirección, el margen negociador era escaso. La RLT volvió a recordar que el DL habla de "recuperar'' la jornada (lo que se perdió en septiembre del 20L2) y que lo hace en los siguientes términos: “La recuperación de la jornada laboral de treinta y cinco horas semanales, se enmarca, pues, en el proceso de recuperación progresiva durante la presente legislatura de todos los derechos que fueron suspendidos al personal empleado público, y con ella se da respuesta a las necesidades de este personal y a sus expectativas de profundizar en la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, al mismo tiempo que contribuye a la creación de empleo”. La RLT expuso ejemplos de cuadrantes con situaciones muy alejadas de las existentes en septiembre del 2012, que dificultan la conciliación de la vida familiar y laboral y que no suponían creación de empleo. Ante esta evidencia la gerencia lanzaba la generosa propuesta de “estudiar los cuadrantes de los centros del programa residencial (…), a fin de revisarlos con la intención de subsanar posibles errores, de existir éstos”. Y la RLT manifestó que, “ante la falta de negociación, con los cuadrantes ya elaborados y con deficiencias, acepta la propuesta”.
En ese contexto y en esos términos se produjo la reunión propuesta por el gerente. De esta reunión la responsable del departamento de administración y personal pretende levantar acta, convirtiendo un acto de entrega de cuadrantes, para que se reparen errores, en una mesa negociadora de asuntos varios. Quienes en representación de los trabajadores estuvimos allí nos ratificamos en lo expuesto en las reuniones del C. Intercentros con la gerencia (cumplir con el DL 5/16, recuperando la jornada en las condiciones mínimas del 2012, conciliación de la vida familiar y laboral y creación de empleo) sin que mediasen negociación ni, por tanto, acuerdos.
Quedaba pendiente de las reuniones anteriores la negociación de los criterios de disfrute de vacaciones. Y así se le hizo ver al gerente el pasado día 2, solicitándole dar cumplimiento al compromiso que adquirió el 13 de enero de convocar, para este mes, convocar reunión para tratar ese asunto.
Hemos solicitado de nuevo al gerente esta necesaria reunión. Creo que con este resumen quedamos todos al tanto de en qué punto estamos sobre este asunto. Podemos ir planteando cuantas acciones nos parezcan convenientes y adecuadas para exigirle al gerente una actitud más respetuosa hacia el personal de FAISEM.
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26 enero 2017

ACTA DEL C.E. DE SEVILLA 18 ENERO 2017


Acta de la reunión del C. de Empresa de FAISEM-Sevilla del 18 de enero del 2017 en la que se trataron los siguientes asuntos:
  
1.- Valoración de la reunión con gerencia el 13E 2017.

2,- Valoración de la reunión del grupo de trabajo I.S.T.A.S.
3.- Deficiencias ambientales en casa-hogar Flor de Salvia.
4.- Resoluciones de la I.T.S.S.
5.- Reclamación de derechos laborales.
6.- Nombramiento de nuevo delegado de prevención.
7.- Recuperación de la parte proporcional de la paga extra.
8.- Ruegos y preguntas.

En el siguiente enlace se puede acceder al acta completa.

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20 enero 2017

REUNIÓN CON LA GERENCIA: CUADRANTES Y OTRAS YERBAS


Acta de la reunión de la RLT de FAISEM con la gerencia el pasado día 13 de enero para desarrollar el siguiente orden del día: 
1.- Jornada laboral de 35 horas para 2017; 
2.- Propuesta de plan de estabilidad de empleo temporal; 
3.- Ruegos y preguntas donde se piden al gerente aclaraciones sobre las noticias relativas al informe de la Cámara de Cuentas sobre FAISEM


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14 enero 2017

CCOO PRESENTA A LA GERENCIA DE FAISEM UNA PROPUESTA DE ESTABILIZACIÓN DE EVENTUALES

La FSS-CCOO Andalucía viene reclamando de forma reiterada un plan de actuación para la estabilización de los eventuales de Faisem y la cobertura de las vacantes estructurales de la plantilla. Por ello, esta organización sindical ha presentado hoy a la gerencia de la fundación una propuesta con la que se pretende no judicializar las relaciones laborales en Faisem y teniendo en cuenta que desde la Administración sanitaria se están alcanzando acuerdos para solventar estas situaciones.

