Alertas FAISEM
28 septiembre 2017
PARIPÉS
Leo en el grupo de Facebook de monitores de FAISEM una queja sobre el paripé que son las Bolsas de contratación. Y lo suscribo. Es así. Pero es un paripé contra el cual un grupo de compañeros lleva tiempo enfrentándose, intentando ponerle orden. Para eso se creó una comisión. Pero la empresa sigue dándonos una y otra vez vueltas con su prepotencia. Y nosotros, que somos más, no somos capaces de pararles los pies. En la próxima comisión que haya al respecto nos vamos todos a la puerta de los Servicios Centrales a hacer fuerza mientras nuestros compañeros intentan negociar un poco de orden y honestidad en esa bolsa. Y así contra todos los paripés, que esta fundación pública de esos tiene unos cuantos.
21 septiembre 2017
EL GERENTE SÍ CONTESTÓ... A MEDIAS.
Publicábamos en este blog hace dos días una entrada quejándonos de la falta de respuesta del señor gerente de FAISEM a nuestra reclamación por no haber cobrado los atrasos correspondientes a la subida salarial del 1% de enero a junio. Sin embargo esa respuesta sí se había recibido y aquí la publicamos, solicitando al gerente que acepte nuestras disculpas por habernos dejado llevar por la inercia: tan acostumbrados estamos a no ser atendidos que nos pilló desprevenidos tan pronta respuesta. Nuestras disculpas don Manuel. Otra cuestión es que la respuesta aclare el por qué del retraso. Pero es lo que hay.
Lo cierto es que nuestro escrito también solicitaba una respuesta a la subida de "sus" salarios en un 9% en el año 2013. Hay que recordar que el pasado 6 de abril, en la Comisión de Salud del
Parlamento Andaluz, todos los grupos políticos con
representación parlamentaria, a excepción del PSOE, se hicieron eco de lo que
reflejaba en su pg. 59 la Memoria de Cuentas 2014 de la FAISEM:
“Las
remuneraciones del personal con funciones directivas de la Fundación, han
supuesto 525.685,90 en el ejercicio 2014 correspondiente a doce personas y
478.706,59 € en el ejercicio 2013 correspondiente a doce personas en concepto
de sueldos y salarios. El personal con funciones directivas se compone del
Gerente (alta dirección), los responsables de los departamentos de Programas y
Económico—Financiero, Administración, Personal y los Delegados Provinciales”.
Es decir,
una subida del 9% que los ponentes calificaron de poco ética. Pero que el gerente no reconoce, es más, sostiene que ese año sus salarios menguaron.
Pues eso, que gracias por nada señor gerente.
19 septiembre 2017
23 junio 2017
CCOO denuncia la absoluta opacidad en la contratación en la Fundación pública FAISEM
El presidente del Comité de Empresa de FAISEM en Sevilla ha presentado una queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz referida a la situación de las personas inscritas en la bolsa de trabajo en la provincia de Sevilla, muchas de las cuales se vienen quejando de manera reiterada de que personas con menos puntuación en reciben ofertas de trabajo y son contratadas. Desde el Comité de Empresa se ha podido constatar en más de un ocasión esta situación.
La Fundación Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental Grave (FAISEM), dependiente al 100% de la Junta de Andalucía, cuenta con una Bolsa de Trabajo, pero el funcionamiento de la misma se desarrolla, según el Sindicato Provincial de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Sevilla, “en condiciones de total opacidad y oscuridad, de manera que ni las personas inscritas en la misma, que observen o tengan la sospecha de que otras personas inscritas en esa bolsa y que vienen recibiendo ofertas de empleo tienen menos puntos que otras personas a quienes no se contrata, ni la representación de los trabajadores y trabajadoras, tienen medios de comprobar esa duda o sospecha”.
El presidente del Comité de Empresa de FAISEM de Sevilla ha presentado una queja ante el Defensor del Pueblo Andaluz. Esta queja se refiere a la situación de las personas inscritas en la bolsa de trabajo FAISEM en la Provincia de Sevilla, muchas de las cuales se vienen quejando de manera reiterada de que personas con menos puntuación en Bolsa que ellas reciben ofertas de trabajo y son contratadas, en tanto que ellas, con más puntuación, no reciben ninguna. Situación que desde el Comité de Empresa se ha podido constatar en más de un ocasión.