"Entendemos que el modelo de contratación que se efectúa en Faisem no es el adecuado por la situación que desde 2012 viene produciéndose debido a la imposibilidad de generar empleo estable. Sin embargo, este impedimento no puede justificar la generación de una contratación precaria en esta fundación pública", mantiene la responsable de Fundaciones de la FSS-CCO Andalucía, Eva Díaz de Terán.

De igual forma, esta organización sindical considera que las diferentes modalidades de contratación temporal tienen una causalidad y un tiempo determinado y no pueden utilizarse de forma irregular para coberturas de vacantes estructurales.

El escenario en el que nos encontramos desde entonces es el siguiente:
  1. Todos los centros de trabajo de Faisem están dotados de una plantilla que debe acogerse a la normativa vigente para centros de atención a personas con TMG.
  2. Estos centros de trabajo tienen un número determinado de trabajadores necesarios, donde coexisten personal indefinido y eventuales en la mayoría de los casos.
  3. Desde 2012, no se ha podido realizar ninguna convocatoria de cobertura de plazas de estructura.
  4. Estas plazas de estructura se han venido cubriendo de diversa forma. En la mayoría de los casos por contratos de obra y servicio o acumulación de tareas.
  5. En algunos casos estos contratos de obra y servicio ya han superado el tope máximo temporal para esta modalidad de contrato.
  6. En el resto, la contratación que se esta realizando para una vacante estructural de plantilla suele ser un contrato de obra y servicio ofertado mes a mes y renovable por un tiempo máximo de seis meses. Finalizado este tiempo, al trabajador eventual se le oferta, en caso de necesidad o corresponderle por las bolsas de contratación, otro contrato de idénticas características pero en otro centro.
  7. Desde hace casi siete años, no se ha procedido a cubrir ningún puesto por jubilación, incapacidad, fallecimiento o extinciones de relación laboral indefinida, que se han sumado a los puestos de nueva creación con la apertura de nuevos centros de trabajo.

La propuesta de CCOO es la siguiente:
  1. Solicitud de información, sobre todas las vacantes estructurales por provincia que hay en estos momentos en Faisem.
  2. Conversión en indefinidos no fijos de los eventuales que tienen un contrato eventual de más de tres años en el  mismo puesto. Igualmente a los trabajadores que han acumulado más de 24 meses con contrato eventual en un periodo de 30 meses, acatando así la legislación vigente.
  3. Sobre las vacantes estructurales: 
  • en primer lugar solicitamos que la gerencia de la Fundación solicite una oferta pública de empleo para la cobertura de dichas plazas a la Consejería de Economía y Hacienda.
  • en segundo lugar, que en caso de no poder realizar la oferta de empleo público, se oferten contratos indefinidos no fijos u otra modalidad de contrato que estabilice la contratación y pasemos a una contratación regular de eventuales.
  • en tercer lugar, erradicar la contratación irregular que se está haciendo sobre vacantes estructurales, con contratos por obra y servicio, renovándose cada mes, con un tope de seis meses y acabado éste la misma vacante se le oferte a otro eventual.
     4. Conformar una comisión de negociación y seguimiento sobre este asunto a la mayor brevedad    posible.

Entendemos que éste es un proceso con dificultades, pero que hay que abordarlo con urgencia, aun más a la luz de las diferentes sentencias que se están generando en el ámbito laboral sobre la contratación de eventuales para cubrir vacantes estructurales.

Con esta propuesta pretendemos no judicializar las relaciones laborales en Faisem, que además de ser muy costosas para todas las partes no debe de ser solución a esta situación. Asimismo, hay que tener en cuenta que desde la Administración sanitaria se están alcanzando acuerdos para solventar estas situaciones, mucho más complejas y con un número de afectados mucho mayor que el que pueda darse en Faisem,
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29 diciembre 2016

PROCESO ACREDITA 2017


CCOO INFORMA:
Ayer se publicó en boja un nuevo proceso acredita. Para las compañeras y compañeros que estén interesados, las plazas de nuestro ámbito son las siguientes:

  • Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sanitarias.... 900 plazas
  • Atención sociosanitaria a personas en domicilio.... 1800 plazas
  • Transporte sanitario...100 plazas
El Plazo de solicitudes del 1 al 21 de febrero de 2017

Recordad que la acreditación que se requiere para el personal de FAISEM es la de atención sociosanitaria en instituciones

En el siguiente enlace podéis acceder al texto completo de la Resolución para el proceso Acredita-2017, publicada en BOJA el 28 de diciembre.
 
Acceso BOJA ACREDITA 2017

 ¡¡¡¡ FELIZ 2017 !!!!
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23 noviembre 2016

NEGOCIACIÓN DE LA REGULACIÓN DE LA BOLSA DE CONTRATACIÓN TEMPORAL




                    VALORACION REUNION DE LA COMISION DE BOLSA REGIONAL FAISEM
10 DE NOVIEMBRE DE 2016.

ASISTENTES:
Por la empresa Pilar Campos y Luis Fernández
Por la RLT de CCOO Yolanda y Joaquín de Granada, Julia de Sevilla y Eva de Cádiz. Por UGT José Antonio e Isabel y por CGT Loli.

ANTECEDENTES:
Recordamos que en la anterior sesión, las partes se emplazaron a trabajar sobre una nueva propuesta de autobaremo, debido a que la propuesta de la empresa, no se acercaba a la solicitud de la RLT.

La propuesta, que hacemos llegar a la empresa, hace hincapié en valorar fundamentalmente la experiencia profesional, la formación continua y la académica.

Comienza la reunión con una valoración de la empresa sobre la propuesta de baremos que le hizo llegar la representación de los trabajadores. Deja manifiestamente claro, no estar de acuerdo con la RLT. Fundamentalmente por que la propuesta presentada por nuestra parte, eliminaba las pruebas de conocimiento del baremo.

La empresa sigue insistiendo en que necesitan tener una herramienta que les sirva para valorar las aptitudes, actitudes y conocimientos de los candidatos y candidatas, y que ya habían renunciado a la realización de entrevistas y no estaban en disposición de aprobar un autobaremo que solo considerara prácticamente la experiencia profesional, ya que a su criterio no hay apenas formación continua especifica en materia de salud mental. Además ponen de manifiesto que con este baremo habrá un ingente número de profesionales que cumplan con el requisito de la formación académica y que no tengan conocimiento específico sobre el trabajo que realizamos en FAISEM.

Por nuestra parte manifestamos que en la anterior reunión ya comunicamos nuestro desacuerdo con el baremo y la  distribución de los puntos, y por supuesto nuestro desacuerdo con tener que realizar ningún tipo de prueba para contratos eventuales. Este argumento es el que sustenta nuestra propuesta, incidiendo en la formación académica y la formación continua específica, evitando que pueda inscribirse cualquier profesional que no tenga formación específica y experiencia en el sector, o con o personas con trastorno mental grave. Que además nos habíamos emplazado para valorar otra propuesta diferente a las dos que ya estaban en la mesa, nuestra propuesta inicial y la de la empresa, y que no tenía sentido alguno haber demorado la reunión más de un mes y estar en el mismo punto de partida.
La empresa traslada que la prueba de conocimientos de la que habla es un mérito, que facilita a los candidatos y candidatas obtener más puntuación en el baremo, es decir que no es un requisito para acceder a la bolsa, aunque es obligatoria.
Por nuestra parte, exigimos conocer en que va a consistir exactamente la prueba y cuál sería el temario específico para esta prueba. Sin saber esto,  no podíamos aceptar la propuesta bajo ningún concepto. En este punto, la empresa se compromete a enviar esa información con tiempo suficiente para que la valoremos e intercambiemos opiniones al respecto en la próxima reunión.