Según el Sindicato Provincial de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Sevilla, “esa total falta de transparencia para comprobar si esas personas tienen o no más derecho que ellas a ser contratadas, se debe a que ni los candidatos inscritos en bolsa ni la representación legal de los trabajadores y trabajadoras tienen acceso a los movimientos de la bolsa ni al lugar que ocupan, al no existir regulación ni publicación de la evolución de la contratación en dicha bolsa. Lo que sí hemos constatado es que personas con menos puntuación son contratadas, mientras otras con mayor puntuación no reciben esas ofertas de trabajo”.
“Esta absoluta Opacidad en la contratación, en una entidad de carácter público, no puede mantenerse ni justificarse ni un solo día más por el hecho de que se esté intentando unificar criterios de contratación a nivel regional, tanto más cuanto la representación de la empresa dilata esas negociaciones mientras sigue contratando personal en situación de absoluta oscuridad”, aseguran desde el Sindicato Provincial de Sanidad y Sectores Sociosanitarios de CCOO de Sevilla
15 junio 2017
12 abril 2017
EL GERENTE NO MENTÍA
El pasado 13 de enero la representación de los trabajadores de FAISEM a nivel autonómico, en reunión con el gerente, le preguntaba por las noticias aparecidas unos días antes en la prensa en referencia a la subida salarial del 9% de 12 cargos de esta pública fundación en el año 2013, dato que se había puesto de manifiesto tras la publicación del informe de fiscalidad de las cuentas de FAISEM emitido por la Cámara de Cuentas de Andalucía. La respuesta del señor gerente quedó recogida en el acta de la reunión y decía:
Y lleva razón el gerente, porque el informe de la Cámara de Cuentas no hace referencia a esa subida, aunque refleja otras irregularidades sobre las que no se le preguntaba aquel día ni la prensa se hizo eco de ellas.
Sin embargo, el 6 de abril, en la Comisión de Salud del Parlamento de Andalucía, y durante la presentación del citado informe por parte del presidente dela Cámara de Cuentas, cuatro de los cinco portavoces de los distintos grupos parlamentarios (todos, salvo la del PSOE) mostraron su extrañeza por esa situación: la subida salarial de la que se beneficiaron en el año 2014 doce cargos de FAISEM. Y no porque lo diga la prensa en una interpretación falsa y difamatoria, sino porque es lo que se puede ver en las propia Memoria de Cuentas de FAISEM de ese año (pg. 59), auditadas por la Cámara:
Por tanto, el gerente no mintió. La Cámara de Cuentas no se pronunció a ese respecto del aumento salarial. Pero lo que no nos dijo el gerente de FAISEM es que la información a la que hacía referencia la prensa sí era cierta, aunque no proviniese de la mencionada cámara, sino de sus propias cuentas.
El gerente no mintió, pero no nos dijo la verdad.
23 marzo 2017
YO QUISIERA DENUNCIAR......
Supogamos que alguna persona quisiese hacernos llegar una información algo delicada. Pongamos un hipotético ejemplo:
"Hola, hace unos días se despidió a un compañero . Según mis informaciones, resulta que hacía los 3
años de contrato y le han despedido para no hacerle fijo. Imagino que
el compañero habrá denunciado o llegado a un acuerdo, eso no lo sé. Este
trabajador ha sido sustituido por otra persona, no por trabajadores
eventuales, sino por un familiar directo de la Dirección que no ha trabajado nunca en la institución. Quisiera denunciar
ambas situaciones y saber si vais a hacer algo al respecto. Muchas
gracias".
Esta persona debería entender que este escrito, remitido desde el más absouto anonimato, sin opción a comunicar con la persona que presenta la supuesta irregularidad y sin opción de contrastar la información, no puede ser publicado en nuestro blog. No podemos asumir las responsabilidades de una acusación tan grave sin tener ningún tipo de garantía de su verosimilitud. Otra cuestión diferente sería si la persona se identificase y asumiese la hipotética denuncia de una situación semejante.
Para este tipo de situaciones resulta más conveniente el canal privado. Si hubiese alguien que conociese una situación semejante a la del ejmplo hipotético y creyese conveniente compartirla con nosotros, le sugerimos que envíe un correo a la dirección faisemccoo@hotmail.com. Desde ahí le podremos dar el tratamiento adecuado. O que se ponga en contacto con los delegados sindicales que tenga más próximos.