Retomando las puntuaciones del autobaremo, la empresa nos hace una nueva propuesta bajando la puntuación de la prueba a 15 de los 20 puntos iniciales. Los 5 puntos de diferencia, proponen  pasarlos a formación continua. Quedando entonces, la experiencia profesional en 60 puntos, 25 puntos en formación, repartidos en formación académica 10 y 15 en formación continua, relacionada con el puesto.

La valoración de CCOO al respecto de esta propuesta, es positiva, considerando que la prueba específica, se considera como mérito y no como requisito, salvando el escollo más importante de este punto.

Por otra parte, la empresa traslada a los representantes sindicales que no todos los trabajadores y trabajadoras eventuales tendrían que hacer la prueba específica, indica que las provincias que tuvieran procesos de selección realizados desde 2015 se les puntuaría proporcionalmente según el resultado del proceso de selección que realizaron. En consiguiente, quedarían exentos los eventuales que participaron en los procesos de selección últimos de las provincias de Cádiz, Sevilla, Córdoba y Almería. Tendrían que realizar la prueba los eventuales de las otras provincias.

Por nuestra parte, mostramos nuestra disconformidad por el trato desigual de los eventuales, de todas las provincias. Solicitamos a la empresa que nos facilitara alguna normativa o legislación en la que estuviera basada su propuesta para al menos entender el porque de este corte.

Este punto quedo pendiente de aclaración y de cierre.

Se levantó la sesión a las 15;00 H comprometiéndonos a una nueva reunión el próximo día 29 de Noviembre.
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19 noviembre 2016

ACTAS SEPTIEMBRE, OCTUBRE, NOVIEMBRE 2016 DEL C. DE EMPRESA FAISEM DE SEVILLA

Nos alerta un anónimo lector sobre nuestro descuido informativo al no publicar por este medio las últimas actas del comité de empresa de Sevilla. Nuestras disculpas por el decuido y nuestro agradecimiento por invitarnos a subsanarlo. En los siguientes enlaces están las actas de septiembre, octubre y la más reciente de 16 de noviembre del 2016.









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30 septiembre 2016

CUESTIÓN DE EDUCACIÓN


Como se comentó en una entrada anterior, sobre el plan de formación que presentó la dirección de FAISEM solicitamos algunas aclaraciones e información. Es un derecho de los trabajadores recibir esa información. Simultanemente proponíamos cerrar el acta de la reunión del día 20 con el acuerdo al plan en los términos recogidos en el informe que todos habréis leído. Eso fue el día 22 de septiembre. 

Como el 28 no habíamos obtenido respuesta se intento por vía telefónica contactar con la responsable de personal y el responsable de programas de FAISEM, los miembros de la dirección que debían dar respuesta. Unas doce llamadas a cada uno sin respuesta. Ambos se justificaron en sendos mensajes vespertinos con reuniones y nos remitieron para hablar al día siguiente (ayer). Pero fue que no.

El detalle es que esta falta de respuesta, esta ausencia de intención de hablar con nosotros es reiterada y tristemente habitual. Y generalizada en toda nuestra dirección, desde las delegaciones provinciales hasta la gerencia. Y lo grave es que no le niegan la respuesta, la información, la palabra; no le faltan al respeto a una sola persona, sino a todos los trabajadores de FAISEM cuando habla el presidente del Comité Intercentros y a todos los afiliados a las Comisiones Obreras cuando quien les habla es el representante sindical. En mi familia me inculcaron otro talante. Cuestión de educación.


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