Lo que sí podemos decir es que, si alguien tiene conocimiento de que estas situaciones se producen, lo honesto y lógico sería denunciarlo, a través de los canales razonables y propicios para ello. Y que nosotros, al tener conocimiento de la situación, haremos todo lo posible para, en primer lugar, esclarecer el asunto y, si así fuese necesario, denunciarlo y defender la praxis más correcta.
02 marzo 2017
01 marzo 2017
INFORMA
La ITSS, en septiembre del 2016, elevó requerimiento a
FAISEM para que, con carácter inmediato, adoptase las medidas oportunas para
que no se duplique la jornada laboral, so pena de multa de entre 626 € y 6250 €
en caso de incumplimiento de dicho requerimiento.
Según el requerimiento de la ITSS, no se podrán doblar
turnos salvo en aquellos casos imprevisible o inevitables. En caso contrario se
estaría incumpliendo el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores sobre
descanso mínimo de doce horas entre jornadas.
Por lo tanto, la dirección deberá prever esas situaciones
para evitar que se tengan que doblar turnos acudiendo a la contratación cuando
fuera necesario.
Animamos a quienes se vean afectados por posibles
incumplimientos de este requerimiento a que lo comuniquen al delegado de la
sección sindical de CCOO o a los delegados sindicales de sus respectivos
centros.
23 febrero 2017
VACACIONES 2017
En
cumplimiento de lo establecido en el artículo 40 de nuestro convenio ( “Los criterios para fijar el calendario de
vacaciones se establecerán entre la empresa y los representantes de los
trabajadores”) y desde el 26 de noviembre del
2016 hasta el 20 de febrero del 2017 la RLT (comité intercentros) ha mantenido
reuniones con la gerencia para establecer criterios generales sobre el disfrute
de vacaciones. Aunque debemos valorar negativamente esta excesiva demora,
también debemos acoger con satisfacción el acuerdo finalmente alcanzado, que
mejora sustancialmente las condiciones mínimas por las que se concedían las
vacaciones hasta la fecha.
Este
acuerdo no desdice lo establecido en el
estatuto de los trabajadores, que establece en el artículo 38.2. “El periodo o
periodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el
trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios
colectivos sobre planificación anual de las vacaciones. En caso de desacuerdo
entre las partes, la jurisdicción social fijará la fecha que para el disfrute
corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y
preferente”. Pero favorece y facilita ampliamente las posibilidades de
acuerdo entre las partes.
La
propuesta de la dirección era semejante a la del 2014, incluyendo un
condicionante nuevo: la permanencia de una persona de estructura por turno,
para la concesión de vacaciones (“Teniendo
en cuenta que ningún turno podrá quedar cubierto en su totalidad por
trabajadores con contrato de sustitución”)
La RLT ha
vinculado la negociación a lo establecido en el DL 05/2016 de 11 de octubre, en
lo referente a:
o
la
recuperación de derechos;
o
a
favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral;
o
y a
la creación de empleo.
Y ha tenido en cuenta en sus propuestas asegurar la continuidad y la calidad en la asistencia que dispensamos. Por eso ha planteado a la dirección agilizar la negociación de la bolsa de contratación temporal y hacer previsión de contratación.
El resto de propuestas
de la RLT para establecer los criterios mínimos para la concesión y disfrute de
los períodos vacacionales han sido:
· el compromiso de la dirección de cubrir las vacantes
estructurales;
· el compromiso de cobertura de las vacaciones con contrataciones
por períodos completos;
· la ampliación del período de solicitud de vacaciones hasta el 20 de marzo;
· posibilidad de coincidencia del 50% del personal de cada servicio
en el mismo período de vacaciones;
· hacer extensivo el criterio anterior a todo el año;
· no utilización del personal correturnos “R” para cobertura de
vacaciones;
· posibilidad de disfrutar las vacaciones del año en curso hasta la
primera quincena del año siguiente con carácter ordinario.
En el acuerdo
final (que sólo tiene validez para el 2017) se recogen las propuestas de la RLT
en lo referente a
-
la ampliación del período de solicitud de vacaciones;
-
la ampliación del número de personas que pueden coincidir en el
disfrute de un mismo período vacacional;
-
la ampliación a todo el año de esa posibilidad de coincidencia;
-
la posibilidad de poder incrementar esa coincidencia, en los
recursos con doce o más trabajadores, en una persona más, durante los meses de
julio y agosto, siempre que haya disponibilidad de personas para su cobertura
con experiencia acreditada;
-
para el resto del personal (de recursos de
menos de doce personas o que no pertenezcan al programa residencial) en los meses de julio, agosto y segunda
quincena de diciembre se mantendrán
las mismas condiciones que hasta el momento
se venían disfrutando, por ser más
ventajosas;
-
el compromiso de no usar a los refuerzos para cobertura de
vacaciones, salvo posibles excepciones;
-
se procurará la cobertura
máxima posible de los períodos de
vacaciones con personal sustituto.
El esfuerzo negociador (por ambas partes en este caso) ha sido
grande y creemos que los resultados son muy satisfactorios.
Queda por ver hasta dónde alcanza el esfuerzo de la dirección
por cumplir sus compromisos de contratación, para facilitar el reparto de las cargas
de trabajo durante los períodos vacacionales del personal, favorecer la
conciliación de la vida familiar, personal y laboral; y asegurar la continuidad
y la calidad en la asistencia. Esperemos que sean generosos en este sentido,
que nosotros ya lo hemos sido en los años precedentes.
09 febrero 2017
UN POCO DE RESPETO NO VENDRÍA MAL
A/A MANUEL ALEN.
GERENTE DE FAISEM
Sevilla, 9 de febrero del 2017
Señor Alén:
El pasado 14 de diciembre la Gerencia de FAISEM trasladó a la RLT el siguiente criterio para el disfrute de las vacaciones:
“El
número de trabajadores/as que pueden coincidir en el mismo periodo será
de dos, salvo en los meses de julio, agosto y segunda quincena de
diciembre, donde podrán coincidir hasta cuatro trabajadores de un mismo
centro de trabajo. Teniendo en cuenta que en ningún turno podrá quedar
cubierto en su totalidad por trabajadores con contrato de sustitución”
La RLT rechazó tajantemente este criterio pues es aún más restrictivo que el anterior, acordado en el año 2014 en época de restricciones y recortes de derechos.
El artículo 40 de nuestro convenio establece que: “Los
criterios para fijar el calendario de vacaciones se establecerán entre
la empresa y los representantes de los trabajadores”. El
convenio también establece una exigencia de plazo a los trabajadores
para solicitar las vacaciones, que expira el 28 de febrero.
En
aras de dar cumplimiento a ese precepto convencional, el 14 de
diciembre se instó a la gerencia a mantener la correspondiente reunión
negociadora y ésta se comprometió a mantenerla en el mes de febrero.
Tras
la insistencia por parte de la RLT en solicitar esa reunión (pues la
gerencia no se había pronunciado al respecto) el 7 de Febrero se nos
propone mantener dicha reunión el día 23 de Febrero, último día hábil
antes de la finalización del plazo para la solicitud de vacaciones. Ante
ello queremos hacer constar:
- No nos parece seria ni respetuosa la dilación en fijar esta reunión el día 23 de febrero, teniendo en cuenta que había sido acordada el 14 de diciembre del año anterior.
- Habida cuenta que nuestro convenio obliga a los trabajadores a solicitar sus periodos vacacionales antes del fin de febrero, mantener la reunión el día 23 imposibilita que estos tengan en cuenta ningún criterio a la hora de solicitarlos ya que sólo tendrían un día hábil para hacerlo después de la reunión.
- Esta reunión deberá mantenerse teniendo en cuenta el contexto de recuperación de derechos suspendidos en septiembre del 2012, tal y como recoge el DL 5/2016 de 11 de octubre.
Es por ello que instamos a la empresa a proponer esta reunión entre los días 13 y 17 de Febrero a más tardar.
06 febrero 2017
¿PARA CUANDO SEÑOR?
El jueves, 2 de febrero del 2017, la RLT solicitó al señor gerente que se fijase fecha de reunión para poder abordar, fundamentalmente, dos asuntos: criterios para el disfrute de vacaciones 2017, según se acordó en la reunión del 13E; y puesta en marcha del procedimiento específico de acreditación. Se le transmitió la importancia de ambos asuntos para las personas que trabajamos en FASIEM, con lo que el gerente pareció estar de acuerdo, por lo que se comprometió a dar fecha para esa reunión al día siguiente.
Pero el señor Alén Fidalgo, gerente de FAISEM, sigue haciendo de su capa un sayo y demostrando que los trabajadores importan poco o nada. Y hoy, lunes 6 de febrero, a las 14.00 horas, seguimos sin respuesta.
Tras la promulgación del DL 5/2016 la RLT urgió al gerente a una reunión (26 de octubre de 2016) para dar comienzo a las negociaciones que el DL establecía para hacer efectiva la recuperación de la jornada de 35 horas. Sin embargo, en esta primera reunión el gerente se limitó a reconocer que la medida nos afectaba, condicionándola a su refrendo en la ley de presupuestos 2017 y nos anunciaba que en breve se estudiarían los nuevos cuadrantes. Gran compromiso.
El 14 de diciembre de 2016 tuvimos otra reunión con la gerencia para, suponíamos, comenzar la negociación de la recuperación de la jornada de 35 horas. Pero la dirección dio pocas opciones a ello y dejó clara su decisión continuista de los nuevos cuadrantes, además de plantear restricciones para el disfrute de vacaciones. La RLT mostró claramente en esta reunión su desacuerdo con las propuestas de la gerencia. Y manifestó que el DL establecía que la recuperación de la jornada de 35 horas debe ir en la línea de recuperación general de los derechos existentes a 21 de septiembre de 2012.
En una tercera reunión, el 13 de enero del 2017, aunque en el acta se recoge la exigencia del DL de implantar la jornada de 35 horas a través de la negociación, la dirección dejó claro, de nuevo, que siendo la organización práctica del trabajo una facultad de la dirección, el margen negociador era escaso. La RLT volvió a recordar que el DL habla de "recuperar'' la jornada (lo que se perdió en septiembre del 20L2) y que lo hace en los siguientes términos: “La recuperación de la jornada laboral de treinta y cinco horas semanales, se enmarca, pues, en el proceso de recuperación progresiva durante la presente legislatura de todos los derechos que fueron suspendidos al personal empleado público, y con ella se da respuesta a las necesidades de este personal y a sus expectativas de profundizar en la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, al mismo tiempo que contribuye a la creación de empleo”. La RLT expuso ejemplos de cuadrantes con situaciones muy alejadas de las existentes en septiembre del 2012, que dificultan la conciliación de la vida familiar y laboral y que no suponían creación de empleo. Ante esta evidencia la gerencia lanzaba la generosa propuesta de “estudiar los cuadrantes de los centros del programa residencial (…), a fin de revisarlos con la intención de subsanar posibles errores, de existir éstos”. Y la RLT manifestó que, “ante la falta de negociación, con los cuadrantes ya elaborados y con deficiencias, acepta la propuesta”.
En ese contexto y en esos términos se produjo la reunión propuesta por el gerente. De esta reunión la responsable del departamento de administración y personal pretende levantar acta, convirtiendo un acto de entrega de cuadrantes, para que se reparen errores, en una mesa negociadora de asuntos varios. Quienes en representación de los trabajadores estuvimos allí nos ratificamos en lo expuesto en las reuniones del C. Intercentros con la gerencia (cumplir con el DL 5/16, recuperando la jornada en las condiciones mínimas del 2012, conciliación de la vida familiar y laboral y creación de empleo) sin que mediasen negociación ni, por tanto, acuerdos.
Quedaba pendiente de las reuniones anteriores la negociación de los criterios de disfrute de vacaciones. Y así se le hizo ver al gerente el pasado día 2, solicitándole dar cumplimiento al compromiso que adquirió el 13 de enero de convocar, para este mes, convocar reunión para tratar ese asunto.
Hemos solicitado de nuevo al gerente esta necesaria reunión. Creo que con este resumen quedamos todos al tanto de en qué punto estamos sobre este asunto. Podemos ir planteando cuantas acciones nos parezcan convenientes y adecuadas para exigirle al gerente una actitud más respetuosa hacia el personal de FAISEM.
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